Manual de okupación

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Ojo! Este artículo tiene bastante tiempo ya: Algunas leyes pueden haber cambiado. Si tienes conocimientos legales actualizalo.

Okupar una casa no es ningún delito. Si has oído rumores que dicen lo contrario. iNo son ciertos! Si consigues entrar sin causar daños, en una casa o en un piso que nadie utiliza, puedes darle uso. Muchas okupaciones duran muy poco tiempo, pero si eliges con cuidado el lugar; puedes quedarte allí durante largo tiempo. Elegir con cuidado significa emplear tiempo en reunir información. Si estás realmente desesperad@ y no tienes mucho tiempo, aquí tienes unas rápidas indicaciones:

  • Busca un piso o casa que no parezca demasiado elegante y averigua en el registro de la propiedad quién es el propietario o la propietaria y si está al día de los pagos tributarios.
  • Entra deprisa sin causar daños.
  • Asegura todas las entradas y cambia la cerradura de la casa que vayas a usar.
  • Asegúrate que siempre haya alguien en la casa, especialmente durante el día, al menos hasta que l@s propietari@s o los oficiales del ayuntamiento hayan pasado por allí.


Acerca de la ley

Artículo 10 de la Constitución española:

«Todos los españoles tienen derecho a disfrutar de una vivienda digna y adecuada. Los poderes públicos promoverán las condiciones necesarias y establecerán las normas pertinentes para hacer efectivo este derecho, regulando la utilización del suelo de acuerdo con el interés general, para impedir la especulación.»

Artículo 7º del Código Civil: «Los derechos deberán ejercitarse conforme a las exigencias de la buena fe: la Ley no ampara el abuso del derecho o el ejercicio antisocial del mismo». Una propiedad sin utilizar puede ser un ejercicio antisocial del derecho a la propiedad. Si no entiendes la ley es más fácil que te engañen, que te empujen o que abusen de ti. {...] Los distintos ayuntamientos aplican las leyes de forma distinta y tienes que pensar cuidadosamente dónde okupar un piso si quieres aumentar tus posibilidades de tener finalmente un alojamiento permanente.»

Contacta, si es que la hubiera, con la Asamblea de okupas del lugar o con los colectivos que se estén currando el tema, para que te echen una mano.


La okupación y la ley

Hasta el Código Penal del 96, no estaba castigado como tal. Ahora aparece en el art. 245.2 siempre que esta se haga de forma pacífica, y se castiga con multa de tres a seis meses de privación de libertad en caso de no pagar la multa, que puede ir desde las 200 pts a las 50.000 al día, según la capacidad económica de cada acusad@.

Si la okupación se realiza con violencia o intimidación en las personas, lo cual puede ser por ejemplo no dejar entrar al/la dueñ@ en la casa, las penas aumentan pues se le impondrían además de las penas propias de las coacciones al/la dueñ@ del edificio, art.172, una multa de seis a dieciocho meses, que se fijará teniendo en cuenta la utilidad obtenida y el daño causado en la casa ya sea por la rotura de cristales, puertas o las pintadas en las paredes.

En el caso de que se produzca el desalojo por parte de la policía, y se precinte la casa, la pena en caso de que se vuelva a okupar aumenta puesto que se aplicaría la desobediencia a la autoridad pública del art.556. Por lo tanto no es muy buena idea, y puede llegar a empeorar la situación legal de las personas que reincidan.

Si a pesar de la posibilidad de ingresar en prisión para cumplir las penas privativas de libertad de fin de semana por el impago de las multas decides okupar has de saber que el desalojo se puede producir en cualquier momento, desde que la policía tenga indicios de que se ha okupado el inmueble en contra de la voluntad de su propietari@.

Es importante que te procures una buena relación con l@s vecin@s, puesto que en algunas ocasiones pueden llegar a servir, en caso de que se llegue a juicio, y el/la propietari@ aporte testig@s fals@s (que viene a ser muy común).

Si la casa no tiene luz ni agua, y decides pincharla de algún sitio, recuerda que eso es ilegal, por lo tanto procura no hacerlo, o ser discret@.


