me contrataron por obra dandome de alta 6 h y al mes siguiente el acontrato bajó a 4h, y tuve k firmar uno nuevo. entonces significa k me tienen k pagar el finito, no? Aunke el contrato sea el mismo, es decir por "obra y servicios" pero con menos horas de alta. es k el jefe no me ha dicho nada y yo no estoy segura si tengo derecho a recibir el finikito. Gracias y SALUD!
consulta: cobro d finiquito
- New_tracatrá
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consulta: cobro d finiquito
Hola, una amiga mía quiere haceros una consulta:
me contrataron por obra dandome de alta 6 h y al mes siguiente el acontrato bajó a 4h, y tuve k firmar uno nuevo. entonces significa k me tienen k pagar el finito, no? Aunke el contrato sea el mismo, es decir por "obra y servicios" pero con menos horas de alta. es k el jefe no me ha dicho nada y yo no estoy segura si tengo derecho a recibir el finikito. Gracias y SALUD!
me contrataron por obra dandome de alta 6 h y al mes siguiente el acontrato bajó a 4h, y tuve k firmar uno nuevo. entonces significa k me tienen k pagar el finito, no? Aunke el contrato sea el mismo, es decir por "obra y servicios" pero con menos horas de alta. es k el jefe no me ha dicho nada y yo no estoy segura si tengo derecho a recibir el finikito. Gracias y SALUD!
No creo que tengamosuna revoluciòn en cinco años, como lo hacía en 1970; pero definitivamente, creo que la gente nunca deja de luchar
y nunca deja de esperar el momento cuando puedan cambiar las cosas que hacen sus vidas "imposibles de vivir."
Laura Wintherhorn, ex-weathermen
y nunca deja de esperar el momento cuando puedan cambiar las cosas que hacen sus vidas "imposibles de vivir."
Laura Wintherhorn, ex-weathermen
- Uno de CGT
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- Registrado: 14 Jun 2005, 20:40
Para ser más exactos, habría que hablar de "liquidación" y no de "finiquito". Aunque ambos términos suelen ir juntos, no son sinónimos. El "finiquito" no es más que el documento final en el que ambas partes del contrato que finaliza declaran haber satisfecho a la otra parte todos los derechos y obligaciones pactados en el contrato y que nada más tienen que reclamarse la una a la otra. La "liquidación" es el acto previo a la firma del "finiquito", es decir, donde se satisfacen realmente aquellos derechos y obligaciones que pudieran quedar pendientes a la finalización de la relación laboral. Por ejemplo, las vacaciones generadas y no disfrutadas, las pagas extraordinarias también generadas y no cobradas (en proporción al tiempo y jornada trabajadas) y, en general, cualquier otro concepto salarial o derecho establecido en el convenio colectivo aplicable que no haya sido abonado o disfrutado durante la duración del contrato. Esto quiere decir que cualquier trabajador/a deberá percibir esa "liquidación", con indepedencia del tipo de contrato que sea, fijo o temporal, a tiempo completo o parcial, de ETT o de usuaria...
Hay que estar muy atento para no caer en la trampa que suelen utilizar la mayoría de empresas en estas ocasiones, ya que obligan al trabajador/a a firmar el "finiquito" sin darle tiempo a ver si la "liquidación" está bien realizada. Una vez firmado el documento del "finiquito", date por jodido/a. Aunque luego descubras que te han tangado, pongamos por caso, las pagas extras, ya no hay nada que hacer (salvo una posibilidad muy remota, que consistiría en demostrar que te han obligado a firmar bajo amenazas, coacción o engaño). Lo más idóneo en estos casos es poner a lado de la firma la expresión "no conforme", dejando así a salvo la posibilidad de cualquier posibilidad de reclamación posterior. También hay que tener en cuenta que la firma del "finiquito" no impide poder percibir más tarde los llamados "atrasos de convenio" que se producen por la revisión de las tablas salariales de los convenios.
Disculpa el rollo. Espero que haya quedado claro.
Salud.
Hay que estar muy atento para no caer en la trampa que suelen utilizar la mayoría de empresas en estas ocasiones, ya que obligan al trabajador/a a firmar el "finiquito" sin darle tiempo a ver si la "liquidación" está bien realizada. Una vez firmado el documento del "finiquito", date por jodido/a. Aunque luego descubras que te han tangado, pongamos por caso, las pagas extras, ya no hay nada que hacer (salvo una posibilidad muy remota, que consistiría en demostrar que te han obligado a firmar bajo amenazas, coacción o engaño). Lo más idóneo en estos casos es poner a lado de la firma la expresión "no conforme", dejando así a salvo la posibilidad de cualquier posibilidad de reclamación posterior. También hay que tener en cuenta que la firma del "finiquito" no impide poder percibir más tarde los llamados "atrasos de convenio" que se producen por la revisión de las tablas salariales de los convenios.
Disculpa el rollo. Espero que haya quedado claro.
Salud.
- Uno de CGT
- Mensajes: 333
- Registrado: 14 Jun 2005, 20:40
Matizo un poco más, porque me he dado cuenta de que la duda era respecto del contrato primero, el de 6 horas. Si realmente te han hecho un contrato nuevo (es decir, nueva fecha de inicio, nuevo objeto del contrato, nuevas condiciones, etc), me remito a lo que ya he dicho antes: deberían haberte "liquidado" el contrato de 6 horas, puesto que lo dieron por finalizado. No obstante, aunque no te hayan practicado la liquidación, no debes preocuparte demasiado, dado que, desde el punto de vista legal, al haber continuidad en la relación laboral, aunque sea con contrato nuevo, siempre podrás reclamar la parte de esa liquidación conjuntamente con la del contrato nuevo cuando éste finalice; es decir, considerar que tu antigüedad en la empresa es desde el primer contrato de 6 horas y utilizar ese cómputo para el cálculo de todos los derechos, vacaciones, pagas extras, etc.
Salud.
Salud.