una pregunta

Preguntas (y respuestas) sobre legislación represiva, ya sea penal o civil. Además, consejos y dudas sobre situaciones laborales, conflictos individuales y colectivos, cuestiones profesionales, antirrepresión, etc. Ayudémonos entre compañeros y compañeras.
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medinon
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una pregunta

Mensaje por medinon » 20 Jul 2005, 07:54

Hola. Yo estaba buscando un foro de asuntos laborales para resolver una duda que tengo y me he encontrado con este. Una grata sorpresa. Me interesa mucho este tema y creo q me voy a leer todos los temas y voy a participar bastante. Como me pique... Pero ahora estoy en el curro y antes de que venga mi jefe quiero dejar mi duda:

Resulta que llevo en esta empresa desde Noviembre. Al principio venia 4 horas y luego me hicieron contrato x 6. El tema es q no sé cuantos días de vacaciones me corresponden. En principio me han dado 15 días y me han dicho q hay q mirar cuanto tiempo hace exactamente q vengo viniendo 6 horas. ¿Realmente tiene esto que ver o me la están metiendo doblada? yo creia q iba x días, y daba igual si ibas media jornada o jornada completa.

Les agradeceria mucho que me resolvieran esta duda.

Un saludo

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revetlla
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Mensaje por revetlla » 20 Jul 2005, 12:24

Saludos,

Va por días, no tiene que ver con tu jornada. Yo -por ejemplo- hago una jornada de 24h semanales y sin embargo tengo 32 días naturales de vacaciones; información que me aparecía en el contrato y que si no lo estuviese en tu contrato deberías buscar el convenio en el que se encuentra tu empresa. Allí apareceran los mínimos días de vacaciones a los que la empresa deberá pagarte.

Salut.

medinon
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Mensaje por medinon » 20 Jul 2005, 17:53

uf, jodido eso dl convenio xq soy diseñador gráfico y tengo entendido q no tenemos, o algo así, tengo q informarme. Además en mi contrato pone q soy programador así q... un lio. De todas formas gracias x el interés y un saludo.

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Uno de CGT
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Mensaje por Uno de CGT » 20 Jul 2005, 18:30

Medinon, por lo que dices creo que sí tienes convenio colectivo, el de Artes Gráficas, Manipulados de Papel y Cartón, Editoriales e Industrias Auxiliares, de ámbito estatal. Se conoce comúnmente por Convenio de Artes Gráficas. Tu categoría profesional de Programador viene contemplada expresamente en él, dentro del Grupo Profesional de Técnicos de Informática. Copio y pego aquí la descripción que hace de su ámbito funcional para que lo leas y juzgues tú mismo si tu trabajo y tu empresa quedan dentro. Si crees que sí, avísame y te envío el texto completo. Salud.

Artículo 1.2. Ámbito funcional.

Dentro del ámbito enunciado en el artículo 1.1, la aplicación del Convenio será obligatoria para todas las Empresas, Entidades o Instituciones, públicas o privadas, y para los trabajadores de las mismas, cuando aquéllas se dediquen a las actividades de Artes Gráficas y sus Industrias Auxiliares, Manipulados de Papel y Cartón y Editoriales.

A) Se entiende por Industrias de Artes Gráficas y Auxiliares, en general, las que se dediquen, junta o separadamente, a las actividades de preimpresión, impresión o postimpresión, por cualquier procedimiento o sistema, sobre papel, cartón, tela, plástico, películas, soporte óptico o magnético o informático (CD-Rom, disquete ...), o cualquier otra materia, de toda clase de caracteres, dibujos o imágenes en general, en uno o más colores. A título meramente ilustrativo y no limitativo, se entenderán incluidas en este ámbito funcional las actividades siguientes:

a) La composición y fotograbado de textos, ya sea manual, mecánica, digital, fotocomposición o cualquier otro sistema o procedimiento similar, existente en la actualidad o que pueda existir en el futuro.

b) La reproducción de textos o imágenes por cualquiera de los distintos sistemas o procedimientos existentes en la actualidad o que puedan existir en el futuro: manual (dibujo), fotográfico, fotomecánico, electrónico, informático, digital, etc., sobre cualquier material sensible, incluidos los soportes de informática grabados.

c) El grabado de textos o imágenes por cualquier sistema o procedimiento existente en la actualidad o que pueda existir en el futuro: manual (artístico o artesano), fotograbado, grabado electrónico, diseño gráfico, autoedición, etcétera.

d) La impresión de textos o imágenes por cualquier sistema o procedimiento existente en la actualidad o que pueda existir en el futuro: tipografía, offset, huecograbado, litografía, serigrafía, tampografía, flexografía, calcografía, relieve, xerografía, impresión digital, impresión por láser, etcétera.

e) La encuadernación, manual o mecanizada, en cualquiera de sus formas: rústica, cartoné, tela, plástico, pasta, etcétera.

f) Las industrias auxiliares o complementarias, tales como: esterotipia, galvanotipia y galvanoplastia, fabricados de goma y caucho, fabricación de rodillos, vulcanizados, etcétera.

Igualmente, y dado que la aplicación del presente Convenio es obligatoria en todas las funciones o actividades (totales o parciales) contempladas en su ámbito funcional y/o personal del mismo y dentro del territorial por él establecido, este Convenio es de aplicación inexcusable en toda unidad productiva en la que existan máquinas de impresión, duplicadoras, pequeño offset, multicopistas, fotocopiadoras, y cualquier otra máquina para producir impresos, etc., independientemente de su ubicación y del uso al que se destinen.

