Categoria Laboral

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MrSnoid
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Categoria Laboral

Mensaje por MrSnoid » 19 Jun 2005, 19:41

Llebo muy poco dentro del mundo laboral asalariado, ya que siempre habia sido autónomo. Y ahora me encuentro trabajando en una empresa del sector del metal y desarrollo una serie de trabajos que creo que son muy por encima de la categoria que la empresa me ha otorgado. Me gustaria saber si hay una manera de conocer la categoria real, no la que marca mi nómina. En definitiva, si existe una normativa que relazione tareas realizadas con tu categoria.

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arquiloco de paros
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Re: Categoria Laboral

Mensaje por arquiloco de paros » 19 Jun 2005, 21:02

Lo primero que tienes que saber es a que convenio perteneces, metal o otro. Una vez que sepas el convenio al que perteneces, lo puedes buscar en este enlace
http://www.cgt.es/modules.php?name=Downloads
en el convenio vienen las categorias y las tareas de cada categoria, suele venir bastante bien explicado.
Espero averte servido de ayuda.
Salud
La muerte , que juzgamos "el más horrendo de los males", es algo que no nos concierne, "pues mientras nosotros vivimos, no ha venido ella, y cuando ha venido ella, ya no vivimos nosotros. Así que la muerte no es contra los vivos ni contra los muertos; pues en aquéllos todavía no está, y en estos no está"

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paisano
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Mensaje por paisano » 30 Jun 2005, 10:15

Muy bien respondido por arquiloco de paros, para conocer las funciones propias de cada categoría profesional deberás acudir al Convenio Colectivo que te sea de aplicación.

Una vez que compruebes si realizas funciones de superior categoría deberás acudir al Artículo 39.4 del Estatuto de los Trabajadores, que establece que si a consecuencia de la movilidad funcional el trabajador realiza funciones superiores a las del grupo profesional o categorías equivalentes, durante un plazo superior a 6 meses en un año u 8 meses en dos años, puede:

- Reclamar el ascenso, si ello no contradice lo establecido en Convenio Colectivo.

- Cubrir la vacante correspondiente a las funciones que realiza, conforme a las reglas de ascensos que se aplican en la empresa.

- Reclamar las diferencias salariales, en su caso.

Todas ellas son acciones acumulables.

Si lo que realizas es funciones propias de dos o más categorías, lo que se conoce por polivalencia funcional (artículo 22.5 del Estatuto), la equiparación a uno de ellos se realiza en virtud de las funciones predominantes.

Un saludo
«argú día, yu ya nu taré tre vusotruh»

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