hola, me han ofrecido sueldo de expendedor vendedor en una gasolinera, 40 horas semanales sueldo segun convenio, y ahi esta mi problema.
he consultado la pagina del ministerio y no me aclaro.
http://www.mtas.es/empleo/convenios/INDICE.htm este es el link del convenio, alguien me podria decir a cuanto asciende, o como calcularlo.
por k amni me sale un sueldo de la leche, y va a ser k no.
Agradeceria cualkier ayuda k me pudieseis prestar, o algun sitio donde lo pueda entender mejor.
gracias
calcular sueldo segun convenio
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tatto
Yo no soy heladero, pero espero servirte.
El enlace que se ha puesto a la página de convenios colectivos del ministerio de trabajo no incluye la tabla salarial del presente año 2005,que se ha publicado en el BOE nº 63 del 15 de marzo de 2005. Según esta tabla salarial y el Convenio Colectivo en vigor la retribución de un expendedor vendedor para el presente año 2005 es la siguiente:
Salario base: 25,80 €/día
3 pagas extras de 30 días de salario base a pagar en Marzo, Junio y diciembre.
El coplemento de trabajo nocturno (artículo 11) se paga con el 30% sobre salario base y noche trabajada.
Plus festivo: 13,46 € día trabajado (artículo 14)
Quebranto de moneda (artículo 12) 548,35 € anuales ó 418,97 €/anuales, según responsabilidad a pagar mensualmente.
Jornada 1.776 horas/año
Este es el convenio general, existen además Convenios en Vizcaya, Comunidad Valenciana y Tenerife.
Espero que te sirva, con estos datos no debes tener ningún problema para calcular tu salario. Un saludo
El enlace que se ha puesto a la página de convenios colectivos del ministerio de trabajo no incluye la tabla salarial del presente año 2005,que se ha publicado en el BOE nº 63 del 15 de marzo de 2005. Según esta tabla salarial y el Convenio Colectivo en vigor la retribución de un expendedor vendedor para el presente año 2005 es la siguiente:
Salario base: 25,80 €/día
3 pagas extras de 30 días de salario base a pagar en Marzo, Junio y diciembre.
El coplemento de trabajo nocturno (artículo 11) se paga con el 30% sobre salario base y noche trabajada.
Plus festivo: 13,46 € día trabajado (artículo 14)
Quebranto de moneda (artículo 12) 548,35 € anuales ó 418,97 €/anuales, según responsabilidad a pagar mensualmente.
Jornada 1.776 horas/año
Este es el convenio general, existen además Convenios en Vizcaya, Comunidad Valenciana y Tenerife.
Espero que te sirva, con estos datos no debes tener ningún problema para calcular tu salario. Un saludo
«argú día, yu ya nu taré tre vusotruh»