Yo si, la CGTNo solo las de la CNT, si no las de cualquier sindicato de clase que quiera ser eso, sindicato. Pero da la casualidad que CNT es el único de España que reune estas características, ¿Conoces tú algún otro?
CGT, CNT , SO
Re: CGT, CNT, SO y CSC llegan a un acuerdo de unidad de acci
- Plaza_Olmedo
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Re: CGT, CNT , SO
Con respecto al tema "acción sindical" v/s "representación", estoy de acuerdo con lo dicho por munynt la gata. Insisto que, legalmente hablando, no existe diferencia entre delegados y simples afiliados a la hora de reclamar por un caso de represión sindical. Desconozco como va el tema con los trabajadores no afiliados, aunque no veo imposible que algunas sentencias hayan encuadrado la acción reivindicativa desligada de los sindicatos dentro del marco protectivo de la constitución.
Ahora bien, hay que decir que esto no significa que la CNT esté en contra de que los delegados y demás cargos puedan tener derechos superiores al resto de los trabajadores y afiliados (si bien éstos serían de la sección y no a título individual). A lo que nos oponemos es a que estos derechos emanen de la participación en las EESS y, ante la imposibilidad de conseguirlo legalmente, se promueve que se consigan a través del único camino disponible: la acción directa, es decir, de incluir en las tablas reivindicativas la garantía laboral, los créditos horarios, el derecho a la información, al tablón de anuncios, etc.
Ahora bien, entrelazando esto último con lo discutido anteriormente, creo que este último punto es fundamental. Encuentro muy dañina la culpabilidad (en la cual me incluyo) con que se vive el recurso judicial, como si fuera una traición o una demostración de nuestra debilidad. La CNT nunca podrá sucumbir ante la acción mediada ya que esta reconoce sólo una serie de mínimos inaceptables para el anarcosindicalismo. Creo que es legítimo y tácticamente indispensable recurrir hoy en día a la acción mediada ara lograr justamente esos mínimos a través del "plus" de fuerza que nos da el incumplimiento de la legalidad por parte de los empresarios. Pero la legalidad necesariamente te encorseta, no tiene sentido, por ejemplo, entablar una demanda contra la empresa X para que aumente en un 20% el salario de los trabajadores, aunque sí que tiene sentido (se tenga o no la fuerza para imponerlo a través de la acción directa) reclamar legalmente que la empresa actualice los salarios según los estipulado por el convenio.
La acción judicial y mediada debería utilizarse para "rodar" a las secciones sindicales y consolidarlas al interior de las empresas en una situación de protección mínima, pero, en muchos casos, dicho rodaje acaba destruyendo a la sección antes siquiera que logre entrar al juego donde la acción directa adquiere sentido.
En este sentido, creo que las secciones deberían tener un proceso gradual de crecimiento con objetivos concretos que permitan ir consolidando la experiencia de los militantes y la implantación en la plantilla, como podrían ser:
1.- Constitución y consolidación (en cristiano, que no los despidan).
2.- Combinación acción mediada y acción directa para lograr que se cumplan todos los mínimos legales.
3.- Concesión de derechos sindicales estratégicos (garantía laboral, crédito horario, tablón de anuncios, información empresarial, etc.).
4.- Convenio extraextatutario
5.- (y si lo anterior parecía una flipada, lo siguiente aún más...) Lograr mecanismos de control obrero en la mayor cantidad de ámbitos de la empresa.
6.- Autogestión por parte de los trabajadores.
Ahora bien, hay que decir que esto no significa que la CNT esté en contra de que los delegados y demás cargos puedan tener derechos superiores al resto de los trabajadores y afiliados (si bien éstos serían de la sección y no a título individual). A lo que nos oponemos es a que estos derechos emanen de la participación en las EESS y, ante la imposibilidad de conseguirlo legalmente, se promueve que se consigan a través del único camino disponible: la acción directa, es decir, de incluir en las tablas reivindicativas la garantía laboral, los créditos horarios, el derecho a la información, al tablón de anuncios, etc.
Ahora bien, entrelazando esto último con lo discutido anteriormente, creo que este último punto es fundamental. Encuentro muy dañina la culpabilidad (en la cual me incluyo) con que se vive el recurso judicial, como si fuera una traición o una demostración de nuestra debilidad. La CNT nunca podrá sucumbir ante la acción mediada ya que esta reconoce sólo una serie de mínimos inaceptables para el anarcosindicalismo. Creo que es legítimo y tácticamente indispensable recurrir hoy en día a la acción mediada ara lograr justamente esos mínimos a través del "plus" de fuerza que nos da el incumplimiento de la legalidad por parte de los empresarios. Pero la legalidad necesariamente te encorseta, no tiene sentido, por ejemplo, entablar una demanda contra la empresa X para que aumente en un 20% el salario de los trabajadores, aunque sí que tiene sentido (se tenga o no la fuerza para imponerlo a través de la acción directa) reclamar legalmente que la empresa actualice los salarios según los estipulado por el convenio.
