Prestación por parte de mutua o ss

Preguntas (y respuestas) sobre legislación represiva, ya sea penal o civil. Además, consejos y dudas sobre situaciones laborales, conflictos individuales y colectivos, cuestiones profesionales, antirrepresión, etc. Ayudémonos entre compañeros y compañeras.
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RTT
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Prestación por parte de mutua o ss

Mensaje por RTT » 22 Jun 2008, 16:00

Hola, mi empresa tiene las contingencias comunes con la mutua, a mi se me ha acabado el contrato y me tienen que pagar ellos directamente, mi duda es, ése dinero sale de la ss o es del bolsillo de la mutua. Me han respondido esto pero no sé, creo que se contradice. Si me lo podeis aclarar...

Mirad un poquito el RD. 1993/1995...

La MATEPSS paga la prestación y asume su coste. El dinero con el que la MATEPSS paga la prestación es una fracción de la cotización (por cc), con lo cual, La TGGS y el INSS si que son meros intermediarios en estos casos y no la MATEPSS:

La TGSS tan solo lleva a cabo la función de entregar las cotizacciones por contingencias comunes a la MATEPSS (ya que no puedes cotizarle a ella directamente).

Así pues, la MATEPSS efectua el pago de las prestaciones por cc SIN REMITIR COSTE ALGUNO A LA SS, y de hecho, tanto es así, que debe guardar los excedentes de los meses en que lo ingresado suponga mas dinero que lo gastado, para tener para cuando sea al contrario (cuando lo pagado en prestaciones suponga mas de lo recibido en las cotizaciones).

Es decir, igualito que un seguro privado: cobra unas primas mensuales y paga cuando el riesgo cubierto se materializa.

RTT
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Re: Prestación por parte de mutua o ss

Mensaje por RTT » 23 Jun 2008, 09:29

Claro me queda. En fin, entidades creadas con nuestro dinero que recaudan e intentan administrar muy a su favor, ya he visto alguna pag con sueldecitos de directivos de estas empresas. Privatizar hasta la salud de la gente, sin palabras... Gracias.

RTT
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Re: Prestación por parte de mutua o ss

Mensaje por RTT » 05 Ago 2008, 09:29

Hola de nuevo, recordando el tema del que escribí hace ya tiempo, expongo mi duda y temores.
Causé baja el dia 2-06-08 por accidente NO laboral y el día 4 se me expiró el contrato. Mi empresa tenía contratadas las contingencias comunes con Ibermutua, así que tengo que ir a llevarles los partes de la SS (Puesto que es esta la encargada de darme la baja y alta y tratarme) y también tengo que ir a ver al médico de la Mutua cada tres semanas para que corrobore mi estado. El caso es que el dia 21-07 visité a mi médico de la SS y me dijo que pidiese con un volante rehabilitación. Como estas fechas son malas me han dado para el 10 de septiembre, o sea que queda un mes. Ayer fui a la Mutua porque tenía cita para que me viesen allí y el médico al ver que me quedaba un mes para la rehabilitación me ha dicho que eso estaba en "demora" y que iba a mandar una instancia al tribunal médico para que si la aceptan me hacen la rehabilitación en la mutua. Me han dicho que firme un escrito que ponía la fecha de baja y han hecho una fotocopia del volante que me dieron en el hospital para enviarlo imagino. ¿Esto lo pueden hacer?. La rehabilitación aunque me la hagan ellos, cuando termine he de pedir cita para mi medico puesto que así me lo dijo para que me viese. Es decir, el hecho de que manden esa solicitud no quiere decir que puedan ellos darme el alta cuando estimen que estoy bien ¿No?. O sea, pase lo que pase el accidente NO laboral será siempre a la hora del alta
cuestión de mi médico. Lo digo porque como es la mutua la que gestiona el pago ahora... Creo que no me podia negar a fimar esa instancia porque puedes tener problemas si te niegas a que te ayuden pero... Por favor espero aclararme, creo que ya les pesa el hecho de que me tienen que pagar y sólo llevo 2 meses.

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