1) Circustancias normales, en la renfe de Méndez Álvaro, un día normal y acompañado sólo por dos personas
2) Navaja recién comprada (si, putada) para cortar nylon y diferentes tipos de cuerda, 8cms de hoja sencilla, NO automática...vamos, una navaja normal.
3) La policía además de insultar y burlarse (lo típico, comentarios racistas e insultos sobre la estética skin y/o antifascista) golpea al multado. Después de dejar en "libertad" al multado, y habiendo vuelto éste a la taquilla para preguntar sobre las grabaciones de RENFE y hacer una denuncia (pasada una media hora de los sucesos), vuelven los policías y lo amenazan gravemente.
4) La notificación llega un año casi exacto después
en la notificación pone:
ÓRGANO COMPETENTE
...Lo que se notifica a Vd., al objeto de que pueda ejercitar el derecho de audencia previsto en el artículo 35 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre citada, presentar alegaciones y aportar cuantos documentos estime convenientes en el plazo de QUINCE DÍAS desde el siguiente a la recepción de este escrito, advirtiéndole que en caso de no formular alegaciones, la sanción a imponer será de MIL EUROS (1.000€), considerándose en ese caso el presente acuerdo como propuesta de resolución, con los efectos previstos en los artíuclos 18 y 19 del Real Decreto 1398/1993, de 4 de agosto.
¡¡¡¿¿¿Esto que significa, si no recurres te ponen 1.000€ de multa????!!!
Que se puede hacer?, que puedo alegar?..como puedo recurrir?...no hay forma de que, de salir adelante la multa, fuese más económica???
ES URGENTE CHAVALES, Gracias de antemano