La acción judicial y mediada debería utilizarse para "rodar" a las secciones sindicales y consolidarlas al interior de las empresas en una situación de protección mínima, pero, en muchos casos, dicho rodaje acaba destruyendo a la sección antes siquiera que logre entrar al juego donde la acción directa adquiere sentido.
En este sentido, creo que las secciones deberían tener un proceso gradual de crecimiento con objetivos concretos que permitan ir consolidando la experiencia de los militantes y la implantación en la plantilla, como podrían ser:
1.- Constitución y consolidación (en cristiano, que no los despidan).
2.- Combinación acción mediada y acción directa para lograr que se cumplan todos los mínimos legales.
3.- Concesión de derechos sindicales estratégicos (garantía laboral, crédito horario, tablón de anuncios, información empresarial, etc.).
4.- Convenio extraextatutario
5.- (y si lo anterior parecía una flipada, lo siguiente aún más...) Lograr mecanismos de control obrero en la mayor cantidad de ámbitos de la empresa.
6.- Autogestión por parte de los trabajadores.
"La sociedad menos perfecta es aquella en que, habiendo grandes, poderosos, justos motivos para protestar, no hay protestas" (Concepción Arenal)
Re: CGT, CNT , SO
Este párrafo es muy desafortunado. CNT está en contra de que haya trabajadores privilegiados por encima del resto, lo de menos es que estos privilegios provengan de las elecciones sindicales que de cualquier otro ámbito. Lo del crédito horario o la garantía laboral me parece terrible y para nada comparable al uso de un tablón de anuncios.Ahora bien, hay que decir que esto no significa que la CNT esté en contra de que los delegados y demás cargos puedan tener derechos superiores al resto de los trabajadores y afiliados (si bien éstos serían de la sección y no a título individual). A lo que nos oponemos es a que estos derechos emanen de la participación en las EESS y, ante la imposibilidad de conseguirlo legalmente, se promueve que se consigan a través del único camino disponible: la acción directa, es decir, de incluir en las tablas reivindicativas la garantía laboral, los créditos horarios, el derecho a la información, al tablón de anuncios, etc.
Una pregunta, ¿Si la CNT empieza a resultar una herramienta eficaz a través de su acción mediada y empieza a atraer a un gran número de trabajadores, como va a convencer a estos de que la acción directa es una vía más eficaz?
Yo creo que un sindicato anarcosindicalista se debe basar en tres pilares: La autogestión, el asamblearismo y la acción directa. Pero bueno, me voy a releer a Rudolf Rocker y a preguntar a los compis por si acaso ando perdido.
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Re: CGT, CNT , SO
huerto escribió:Este párrafo es muy desafortunado. CNT está en contra de que haya trabajadores privilegiados por encima del resto, lo de menos es que estos privilegios provengan de las elecciones sindicales que de cualquier otro ámbito. Lo del crédito horario o la garantía laboral me parece terrible y para nada comparable al uso de un tablón de anuncios.Ahora bien, hay que decir que esto no significa que la CNT esté en contra de que los delegados y demás cargos puedan tener derechos superiores al resto de los trabajadores y afiliados (si bien éstos serían de la sección y no a título individual). A lo que nos oponemos es a que estos derechos emanen de la participación en las EESS y, ante la imposibilidad de conseguirlo legalmente, se promueve que se consigan a través del único camino disponible: la acción directa, es decir, de incluir en las tablas reivindicativas la garantía laboral, los créditos horarios, el derecho a la información, al tablón de anuncios, etc.
Una pregunta, ¿Si la CNT empieza a resultar una herramienta eficaz a través de su acción mediada y empieza a atraer a un gran número de trabajadores, como va a convencer a estos de que la acción directa es una vía más eficaz?
Yo creo que un sindicato anarcosindicalista se debe basar en tres pilares: La autogestión, el asamblearismo y la acción directa. Pero bueno, me voy a releer a Rudolf Rocker y a preguntar a los compis por si acaso ando perdido.
