despido causas objetivas
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buenas tardes, la empresa en la que trabajo nos comunico el dia 1 de diciembre 2009,por un correo electronico, que debido a las crisis tienen que cerrar, mi feje se presento en el lugar de trabajo el dia 11 de enero con la carta de despido, eso si, despues de pelearme con el esa noche, no queria darme la carta para yo leerla tranquilamente en casa y consultar, al final decidio darmela y yo al dia siguiente se la di, firmada no conforme,a fecha 11 de enero, la indennizacion despues de 3 años y 6 meses era de 2080 €,me tiene que acreditar las causas econonicas? al final me ha dado las horas despues de volverme a pelear con el,desde ese dia soy malisima despues de trabajrs con el 8 años, hace 3 años cambio el nombre a la empresa, me finiquito con 45 dias,
- Peterpan
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Re: despido causas objetivas
Fijo que no es legal. Como has firmado que no estabas de acuerdo, perfecto. Denúncialo. Vete a un abogado, o a CNT o a CGT. Yo por 3 años de curro me dieron 8000€ y no cobraba muchonuria10 escribió:buenas tardes, la empresa en la que trabajo nos comunico el dia 1 de diciembre 2009,por un correo electronico, que debido a las crisis tienen que cerrar, mi feje se presento en el lugar de trabajo el dia 11 de enero con la carta de despido, eso si, despues de pelearme con el esa noche, no queria darme la carta para yo leerla tranquilamente en casa y consultar, al final decidio darmela y yo al dia siguiente se la di, firmada no conforme,a fecha 11 de enero, la indennizacion despues de 3 años y 6 meses era de 2080 €,me tiene que acreditar las causas econonicas? al final me ha dado las horas despues de volverme a pelear con el,desde ese dia soy malisima despues de trabajrs con el 8 años, hace 3 años cambio el nombre a la empresa, me finiquito con 45 dias,

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- salvoechea
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Re: despido causas objetivas
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Has hecho bien de firmar no conforme, ponte en manos de un buen abogado laboralista y acude a los sindicatos que el compañero te sugiere, no dudes en denunciar, tu ya no tienes nada que perder.
Estos que te pongo son los requisitos que debe por ley, cumplir el empresario en un despido como del que hablas.Comunicación escrita al trabajador expresando la causa de extinción.
- Poner a disposición del trabajador, a la vez que se efectúa la comunicación, una indemnización de 20 días de salario por año de servicio con un máximo de veinte mensualidades.
- Concesión de un plazo de preaviso, que será de treinta días desde la notificación de la extinción aludida a la efectividad de la misma. Si se incumpliera este deber, el trabajador tendrá derecho a una indemnización equivalente al período de preaviso incumplido.
- En el supuesto de extinción basado en la necesidad de amortizar puestos de trabajo, se debe entregar copia del escrito de preaviso a los representantes de los trabajadores para su conocimiento.
- Se concederá un permiso o licencia al trabajador de seis horas a la semana con el objeto de que pueda buscar nuevo empleo.
Has hecho bien de firmar no conforme, ponte en manos de un buen abogado laboralista y acude a los sindicatos que el compañero te sugiere, no dudes en denunciar, tu ya no tienes nada que perder.
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Re: despido causas objetivas
buenos dias, mis compañeras han firmado todas,conformes, mi abogado me dice que si demostramos que no ha tenido perdidas el despido es improcedente, en un juicio sabes como entras pero no como sales, pienso que en los dias de preaviso si puedo meterle mano, a pesar que la carta de despido esta escrita el dia 1 de diciembre,el me la entrego el 11 de enero, esto ya es cabezoneria, con las cositas que yo se, de el, no le conviene tocarme mucho las narices,tarda mucho en salir el juicio?, para cobrar el paro tengo algun problema?, estoy deseando que todo esto ternime,muchas gracias a todos por vuestra ayuda
- Peterpan
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Re: despido causas objetivas
Para cobrar el paro tienes que tener un despido improcedente, la carta de despido, tres nóminas y la cotización. Si te ha despedido procedentemente, me parece que no te corresponde. Pero no sé si me equivoco, sino que me corrijan

