Despiso Causas Económicas

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Antropofago
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Despiso Causas Económicas

Mensaje por Antropofago » 29 Nov 2007, 18:50

Hola y gracias de antemano

La empresa que me tiene contratado quiere extinguir mi contrato por causas objetivas e indemnizarme con 20 días por despido alegando que la situación económica es muy mala, algo con lo que no estoy de acuerdo.

En propiedad tienen una nave industrial que han vendido en 800.000 euros y los dos socios quieren echarme de aqui pagandome 20 días cuando sé que no existn deudas en laempresa puesto que soy administrativo en la misma desde hace 14 años.

Quisiera saber, los socios cómo pueden demostrar que al empresa cierra por causas obejtivas, simplemente con decir "la cosa esta muy mal" no creo que valga legalmente, tendrán que acreditarlo.

Yo me opongo a que me indemnicen con menos de la mitad de lo que me correspondería sabiendo que van a llebarse 800.000 euros por la venta de la nave y me gustaría saber si podría tener 45 días de salario de indemnizacion por despido improcedente.

Me han dado el preaviso de 30 dias hoy mismo.

¿Pueden libremente despdirme con 20 días? ¿Deben acreditar ante un juez la mala situación economica? ¿Tengo la posibilidad de obtener 45 dias de indemnizacion?

Muchas gracias, espero la respuesta porque la situacion me tiene muy proocupado. Saludos

autonoma libertaria
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Mensaje por autonoma libertaria » 29 Nov 2007, 21:17

Echa un vistazo aquí

http://www.alasbarricadas.org/forums/vi ... php?t=3908

si lo que quieres es conseguir los 45 días deberías recurrir el despido.pues si tal y como dices la situacion de la empresa no es tan mala y si esta causa que alega no es real, no tiene suficiente entidad y la no empresa puede acreditarla ante un juez, improcedente.

Si es por ahorro de costes, a priori estariamos ante un despido objetivo. Pero la empresa debe acreditar ante el juez (en caso de demanda) que incurren cuertas circusntancias económicas, que tienen suficiente magnitud, que tu despido contribuye realmente a solventar la situacion y ademas requiere una serie de formalidades y trámites, entre ellos un preaviso de 30 dias o bien su sustitucion por el salario equivalente a ese periodo. Y aun así, tendrias derecho a una indemnizacion de 20 dias de salario por año trabajado. Si no lo acredita, la indemnizacion seria de 45 dias/año.



Un saludo y suerte.

Antropofago
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Mensaje por Antropofago » 30 Nov 2007, 18:28

Muchas gracias

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