Pues lo que sí sé del lío de Tirso
Estimados compañeros y compañeras. Me mandáis un largo documento público (1), porque por lo visto me lío con demandas, fechas y sentencias, y en lo referido a la polémica sobre la propiedad de los locales de Tirso no me entero de nada.
Lo he descargado, lo he impreso en A-5, y lo contemplo con curiosidad en mi desván de los recuerdos. Junto al retrato de la Montseny y el rostro bondadoso de Durruti. La conclusión, es que no me convence vuestro escrito y os explico la razón, en torno a lo que sí sé.
La CNT se constituye con un propósito y un pacto. El pacto se establece en sus congresos, y ese pacto debe de ser respetado por las partes. O irse.
Sé que tomasteis un acuerdo sobre Patrimonio de CNT, en 1989. Lo acordasteis para proteger el sindicato de escisiones, y se ha ido ratificando en todos los Congresos hasta hoy.
Sé que ese acuerdo os afecta en lo de Tirso, porque en 1994, firmasteis un préstamo con Patrimonio de la CNT de 90.000 euros con los que se cerró la hipoteca de los locales de Tirso (de 104.000 euros de 1988) (2).
Sé que el acuerdo que os vincula, establece que la propiedad de un local adquirido con fondos de Patrimonio Histórico, vuestro caso, es de la CNT a nivel nacional. Y se justifica el acuerdo para evitar que un sindicato que adquiera un local con fondos de Patrimonio, decida irse llevándose el local y el patrimonio. Como así ha sido.
Tengo conocimiento de que devolver dinero del préstamo, no establece la propiedad para el sindicato que lo reintegra. La propiedad es de la CNT de España, no de personas ni de sindicatos ni de federaciones locales. La devolución es altruista, para apoyo a sindicatos que empiecen.
Sé que habéis echado a la calle a miembros de la Federación Local de Madrid, de Transportes y Gráficas de la CNT, que han tenido que alquilar su propio local.
Podéis decir que eso está sujeto a interpretación. Y así es. Cada cual mira por su bolsillo. Ocupáis esos locales –que decís en propiedad y legalmente– por escrituras de 1988 y nota simple que aportáis. ¿Quién establece quién es el Propietario en caso de discrepancia? Los tribunales del Estado.
Decís que es inmoral llevar a cabo acciones judiciales que os perjudican porque pueden terminar en desahucio. Pero no consideráis inmoral solicitar al juez que decida una liquidación de patrimonio en 2024 para que haga el reparto de bienes y una anulación de las escrituras de la CNT (3). Proclamáis públicamente, que no aceptaréis fallos judiciales en contra… Sospecho que si son a favor, no habrá problema.
Eso es los que se llama, moral a la carta, o ética del «depende»… Algo es moral o inmoral, dependiendo de quién hace la acción, o a quién beneficia.
Del resto de capítulos de esta película… No me extrañan los follones que se montan, cuando lo que se disputa es la Propiedad Privada.
Fraternalmente… Yo.
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NOTAS. Basadas en la actualización que me mandáis.
(1) [Actualizado] Sobre la propiedad de los históricos locales sindicales de la Pl. Tirso de Molina
(2) 1994 – Diciembre. La CNT concede un préstamo [del Fondo de Patrimonio Histórico] a la FL de Madrid para la liquidación de la hipoteca, por el importe pendiente de pago, que ascendía a 90.000 euros.
(3) 2024 – La FL de Madrid [de Tirso], amparándonos en nuestro derecho a la libertad sindical, demanda la liquidación del patrimonio de nuestros sindicatos y la nulidad de las nuevas escrituras de nuestros locales, donde desde 1977 desarrollábamos nuestra actividad sindical. Estos juicios aún no se han celebrado.
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