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anenecuilco
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Re: despido causas objetivas
Pues te equivocas peterpan, el despido basta y da igual qué tipo de despido sea. Un poco de rigor en las informaciones sobre cosas importantes para la gente, por favor.Si te ha despedido procedentemente, me parece que no te corresponde. Pero no sé si me equivoco, sino que me corrijan
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- salvoechea
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Re: despido causas objetivas
Para cobrar el paro no tienes que tener un despido improcedente. Con un despido por causas objetivas puedes tramitar el paro y denunciar, por la experiencia de compañeros de trabajo que han pasado por la misma situación, el juicio se fija en unos tres meses, con una concilación previa.
En el caso de que ganases el juicio y el despido es declarado improcedente, ten en cuenta que es el empresario el que tiene la potestad de decidir si te readmite, teniendo que pagarte los salarios del todo el tiempo que pasa desde tu despido hasta la setencia y teniendo tu por tu parte que devolver el dinero hubieses recibido por la prestación por desempleo, la otra opción del empresario, es el pago de la indemnización que fije la sentencía.
En el caso de que ganases el juicio y el despido es declarado improcedente, ten en cuenta que es el empresario el que tiene la potestad de decidir si te readmite, teniendo que pagarte los salarios del todo el tiempo que pasa desde tu despido hasta la setencia y teniendo tu por tu parte que devolver el dinero hubieses recibido por la prestación por desempleo, la otra opción del empresario, es el pago de la indemnización que fije la sentencía.
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- Peterpan
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Re: despido causas objetivas
Joder, por eso digo que Pero no sé si me equivoco, sino que me corrijan peor hubiese sido que no hubiese puesto la dudaanenecuilco escribió:Pues te equivocas peterpan, el despido basta y da igual qué tipo de despido sea. Un poco de rigor en las informaciones sobre cosas importantes para la gente, por favor.Si te ha despedido procedentemente, me parece que no te corresponde. Pero no sé si me equivoco, sino que me corrijan

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Re: despido causas objetivas
muchas gracias, a todos, tengo mas dudas, si el juicio tarda unos 3 meses, no puedo cobrar el para hasta entonces? ni la indennizacion? por lo que tengo entendido el tiene que depositar en el juzgado el dinero y la documentacion, si ha tenido perdidas, tiene que presentarlas? desde cuanto tiempo?gracias
Re: despido causas objetivas
puedo firmar la indennizacion como no conforme,cobrar la cantidad y seguir con la demanda,es urgente ,gracias
- salvoechea
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Re: despido causas objetivas
Claro que puedes y por tu interes seguir con la demanda. ¿Pero eso no te lo explica tu abogado?nuria10 escribió:puedo firmar la indennizacion como no conforme,cobrar la cantidad y seguir con la demanda,es urgente ,gracias
Ten en cuenta lo que te dije aquí:
Evidentemente si te readmite también tendrias que devolver la indemnización.En el caso de que ganases el juicio y el despido es declarado improcedente, ten en cuenta que es el empresario el que tiene la potestad de decidir si te readmite, teniendo que pagarte los salarios del todo el tiempo que pasa desde tu despido hasta la setencia y teniendo tu por tu parte que devolver el dinero hubieses recibido por la prestación por desempleo, la otra opción del empresario, es el pago de la indemnización que fije la sentencía.
Para cobrar el paro no tienes que tener un despido improcedente. Con un despido por causas objetivas puedes tramitar el paro y denunciar, por la experiencia de compañeros de trabajo que han pasado por la misma situación, el juicio se fija en unos tres meses, con una concilación previa.
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Re: despido causas objetivas
ya,pero no se si la asesora me dejara firmas como no conforme, y me dara el dinero
- salvoechea
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Re: despido causas objetivas
Comunicación escrita al trabajador expresando la causa de extinción.
- Poner a disposición del trabajador, a la vez que se efectúa la comunicación, una indemnización de 20 días de salario por año de servicio con un máximo de veinte mensualidades.
- Concesión de un plazo de preaviso, que será de treinta días desde la notificación de la extinción aludida a la efectividad de la misma. Si se incumpliera este deber, el trabajador tendrá derecho a una indemnización equivalente al período de preaviso incumplido.
- En el supuesto de extinción basado en la necesidad de amortizar puestos de trabajo, se debe entregar copia del escrito de preaviso a los representantes de los trabajadores para su conocimiento.
- Se concederá un permiso o licencia al trabajador de seis horas a la semana con el objeto de que pueda buscar nuevo empleo.
Como también te puse antes, el despido requiere unas obligaciones por parte del empresario, se lo marca la ley, si se las salta más argumentos a tu favor.
Tu firmas el recibí de la documentación y la indemnización, con el no conforme expresas que no estas de acuerdo con el despido y que no aceptas las condiciones.
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Re: despido causas objetivas
no me dejan firmar la indemnizacion como no conforme y recibir el dinero, dicen que la empresa se ha solventado, no tienen dinero ni bienes, sabeis que requisitos tiene que presentar una empresa para solventarla,
Re: despido causas objetivas
buenas a todos, seguimos con mi tema, el pasado jueves fue el acto de conciliacion, en el cual no se presentaron, por lo que se, parece que han disuelto la empresa, mi bogado ha interpuesto ya la demanda, me dice que via penal, mi pregunta es, una empresa puede disolver teniendo deudas por el pago de la indemnizacion a una trabajadora?