Ayer, un señor funcionario del Ayuntamiento ya me dio un susto morrocotudo viniendo hasta mi casa (creí que sería alguna multa o juicio). Pero no, venía a entregarme el Manual para los Miembros de las Mesas Electorales. Me ha tocado ser 1er suplente del Vocal 2º en una de las mesas para las elecciones europeas
bien, hecho aparte de que atenta contra todos mis principios, resulta que a los 2 días tengo un examen importante, y si por un casual me toca pringar, estaré allí desde las 8 de la mañana a las 22.00h. En el papelín me indica
pues nada, quería saber si mis estudios servirán como excusa, poniéndolo por escrito, o si solo aceptan alegaciones en caso de enfermedad o quéLa condición de miembro de la Mesa Electoral tiene carácter obligatorio. Si tuviera excusa, justificada documentalmente, que le impidiera la aceptación el cargo, dispondrá de 7 días para presentar la pertinente alegación en la Junta Electoral sita en blabla. En el supuesto de que deje de concurrir o desempeñar sus funciones, las abandone sin causa legítima o incumpla sin causa justificada las obligaciones de excusa o aviso que impone la Ley Orgánica del Rëgimen Electoral General, incurrirá en pena de privación e libertad de 14 a 30 días y multas de dos a diez meses
perra suerte