sobre liquidacion e indenizacion por despido por favor.

Preguntas (y respuestas) sobre legislación represiva, ya sea penal o civil. Además, consejos y dudas sobre situaciones laborales, conflictos individuales y colectivos, cuestiones profesionales, antirrepresión, etc. Ayudémonos entre compañeros y compañeras.
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Juan_47
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sobre liquidacion e indenizacion por despido por favor.

Mensaje por Juan_47 » 04 Feb 2005, 13:54

Entré con un contrato fijo indefinido como peon aunque era tecnico reparador de video y sonido creo que pertenece al sindicato del metal el gremio y es en Madrid ahora el trabajo bajó hasta el punto de no poder matener al personal como asi me dijeron ayer y me despidieron como despido improcedente alegando causas indisciplinarias aunque no las haya habido me dicen que por que tiene que constar un motivo para el despido y para que tenga paro y tal la cuestion es que no se calcular como se hace la cuenta para la liquidacion y la indenizacion partes proporcionales de pagas etc y me gustaria que me ayudasen si pudiera ser.

mi nomina es de peon y el contrato reza desde el 18 - 12 -2003 hasta el 03 -02- 2005 que no se si se rige por la ultima o por la penultima ya que difieren la de Diciembre el total a percibir es de 777,54€ y la de Enero de 801,11€ las pagas son 2 una de verano y navidad.

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paisano
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Mensaje por paisano » 04 Feb 2005, 20:19

Hola Juan_47:
Al tratarse de un despido improcedente tienes derecho a una indemnización legal de 45 días de salario por año trabajado (artículo 56.1.a) del Estatuto de los Trabajadores).

Para calcular tu indemnización precisas conocer cual es tu salario, con prorrata de pagas extras. Señalas que tu percibes en Enero un salario de 801,11 Euros, no se si ese es tu salario con porrata de pagas extras o el líquido a percibir. Te hago un ejemplo con la cifra que das (801,11 €), pero has de comprobar que se trate del salario con prorrata (aparece en la nómina abajo, salario mensual más parte proporcional de pagas extras), no del líquido a percibir.
Si tu salario es de 801,11 €, tu salario día es 801,11: 30 = 26,70 €
Si la indemnización es de 45 días por año trabajado, y has trabajado desde 12-12-2003 a 03-02-2005, has trabajado 1 año y 46 días. Si por un año te corresponden 45 días por 46 días te corresponden 5,67 días. En total la indemnización es de 50,67 días (51 si redondeas) y 50,67 x 26,70= 1.352,89 € de indemnización. Insisto en que compruebes cual es tu salario con prorrata, no debes calcularlo con el neto a percibir.

Además te corresponde calcular el finiquito a 03/02/2005.
Te deben abonar el salario de 3 días de febrero.
La parte proporcional de la paga extra de verano. Si por 180 días (6 meses) tienes derecho a 801,11 €, por 34 días tendrás derecho a 151,32 €.
Y la parte de las vacaciones no disfrutadas. Si por un año tienes derecho a 30 días por 34 días trabajados en 2005 tienes derecho a 2,79 días (3 por redondedo), luego 3 x 26,70 = 74,61 de vacaciones.

Creo que no me dejo nada, si tienes alguna duda pregunta.
Salud

Juan_47
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Muchas Gracias paisano por la ayuda ...las pagas me parece .

Mensaje por Juan_47 » 04 Feb 2005, 22:07

que no estan prorrateadas ya que me las paaban aparte no es eso? si las pagan aparte es que no estan prorrateadas o eso no tiene que ver?

Un Saludo.

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paisano
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Mensaje por paisano » 04 Feb 2005, 22:23

Efectivamente Juan_47, si están prorrateadas te las pagan mes a mes y si no están prorrateadas es que te las pagan aparte de tu nómina mensual, en tu caso en verano y navidad. Por eso si las pagas no están prorrateadas deberás incluirlas en tu salario para el calculo de todos los conceptos que te he puesto. Por ejemplo, si cobras bruto todos los meses 801,11 Euros y luego dos pagas extras de 801,11 Euros, tu salario mensual será de 801,11 x 14 pagas : 12 meses = 934,63 €.
Un saludo

Juan_47
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paisano mira como una imagen vale mas que...

Mensaje por Juan_47 » 05 Feb 2005, 15:24

1000 palabras me permito el mostrarte esto por que yo soy un poco torpe para todo esto por que es la primera vez que se me da esta situacion perdona por las molestias y gracias.

aqui estan las rutas de las diferentes imagenes de los documentos que me han presentado.

http://www.virtualhostingdigital.com/~s ... iquito.jpg



http://www.virtualhostingdigital.com/~s ... 0enero.jpg


http://www.virtualhostingdigital.com/~s ... dacion.jpg

Juan_47
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Paisano y otra cosa que no acabo de entender es.....

Mensaje por Juan_47 » 06 Feb 2005, 10:51

todo se hace con respecto a la ultima nomina ? a la anterior? o como se toman los datos?igual que las pagas es lo que cobré ? lo que hubiese cobrado? es que no se de donde se toman los datos.

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paisano
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Mensaje por paisano » 06 Feb 2005, 11:07

Juan_47, tengo un problema y es que sólo leo bien el finiquito, las nóminas están muy claras y no puedo descifrar los números. Aún así, parece ser que en tu nómina de Enero tienes dos conceptos, salario base de 27,80 €/día e incentivo que no alcanzo a leer y que te pagan sólo por los días efectivamente trabajados. El mes de febrero te pagan los 3 días por 27,80 € = 83,40 y no te pagan incentivo. Habría que aclarar si el incentivo está recogidos en Convenio por día efectivamente trabajado, si se te ha pagado todos los meses, para entender que es salario. La diferencia es evidente, no es lo mismo calcularlo todo sobre un salario día sin incluir el incentivo que incluyéndolo.
En el finiquito veo a faltar las vacaciones del año 2005, si no te las pagan supongo que será porque las has disfrutado. Si no es así tienes derecho a que te las paguen.
Respecto a tu última pregunta, debes hacerlo sobre el salario actual del año 2005, es decir sobre tu última nómina de Enero.
Como veo que la cuestión es muy particular si quieres me envías un privando y me expones tus preguntas e intentaré resolverlas si puedo.
Un saludo.

Juan_47
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Te he puesto un privado como me has pedido..........gracias.

Mensaje por Juan_47 » 06 Feb 2005, 14:13

Te he puesto un privado como me has pedido..........gracias.

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