Aupa:
Tenemos una duda con la dichosa ley. Nosotras somos gente de DDT y de la Liki. Anteriormente ya teníamos hablado de que en el espacio de DDT por ser practicamente una gruta sin ventilación no estaba permitido fumar. Sin embargo ahora tenemos dudas de si mirando la ley (que dicho sea tiene tela que tenga que salir una ley para respetar a las no fumadoras...) no se puede fumar en todo el espacio o si. Algunas opinamos que no deberíamos dejar fumar (aunque eso ya lo opinabamos sin la ley), otras dicen que no pueden fumar las liberadas por ser nuestro espacio de trabajo (sin llegar a cuestionar si viene una usuaria fumando si se le impide o no, ya que fuma en el espacio de trabajo de posibles no fumadoras) o que simplemente se fuma en todo el espacio salvo el de DDT que ya lo teníamos establecido anteriormente. Igualmente no sabemos si hay que hacer una indicación en la entrada como en los bares o solo es necesario en esos lugares.
Eskerrik asko.
Ley anti-tabaco
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Invitado
Anonymous escribió:Qué es la DDT de la liki?
Anonymous escribió:Es un espacio físico registrado? Cómo qué?
Espacio físico registrado?? Ni que fuesemos la Coca-Cola
Pues si.Anonymous escribió:Las liberadas, son asalariadas?
Se ha tratado ya el tema (en asambleas por supuesto, no conocemos otro método) pero crea controversia. De hecho las cosas siguen exactamente igual que siempre pero yo particularmente tengo dudas que hasta ahora no he encontrado respuesta. Creía que era este un espacio para resolver dudas legales, no para que me venga alguien así a estas alturas... Fin de la cuestión...Anonymous escribió: Y no podríais arreglar esto de forma asamblearia? Dejando salir a fumar cada x tiempo...
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Invitado
Compañero/a. Creo que has hecho una muy mala lectura de lo que te han preguntado. En primer lugar no creo que sea exigible que todo el mundo tenga un conocimiento pormenorizado de todas las distribuidoras y editoriales del movimiento libertario. Bien es cierto que la vuestra es de las mas conocidas, pero tambien lo es que una persona que puede tener un conocimiento juridico profundo tal vez carezca de determinada informacion. Se trata de desconocimiento, no de malicia.
Con lo de "espacio registrado" el compañero inquiria acerca de la naturaleza con la que este registrada (si lo esta) vuestra asociacion y su sede: si esta tiene fines comerciales se tratara de un centro de trabajo, y por tanto estara prohibido fumar por ley. En cualquier caso, existiendo como dices liberados (por tanto trabajadores en tanto parece existe una relacion laboral) se trataria de un centro de trabajo.
No veas lo que no hay, y por favor, termina tu consulta. Se mas preciso/a.
Con lo de "espacio registrado" el compañero inquiria acerca de la naturaleza con la que este registrada (si lo esta) vuestra asociacion y su sede: si esta tiene fines comerciales se tratara de un centro de trabajo, y por tanto estara prohibido fumar por ley. En cualquier caso, existiendo como dices liberados (por tanto trabajadores en tanto parece existe una relacion laboral) se trataria de un centro de trabajo.
No veas lo que no hay, y por favor, termina tu consulta. Se mas preciso/a.
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Invitado
Efectivamente. Es un espacio para intentar resolver dudas legales. No hay porque saber que es la ddt de la liki, por mucho que a ti te parezca el ombligo del mundo. Obviamente no sois la cocacola (es más conocida).Riga escribió:Anonymous escribió:Qué es la DDT de la liki?No entiendo tu pregunta: http://www.ddtliki.com
Anonymous escribió:Es un espacio físico registrado? Cómo qué?
Espacio físico registrado?? Ni que fuesemos la Coca-Cola
Pues si.Anonymous escribió:Las liberadas, son asalariadas?
Se ha tratado ya el tema (en asambleas por supuesto, no conocemos otro método) pero crea controversia. De hecho las cosas siguen exactamente igual que siempre pero yo particularmente tengo dudas que hasta ahora no he encontrado respuesta. Creía que era este un espacio para resolver dudas legales, no para que me venga alguien así a estas alturas... Fin de la cuestión...Anonymous escribió: Y no podríais arreglar esto de forma asamblearia? Dejando salir a fumar cada x tiempo...
Pero no sé muy bien como quieres plantear las cosas sin saber si es un espacio abierto al público, una empresa, un trabajo... En fin. Que os vaya bonito.
La Ley llamada Antitabaco está publicada en el BOE del día 27 de Diciembre de 2005 y podéis acceder a la misma en este enlace:
www. boe.es/boe/dias/2005/12/27/pdfs/A42241-42250.pdf
(hay un espacio en blanco para evitar el acceso directo)
En el Artículo 7 tenéis todos los lugares donde está prohibido fumar. Si vuestra distri es un centro de trabajo, no se puede fumar. Si es un centro cultural, sala de lectura, exposición, conferencias, biblioteca y museo, tampoco se puede fumar.
Ahora bien, esta es una norma en la que, personalmente, opino que debería llegarse a su aplicación por propio convencimiento y no por imposición legal.
Pero si lo que te interesa es saber si legalmente se puede fumar, yo creo que no.
www. boe.es/boe/dias/2005/12/27/pdfs/A42241-42250.pdf
(hay un espacio en blanco para evitar el acceso directo)
En el Artículo 7 tenéis todos los lugares donde está prohibido fumar. Si vuestra distri es un centro de trabajo, no se puede fumar. Si es un centro cultural, sala de lectura, exposición, conferencias, biblioteca y museo, tampoco se puede fumar.
Ahora bien, esta es una norma en la que, personalmente, opino que debería llegarse a su aplicación por propio convencimiento y no por imposición legal.
Pero si lo que te interesa es saber si legalmente se puede fumar, yo creo que no.
«argú día, yu ya nu taré tre vusotruh»
Sí, es una canallada de ley. Además no se cumple siempre: yo paro por una cafetería de vez en cuando y veo que todo sigue como antes de la ley, la gente fuma igual.paisano escribió:Ahora bien, esta es una norma en la que, personalmente, opino que debería llegarse a su aplicación por propio convencimiento y no por imposición legal.