B) Se entiende por Industrias de Manipulados:

a) Los manipulados de papel de todas clases, tales como: material escolar y de oficina, sobres, bolsas, papel de fumar, papeles engomados, papeles pintados y para decoración, etcétera.

b) Los manipulados de cartón de todas clases, impresos o no, tales como: cartoncillo, cartón ondulado, cartulina y otras materias auxiliares, así como la fabricación de envases, embalajes y otros transformados y complejos de las antedichas materias.

C) Se entiende por Empresas Editoriales:

a) Las que, con o sin talleres gráficos, se dedican a la edición de libros, folletos, fascículos, «comics», y revistas, periódicas o no. Se excluyen las empresas que, únicamente y sin talleres gráficos, editan publicaciones de aparición periódica, diaria o no diaria, de información general, actualidad o especializadas, consideradas empresas editoras de prensa.

b) Las editoras de discos y otros medios audiovisuales.

c) Las editoras de música e impresoras de bandas magnéticas.

D) Quedan comprendidos en este ámbito funcional aquellas empresas de Artes Gráficas que compaginen la producción de impresos o manipulados, de todo orden, con la impresión de publicaciones periódicas, de información general, actualidad o especializadas; así como las que impriman publicaciones periódicas exclusivamente religiosas, técnicas y profesionales.

Se excluyen del ámbito funcional de este Convenio únicamente los talleres de Artes Gráficas, pertenecientes a las empresas editoras de publicaciones periódicas diarias de información general, actualidad o especializadas, dedicadas exclusivamente a la impresión de sus propias publicaciones editadas por ellas.

E) También quedan incluidas las empresas, talleres e imprentas, escuelas de Artes Gráficas estatales, para-estatales, autonómicas, provinciales y municipales, las sindicales, las Corporaciones o Instituciones benéficas o religiosas y penitenciarias, en el caso de que sus productos sean de venta o encargo remunerado, cuyo personal no tenga la condición de funcionario público y realicen alguna de las actividades relacionadas con el ámbito funcional de este Convenio.

Asimismo, estas normas obligarán a las empresas de nueva instalación incluidas en los ámbitos territorial y funcional.

medinon
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muchas gracias

Mensaje por medinon » 21 Jul 2005, 07:50

"Uno de CGT", muchisimas gracias, t agradezco mucho esta información. Si quieres enviarme el texto completo puedes hacerlo a la siguiente dirección: medi_82@hotmail.com.

Muchas gracias de nuevo y un saludo.

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Currante
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Cuidado

Mensaje por Currante » 21 Jul 2005, 10:09

Ojo, por el mero hecho de ser diseñador gráfico no tienes por qué acogerte al Convenio de Artes Gráficas (aunque sería lo lógico) ya que en los últimos tiempos están proliferando multitud de empresas relacionadas con internet y donde los diseñadores valen lo mismo para un roto que un descosido: igual programan que diseñan. Por desgracia, a todas estas empresas se las suele englobar en el convenio "cajón de sastre", el de Oficinas y despachos (casi todas las comunidades tienen un convenio propio de Oficnas y Despachos).

Así que, medinon, deberías decirnos a qué exactamente se dedica tu empresa para que veamos a qué convenio te puedes acoger. Personalmente pienso que a la morrallita esta de Oficinas y Despachos. Además deberías informarnos de la comunidad donde trabajas.

Un saludo

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Uno de CGT
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Mensaje por Uno de CGT » 21 Jul 2005, 11:22

Tienes razón, Currante. Por ese motivo, copié el ámbito funcional del Convenio de Artes Gráficas, para que medinon pudiera concluir si le afecta a su empresa y a su trabajo. Si así fuera, aunque en el contrato pusiera otra cosa, se podría exigir legalmente la aplicación de dicho Convenio, bien el estatal o bien, dependiendo de donde trabaje medinom, el de Bizkaia, Guipúzkoa o Navarra, que también tienen convenio en ese sector.
De todos modos, medinon, te he enviado por e-mail el texto completo del convenio de Artes Gráficas y la revisión salarial de este año. Te va en formato comprimido. Si tienes algún problema para abrirlo, dímelo e intentaré enviártelo en otro formato.
Salud.

medinon
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Mensaje por medinon » 21 Jul 2005, 12:25

Yo trabajo en Castilla y León. En mi contrato pone que las vacaciones serán "según convenio", aunq ya me habeis picao y qiero saberlo todo, no me confrmo con lo d las vacaciones. Y aqui en la empresa lo que hago se ajusta bastante a lo que pone en el convenio de artes gráficas. La mayor parte del tiempo estoy diseñando dípticos, trípticos, logotipos, papeleria para empresas,... etc. y luego tambien me dedico a hacer páginas web. Aqui es donde programo un poco (actionSript para flash), pero básicamente me encargo de los diseños y la parte de programación pura y dura (php, asp, html,...) se la come mi compañero que es el que sí que es programador. Con todo esto yo diria q estoy en el convenio de Artes Gráficas, pero no sé.

Un saludo

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Currante
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Sí, entonces va a ser el de gráficas

Mensaje por Currante » 21 Jul 2005, 12:36

Pues sí, medinom. Por lo que comentas va a ser el convenio de Artes Gráficas. De todas formas, recuerda que en tu contrato debería venir (normalmente en la parte de atrás) el convenio al que estás acogido.

Ya puestos, te envío un enlace a la página de la Coordinadora de Artes Gráficas de CNT. Editan un boletín trimestral llamado "La Tira de papel" donde viene mucha información sobre ese convenio y las luchas sectoriales.

http://www.cnt.es/latiradepapel

Pincha en "números anteriores" para ver los ejemplares atrasados que hacían mención a la negociación del convenio, la huelga y todos los chanchullos que hubo.

Espero que te sea de utilidad.

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