¿sabeis como está el tema actualmente en materia de sustracción de animales de granjas, y otros establecimientos de producción ganadera?
salúd
robos en granjas y otros establecimientos
Re: robos en granjas y otros establecimientos
En principio es un delito de robo o de robo con fuerza, según como se actúe.anarkoyo escribió:¿sabeis como está el tema actualmente en materia de sustracción de animales de granjas, y otros establecimientos de producción ganadera?
salúd
Artículo 237 CP, Robo
Artículo 238 CP, Robo con fuerzaSon reos del delito de robo los que, con ánimo de lucro, se apoderaren de las cosas muebles ajenas empleando fuerza en las cosas para acceder al lugar donde éstas se encuentran o violencia o intimidación en las personas.
Código: Seleccionar todo
Artículo 238.
Son reos del delito de robo con fuerza en las cosas los que ejecuten el hecho cuando concurra alguna de las circunstancias siguientes:
1. Escalamiento.
2. Rompimiento de pared, techo o suelo, o fractura de puerta o ventana.
3. Fractura de armarios, arcas u otra clase de muebles u objetos cerrados o sellados, o forzamiento de sus cerraduras o descubrimiento de sus claves para sustraer su contenido, sea en el lugar del robo o fuera del mismo.
4. Uso de llaves falsas.
5. Inutilización de sistemas específicos de alarma o guarda.
Código: Seleccionar todo
El culpable de robo con violencia o intimidación en las personas será castigado con la pena de prisión de dos a cinco añosRe: robos en granjas y otros establecimientos
muchas gracias por la información.
Con esto de los robos y hurtos nunca me aclaro. jeje.
gracias por aclararme las cosas.
muchas salú y abrazos
Con esto de los robos y hurtos nunca me aclaro. jeje.
gracias por aclararme las cosas.
muchas salú y abrazos