Marius Jacob:
ya te he dicho que considero que CGT, SO y CSC son sindicatos de clase. Pero de un sindicalismo institucionalizado, y mientras tú no me des una definición de lo que es sindicalismo institucionalizado no hay más donde rascar.
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Re: CGT, CNT , SO
Es posible que lo que escribí sea desafortunado, pero el fondo no es falso. La CNT, evidentemente, no quiere que existan trabajadores "privilegiados", pero sí busca obtener las herramientas para poder ejercitar su acción sindical; herramientas que no nos da la ley, ni que tampoco pueden ejercerse colectivamente (como el crédito horario), pero que se eligen y son gestionados en forma asamblearia por la sección sindical (a eso me refería con que es la sección la que adquiere derechos, y no los trabajadores individualmente). En cualquier caso, copio y pego de la guía sindical de CNT, que tal vez lo explique en forma más afortunada (que no significa que uno no pueda no estar de acuerdo:huerto escribió:Este párrafo es muy desafortunado. CNT está en contra de que haya trabajadores privilegiados por encima del resto, lo de menos es que estos privilegios provengan de las elecciones sindicales que de cualquier otro ámbito. Lo del crédito horario o la garantía laboral me parece terrible y para nada comparable al uso de un tablón de anuncios.
Pero insistimos en algo que ya apuntamos con anterioridad: por la vía de la negociación con la empresa se puede mejorar lo dispuesto legalmente y puede lograrse así que el/la delegad@ de una sección sindical de CNT tenga más derechos y garantías que los inicialmente reconocidos por la ley, e incluso igualar, o superar, lo garantizado legalmente para l@s delegad@s de los sindicatos “más representativos” o con presencia en el comité de empresa. Efectivamente, en algunas ocasiones las secciones sindicales de la CNT han conseguido en determinadas empresas que el/la que actúe como delegad@ tenga ciertas garantías y protecciones que, de partida, la ley no exige al/a empresari@ que respete. Se arranca así a l@s empresari@s mejoras y derechos con y por la fuerza de l@s trabajadores/as. Esto sólo se puede conseguir mediante la acción directa, dado que por ley –según interpreta la jurisprudencia–, la CNT no podrá tener delegad@s sindicales tal como los define la LOLS. Que la CNT haya pretendido que l@s delegad@s de sus secciones sindicales tengan los mismos derechos que l@s “delegad@s sindicales” del art. 10.3 LOLS no es incoherente con el rechazo a los representantes unitarios (comités de empresa y delegad@s de personal). Veamos por qué: Las esenciales diferencias que existen entre un supuesto “delegad@ sindical” de la CNT (es decir, con todos los derechos del artículo 10.3 conseguidos en una hipotética negociación) y un representante unitario se resumen en que los segundos tienen el poder de decidir sin tener que contar con el beneplácito de la asamblea ni su ratificación; además son irrevocables (a menos que se cumplan severos requisitos), y su elección sirve para dotar de “mayor representatividad” a determinados sindicatos que obtienen así, por imperativo legal, el poder de decidir por toda la clase trabajadora. Para revocar al delegado o delegada de la sección sindical –elegid@ por los miembros de la sección sindical, que a su vez está integrada por tod@s l@s afiliad@s a un mismo sindicato en una empresa–, la ley remite a lo que establezcan los estatutos del sindicato en cuestión. Si acudimos a los de la CNT, vemos que el/la delegad@ sindical puede ser revocad@ en cualquier momento por la asamblea: ése sí es, desde luego, un verdadero proceso de revocación. En cuanto a que l@s delegad@s de las secciones sindicales de la CNT hayan intentado obtener las mismas ventajas y prerrogativas, o parte de ellas, que gozan los miembros del comité de empresa y l@s delegad@s de personal, en primer lugar hay que aclarar que lo único que se pretende es que dich@s delegad@s de CNT tengan las garantías que protegen a los representantes unitarios según el art. 68 ET (excepto la de ser liberados, que se rechaza de plano), además de los derechos del 10.3 LOLS... Pero en ningún caso buscamos la equiparación total. ¿En qué se diferenciaría un/a hipotétic@ “delegad@ sindical” de CNT de aquel al que se le hubieran reconocido las garantías del art. 68 ET y los derechos del 10.3 LOLS de los miembros de un comité de empresa?
> L@s representantes unitarios pueden ejercer todas las competencias del art. 68 ET sin tener que rendir cuentas o ser ratificad@s por la asamblea. Esto nunca podría ocurrir con el/la delegad@ de CNT: todas las decisiones de la sección sindical se toman en asamblea y vinculan al delegado o delegada, que es responsable ante ella.