Encontrar el sitio

No es difícil encontrar una propiedad vacía. En la mayoría de las ciudades hay un gran número de casas y pisos vacíos (307.859 en Madrid, en el 2001) sin utilizar: Los problemas principales son: saber cuánto tiempo es probable que puedas permanecer en la casa y, en segundo lugar; si te pueden desalojar de ella rápidamente.

  • Si okupas cualquier lugar vacío sin informarte acerca de él, quizás puedas permanecer en él durante un tiempo razonable. Pero puedes ser desalojad@ en pocas semanas por decisión de los tribunales o, en el peor de los casos, quizás te den dos días para marcharte bajo la amenaza de cargos criminales. Vale la pena intentar evitar esto seleccionando un lugar con el que tengas posibilidades de que l@s propietari@s te dejen en paz hasta que en realidad quieran utilizar su propiedad.
  • Okupar es una apuesta, pero puede ser calculada a la luz de la información que puedas conseguir, mejor que un tiro al azar: A veces las Asociaciones de Vecinos, los Centros Comunitarios o las Cooperativas pueden tener información acerca de los pisos vacíos de la zona. Si estos grupos simpatizan con la okupación, sus consejos e información pueden ser inapreciables.


Conseguir información

¡Comienza en la calle! Busca casas vacías. Anota las que te parecen que están bien desde el exterior: Evidentemente, es importante asegurarse de que toda la casa o piso están completamente vacíos. ¡Si no, lárgate enseguida! Si en una casa hay que hacer muchos arreglos, lo sensato es que se va a durar un tiempo razonable. Si no, te pueden echar justo cuando acabas de gastarte un montón de dinero y energía arreglándola. Armado con la lista de los posibles lugares, el siguiente paso es DESCUBRIR quiénes son l@s propietari@s y qué planes tienen. El registro de la propiedad en España es público y es básico y legal consultarlo para saber quién es el propietario. Puedes consultar el registro en www.registradores.org (9 Euros). Indagad también si el propietario o la propietaria tienen al día los pagos tributarios, pues en el caso de no ser así, la posibilidad de éxito en la okupa es mucho mayor, ya que demuestra que no tiene demasiado interés por la casa o que ha desaparecido. Si una casa está afectada por futuras reformas o reedificaciones te lo dirán consultando el libro o el listado sobre las zonas edificables o no. Si no te hacen caso puedes decir que vives allí y quieres enterarte de lo que pasa. Tal vez consigas que te dejen verlo. Si la casa es del ayuntamiento o de la administración, infórmate de cómo la tienen catalogada y el uso que piensan darle antes de akuparla. Los hospitales, RENFE, el Ministerio de educación y varios departamentos del gobierno tienen siempre propiedades vacías dispersas, generalmente por un largo periodo de tiempo. L@s propietari@s y administraciones particulares son siempre el tipo más impredecible de propietario: pueden arrojarse sobre ti o ignorarte durante años. {...] Si a la propiedad le resulta difícil vender o alquilar su casa es posible que lleguéis a un acuerdo. {...]


