Hola buenas. Soy una asalariado por cuenta ajena que nunca he hecho declaracion, NUNCA, a hacienda por no superar los 21.000 euros anuales ni tener mas de 2 trabajos ni nada. No tengo vivienda.
Mi situacion es la siguiente:
Mi padres estuvieron a punto de separarse hace un año, y en el 2007 mi padre donó su 50% de la vivienda (un chalet) a nuestro nombre, mi hermana y yo. Cuando digo donó, me refiero a que en el registro desaparecio su nombre y aparecio el de mi hermana y mio.
El valor hipotecado del chalet era de unos 220mil euros. Por lo tanto es como si mi padre nos donara 110mil a repartir en partes iguales entre mi hermana y yo.
No tengo constancia que por dicha donacion se pagara nada a hacienda y no sé si me repercute a mi algo, dado que estaba una parte (25%) a mi nombre.
Por otro lado, para quitar deudas a mi padre pedimos un prestamo al banco mi hermana y yo de 40mil euros con los que liquidó facturas pendientes en un negocio que tenia.
Unos meses despues se vendió el chalet, en 370mil euros.
De la venta se hizo la repartición. Se liquidó la hipoteca, los 220mil, y el resto, los 150mil euros se repartieron a partes iguales entre mi madre y mi padre porque en ese momento tenian una buena relacion y a mi hermana y a mi nos parecio justo devolver ese dinero completamente (no tocamos ni un duro). De la parte que le tocó a mi padre se liquidaron los 40mil euros prestados.
Hoy tengo dos dilemas, en esta declaracion del año 2008.
¿Tengo que pagar a hacienda algo por la donacion que nos hizo mi padre de un chalet valorado en 220mil euros?
¿Tengo que pagar a hacienda algo por la venta de dicho chalet en 370mil euros?
Gracias.
SOCORRO, PROXIMA DECLARACIÓN DE HACIENDA!!!!!!
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Ius Gentium
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Re: SOCORRO, PROXIMA DECLARACIÓN DE HACIENDA!!!!!!
De antemano te digo que el tema tributario no es mi fuerte, así que tomate lo que digo con la debida prevención. No obstante esto es lo que se me ocurre:
Y como al final os lo ha devuelto se entendería que es un préstamo, para otra ocasión lo documentáis por escrito, que no cuesta nada, y os evitáis problemas.
Vamos que, en principio, tributarás al 18% sobre la ganancia patrimonial reducida.
Ahora bien te reitero que no estoy muy versado en tributos e impuestos.
Por la donación tuvisteis que tributar por el Impuesto de Donaciones. Si habéis inscrito en el Registro de la Propiedad la donacion os lo habran exigido y si no es asi la agencia tributaria dispone de 4 años para reclamarlos el impuesto mas el recargo y los intereses. asegúrate que esta pagado el Imp Sucesiones.Roni escribió:No tengo constancia que por dicha donacion se pagara nada a hacienda y no sé si me repercute a mi algo, dado que estaba una parte (25%) a mi nombre.
Me parece que eso es una donación de libro, el pago por tercero de las deudas esta admitido, pero si no tiene contraprestación por parte del deudor le estas donando ese dinero se que utiliza para pagar deudas. Ahora bien ahí hacienda no es tan rigurosa.Roni escribió:Por otro lado, para quitar deudas a mi padre pedimos un prestamo al banco mi hermana y yo de 40mil euros con los que liquidó facturas pendientes en un negocio que tenia.
Y como al final os lo ha devuelto se entendería que es un préstamo, para otra ocasión lo documentáis por escrito, que no cuesta nada, y os evitáis problemas.
O sea que después que vuestro padre os done medio piso luego vosotros le donáis el precio de esa mitad, dos donaciones, dos impuestos, mal hecho. Pero como ya no tiene remedio vayamos a tus preguntasRoni escribió:De la venta se hizo la repartición. Se liquidó la hipoteca, los 220mil, y el resto, los 150mil euros se repartieron a partes iguales entre mi madre y mi padre porque en ese momento tenian una buena relacion y a mi hermana y a mi nos parecio justo devolver ese dinero completamente (no tocamos ni un duro). De la parte que le tocó a mi padre se liquidaron los 40mil euros prestados.
Se supone que ya debiste pagar por el impuesto de donaciones. Compruébalo, si no es si deberéis pagar porque en el plazo de 4 años pueden exigiros el pago mas intereses de demora y recargo. Pero me extraña que inscribieseis la donación sin pagar el impuesto.Roni escribió:¿Tengo que pagar a hacienda algo por la donacion que nos hizo mi padre de un chalet valorado en 220mil euros?
En el año 2007 recibes una participación en un bien y en el mismo año la vendes, con un incremento patrimonial. Yo opino que deberías tributar como incremento de patrimonio en el IRPF 2007. Después de la reforma del 2007 si vendes a partir del 1 de enero de 2007 el fisco se quedará con el 18% de la plusvalía, como con cualquier otro rendimiento del ahorro. Aunque en tu caso te podrías acoger a la exención por reinversión parcial, si decides dedicar ese hipotético beneficio a adquirir tu vivienda habitual.Roni escribió:¿Tengo que pagar a hacienda algo por la venta de dicho chalet en 370mil euros?
Vamos que, en principio, tributarás al 18% sobre la ganancia patrimonial reducida.
Ahora bien te reitero que no estoy muy versado en tributos e impuestos.
Aranearum telis leges compares