penalización en el finiquito por falta de preaviso.

Preguntas (y respuestas) sobre legislación represiva, ya sea penal o civil. Además, consejos y dudas sobre situaciones laborales, conflictos individuales y colectivos, cuestiones profesionales, antirrepresión, etc. Ayudémonos entre compañeros y compañeras.
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J

penalización en el finiquito por falta de preaviso.

Mensaje por J » 10 Jul 2006, 09:57

Buenas a todos

Trabajaba en Salamanca en una oficina con el convenio del comercio de salamanca, encontré un curro bastante mejor en madrid y por las circunstancias me tenía que incorporar inmediatamente asique me dí de baja en salamanca sin ningún tipo de preaviso.

Faltaban dos semanas para cumplir un año en la empresa. Tenía un contrato en prácticas de 6 meses prorrogado en Diciembre otros seis meses y finalizaba el 24 de Junio.

Mi pregunta es cual sería la penalización por no avisar con 15 días, que según la empresa es lo usual en estos casos. Mi jefe no quiere pagarme todo lo que me corresponde y, lo peor de todo, el contable va de listillo y aunque no tiene ni idea de como va el asunto está empeñado en pagarme mucho menos, se le va la pinza diciendo que quiere consultar sentencias de la audiencia nacional...

En unos sitios he oído que me corresponde todo el finiquito (pagas extras, vacaciones, deudas de subidas de sueldo no aplicadas y los días trabajados ese mes). En otros una penalización por cada día del preaviso que me he saltado (15 en este caso). Y ya la peor de todas que me lo comentaban unos de ugt es que el empresario si quiere puede alegar daños y perjuicios y negarmelo todo.

¿Podéis ayudarme? ¿Cuál sería la penalización, si la hubiere? ¿Qué debería hacer si me niegan el finiquito?

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Apoyo Mutuo
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Mensaje por Apoyo Mutuo » 10 Jul 2006, 11:18

J, el artículo 49.1.d) del Estatuto de los Trabajadores establece:
Art. 49. Extinción del contrato
1. El contrato de trabajo se extinguirá:

d) Por dimisión del trabajador, debiendo mediar el preaviso que señalen los Convenios colectivos o la costumbre del lugar.
El Convenio Colectivo del Comercio de Salamanca en vigor, publicado en el B.O.P. de Salamanca de 26 de Mayo de 2005, no restablece un plazo de preaviso para la dimisión del trabajador.

Habría que estar en este caso a la costumbre del lugar o entender que no existiendo un plazo de preaviso no podrían penalizarte por no haber avisado con antelación sobre tu baja.

Si entiendes que la costumbre del lugar es el preaviso de 15 días te deberían descontar de tu liquidación el salario de esos 15 días. Si entiendes que no existe costumbre uniforme en el lugar no podrían descontarte ninguna cantidad.

Si te niegan el finiquito debes reclamarlo. Pudes acudir a la via judicial, previa conciliación ante el organismo mediador correspondiente.

J

Mensaje por J » 11 Jul 2006, 10:20

Muchas gracias por vuestra rapidez en la respuesta, mi pregunta ahora es ¿dónde se indica que la penalización es de 15 días en el sueldo? Lo digo porque si aparece en alguna ley o sentencia me sirve como argumento contra ellos.


Ahora mismo vivo en Madrid, al tratarse de un tema en Salamanca a la que voy a ir poco y solo fines de semana, ¿Qué pasos he de seguir para denunciarlos en caso de que se nieguen a pagarme lo que me deben?

Muchas gracias de nuevo.

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Apoyo Mutuo
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Mensaje por Apoyo Mutuo » 14 Jul 2006, 19:20

J, como te hemos dicho es en el Convenio Colectivo donde debe señalarse expresamente la penalización de 15 días de salario por falta de preaviso. Si el convenio no lo establece entendemos que la empresa no puede descontarte esa cantidad pues a ella correspondería acreditar fehacientennte que la costumbre del lugar es esa penalización.

Si no resides en el lugar de la reclamación lo mejor es que te pongas en contacto con un sindicato de Salamanca para que ellos te aconsejen sobre quien puede representarte en la reclamación o si estas afiliado el propio Sindicato podría formular la reclamación en tu nombre.

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