Entrar en la casa

En realidad, la parte más difícil de okupar es tomar posesión. L@s okupas son a veces arrestad@s -o amenazados con el arresto- por delito de daños. El delito de daños, en su sentido más estricto, es una ofensa que cometen la mayoría de l@s okupas. Quitar puertas de acero, dañar la puerta principal al cambiar la cerradura, o incluso quitar objetos rotos de una casa puede ser considerado un delito de daños. No olvides que las cerraduras pueden ser desmontadas desde dentro sin causar ningún desperfecto. Esto nos lleva al problema de entrar en el piso. Intentar primero las vías más evidentes: la entrada principal y la posterior; ventanas abiertas o ventanas con cerraduras que puedan abrirse con una navaja. No intentéis forzar una puerta principal bien asegurada hasta haber intentado otras vías. Llevad las menos herramientas posibles, para disminuir las posibilidades de ser arrestad@s por ir equipad@s para el robo o para cometer delito de daños o posesión de armas ofensivas. En cuanto hayáis entrado, esconded las herramientas, o que alguien se las lleve. El desahucio es más probable en los primeros días, de modo que cuando abras la casa es mejor trasladarse a ella enseguida y en grupo. En algunos casos es casi imposible entrar sin hacer ruidos y despertar a l@s vecinos. En este caso es mejor hacerlo a una hora sensata. Es una buena idea intentar conseguir el apoyo del vecindario. Explicadles por qué no tenéis casa: podéis obtener una respuesta sorprendentemente favorable. Una vez que hayáis decidido trasladaros es mejor hacerlo cuanto antes. No te lleves cañerías ni nada de una casa a menos que esté totalmente perdida para ser usada como alojamiento, ya que tal vez estés privando a otras personas de un lugar que puede ser okupado. Lo primero que hay que hacer después de entrar es cambiar la cerradura de la puerta principal y asegurar todas las entradas. Muchas okupaciones se han perdido por no tomar estas precauciones: puedes poner travesaños en todas las puertas y clavos en los marcos de las ventanas para que no puedan abrirse más que unos centímetros. Hasta que no tengas control de todo lo que entra y sale, no has tomado posesión y puedes ser expulsado de inmediato si llegan l@s propietari@s o la policía.


Advertencias legales

Puede resultar de ayuda poner una advertencia legal en la ventana principal o en la puerta, porque puede disuadir a la policía o a la propiedad de entrar por la fuerza. Pero siempre tiene que haber alguien en la casa para respaldarla. Una simple advertencia legal no impedirá por sí sola un desahucio.


Modelo de advertencia legal

Hacemos constar:

  • Que vivimos en esta casa, que es nuestro hogar y que pensamos permanecer aquí.
  • Que a todas horas hay al menos una persona en casa.
  • Que cualquiera que entra en esta casa sin nuestro permiso comete una ofensa criminal.
  • Que si quiere usted desalojarnos tendrá que traer una orden del juez. Firmado: l@s okupantes. Nota: las firmas de este comunicado son opcionales... (Continúa)

(En: Seminario sobre Okupación en el Centro Social Seco, 1996)

Ahora sólo depende de cómo lo quieras llevar: okupar discretamente o de manera más reivindicativa. Para este segundo caso te damos algunos consejillos:

  • Convocar a toda la gente posible que te pueda ayudar llevando más material de limpieza y/o comida y te apoye durante los primeros días.
  • Repartir octavillas durante el mismo momento de la ocupación, para informar al vecindario sobre lo que se está haciendo y por qué.
  • Tener un teléfono de contacto de un abogado, mejor si es conocido o se «enrolla» con estas historias.
  • Una vez dentro, vigila bien la puerta (no sea que se te cuelen secretas o pasmas varios) y, sobre todo, asegúrate de apuntalar puertas y ventanas, puesto que las primeras horas son las más peligrosas (en caso de que venga la «madera» -es lo más probable- intentará disuadirte para que salgas o entrar por la fuerza) Ten clarísimo que si no tienen orden del juez, ¡no pueden hacer nada! Aunque lo pidan, no les des ningún documento que te identifique, y lleva siempre la cara tapada si estás dentro y en algún sitio visible desde el exterior.
  • Con el nuevo Código Penal, la ocupación sin autorización del propietario puede perseguirse de inmediato. Si ves la cosa chunga, argumenta que tienes un contrato verbal por lo que no te podrán aplicar esta nueva ley.
  • Cuando se haya calmado la situación con la policía, puedes empezar a filmar en vídeo o hacer fotografías de la casa (antes de limpiar nada), ya que de cara a l@s vecin@s o al posible juicio quizás puedan servirte como pruebas.
  • Hecho todo esto, puedes empezar a acondicionar y rehabilitar la casa. Si vas a «pinchar» la luz y el agua hazlo de la manera más discreta posible, puesto que el nuevo Código Penal castiga ahora con penas mucho más duras este tipo de acciones.

(Assemblea d'Okupes de Barna, 1997)


Ver también: