Calcular la paga extra según mi convenio

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Sergirulo
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Calcular la paga extra según mi convenio

Mensaje por Sergirulo » 04 Nov 2007, 18:50

Hola, trabajo como montador especialista a tiempo completo en una fábrica de montaje electrónico desde el 16 de abril de este año(2007).
Lo cierto es que el 15 del mes de junio de 2007 cobré en concepto de paga extra 195,25€ líquidos, lo cual si haces los cálculos en proporción es un pellizco menos. En la empresa me dijeron que eso era legal, que para cobrar el 100% de paga extra debía pasar un año primero, es decir, que la proporción de esa paga extra era menor a causa de esa razón.

Lo cierto es que acercándose ya la próxima paga extra de navidad y oliéndome raro todo esto que me pasó, estoy investigando para ver cuánto me tienen que pagar esta vez. En teoría tal como he leído en varios foros me tendrían que pagar el 100% de la 2ª paga del año al llevar este segundo semestre del año trabajado al completo, lo cual serían unos 900€, pero me da la nariz que me van a pagar menos.

He buscado mi convenio colectivo, en concreto es el SIDEROMETALÚRGICO de Málaga y en una página de CCOO lo estuve leyendo (http://www.minerometal.ccoo.es/ficpdf/1 ... C%2004.pdf) pero no me quedó claro si me tienen que pagar el 100%. A mí me parece que no hay nada raro, pero me quiero asegurar antes de rechazar esa paga para que me den lo que me corresponde.

Ojalá haya alguien que me pueda decir algo porque no sé adonde acudir, gracias de antemano a todo el que me eche un cable.

danzaperlas
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Mensaje por danzaperlas » 06 Nov 2007, 01:50

e intentao buscar el convenio del que hablas pero no lo encuentro, si me pasas un link quizas pueda ayudarte.

de todas formas te diria que en principio si has trabajao el segundo semestre completo la paga que te corresponde es completa, esto es asi en la mayoria de los casos (que yo sepa) aunque si me pasas una direccion con el convenio igual te puedo ayudar mejor

Sergirulo
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Mensaje por Sergirulo » 07 Nov 2007, 00:02

Pues lo cierto es que puse la página en la que lo ví: http://www.minerometal.ccoo.es/ficpdf/1 ... C%2004.pdf
Supongo que no te has dado cuenta, es que no sé como ponerlo como link, pero copiándolo y pegándolo en el navegador también funciona. Lo cierto es que en la empresa me siguen diciendo que no la voy a cobrar al 100%, no sé, a mí me sigue oliendo raro. Lo relativo a las pagas extras viene en el artículo 17. Muchas gracias por la ayuda[/url]
Vaya parece que sí he conseguido ponerlo como link, jeje.

Ius Gentium
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Mensaje por Ius Gentium » 07 Nov 2007, 12:28

Aunque en principio el devengo de las pagas extraordinarias se prorratea en doce mensualidades, se puede pactar lo contrario y hay convenios colectivos que establecen tal devengo por semestres.

Ese es tu caso.

El Artículo 17 último párrafo de tu convenio establece claramente que las pagas extraordinarias se devengan por semestres naturales (de 1 de Enero a 30 de Junio y de 1 de Julio a 31 de Diciembre).

Si has trabajado todo el semestre te corresponde una paga extra íntegra. Si no has trabajado todo el semestre te corresponde la paga en proporción al tiempo trabajado durante el período de su devengo, qu en este caso es semestral.

Que no te intente engañar la empresa, en Diciembre tendrás derecho a una paga extra íntegra y te adeudan la parte correspondiente a la paga extra de verano que no te han pagado.
Aranearum telis leges compares

Sergirulo
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Mensaje por Sergirulo » 08 Nov 2007, 16:57

Claro, eso es lo que me parecía a mí, quizás lo que me hacía dudar era el final del último párrafo: "Las aludidas gratificaciones se prorratearán por semestres naturales y devengarán en proporción al tiempo trabajado, en los supuestos de incorporación o cese en el transcurso del año".
Pensé que quizá tenía trampa la frase, me preguntaba: ¿a qué supuestos se refiere? ¿serán esos supuestos los que dicen que tengo que tener un año completo para cobrar una paga íntegra?, quizás es buscar tres pies al gato pero es que el lenguaje jurídico y legal tiene su comprensión y yo no estoy puesto en este tema.
Supongo que viene a decir que lo que cobres depende del momento en que entraste y cuando te vas de la empresa, para así calcular la proporción adecuada de la paga extra.
Tendré que darle las gracias a mi Delegado Sindical que me dijo que era legal, encima nos tiene pero que muy quemados a todos y por otras razones queremos que dimita, lo cierto es que no lo hace por presiones del Emperador(es lo que se cree que es mi jefe).
Muchísimas gracias por la información Ius Gentium.

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