> Los representantes unitarios son elegidos por un periodo de cuatro años y sólo pueden ser revocados siguiendo un difícil y farragoso procedimiento. En cambio, el/la delegad@ de CNT puede ser revocad@ en cualquier momento por la asamblea y el puesto es rotatorio.
> La elección de representantes unitarios sirve para otorgar “mayor representatividad” a ciertos sindicatos que adquieren así el poder, entre otras cosas, de negociar (o venderse), en nombre de toda la clase trabajadora. En cambio, el/la delegad@ de CNT no sirve ni quiere servir para semejante fin.
Pues es bastante difícil, sobre todo porque la acción legal, o mediada (que no es lo mismo), tiene unos límites máximos que para la CNT constituyen unos mínimos. La acción mediada tiene un límite infranqueable que la acción directa no tiene, en este sentido, la pregunta sería ¿una vía eficaz para qué? El error (desde mi punto de vista evidentemente), es considerar a la acción directa y mediada como dicotómicas, y no como estratégicas. Ponerlas una contrapuesta a la otra puede servir en el mundo de la teoría abstracta, pero poco sirve para la praxis sindical real. Un ejemplo: si mañana mi jefe me despide en un modo que claramente constituye represión sindical y yo voy y le digo que tengo estas 22 sentencias que le demuestran que en un par de meses voy a volver blindado y que le agradezco los meses de vacaciones en su nombre que me esperan y el tío me readmite, ¿es acción directa o mediada? Si en vez de para evitar la demanda, me readmite por amenazarle con una huelga ¿es más valido o es lo mismo?Una pregunta, ¿Si la CNT empieza a resultar una herramienta eficaz a través de su acción mediada y empieza a atraer a un gran número de trabajadores, como va a convencer a estos de que la acción directa es una vía más eficaz?
Autogestión, asamblearismo y acción directa...pues yo no veo nada que incumpla estos tres principios. Y si es por experiencias históricas, que decir del closed shop, aspiración histórica del sindicalismo y del anarcosindicalismo, donde si no tenías carnet simplemente no currabas (y dejo que claro que yo no lo veo como una alternativa ni deseable ni factible hoy en día)...Yo creo que un sindicato anarcosindicalista se debe basar en tres pilares: La autogestión, el asamblearismo y la acción directa. Pero bueno, me voy a releer a Rudolf Rocker y a preguntar a los compis por si acaso ando perdido.
"La sociedad menos perfecta es aquella en que, habiendo grandes, poderosos, justos motivos para protestar, no hay protestas" (Concepción Arenal)
Re: CGT, CNT , SO
Yo no estoy de acuerdo en que el trabajador por pertenecer a un sindicato disfrute de una serie de derechos que el no afiliado no tiene a su alcance. Razones:
1. Atrae a los oportunistas
2. Genera rechazo
3. Crea una visión irreal de la situación y de las condiciones de trabajo en el trabajador privilegiado.
4. Una peregruyada, no me gustan los privilegios de ninguna clase. Ni siquiera cuando pagas más en el parque de atracciones para montar antes.
El claso del closed shop es bastante ilustrativo al respecto tal como canta en su habitual tono sarcástico Ray Davies:
'Cos when I see that union man walking down the street
He's the man who decides if I live or I die, if I starve, or I eat
Then he walks up to me and the sun begins to shine
Then he walks right past and I know that I've got to get back in the line
De Get Back in the line de los kinks
Mas o menos:
Cuando veo al jicho del sindicato bajando por la calle
el jicho que decide si vivo o muero, si paso hambre o como
Camina hacia mi y el sol empieza a brillar
Pasa de largo y se que tengo que volver a la fila
El párrafo que transcribes de la Guía de acción Sindical habla de la obtención de derechos que faciliten la acción sindical en la empresa, pero me resulta extraño ir por ahí cantando: "Sin liberados y sin subvenciones" para luego negociar un crédito horario.
Luego, la teoría de los mínimos es bastante relativa. Nuestros mínimos con el paso del tiempo tienden a reducirse por la ardua labor legislativa anti-obrera. Podríamos hablar de mínimos si nos encuadrásemos dentro de la social democracia con un partido dedicado a legislar lo que consideramos vital. Y todo el procedimiento legislativo así como recabar la tutela efectiva de los derechos adquiridos por medio de las instituciones estatales se encuadra dentro de lo que conozco como acción mediada.
Mi percepción no parte de un exceso de teoría si no de un cuestionamiento permanente de nuestros métodos, en base a los casos que voy tomando parte o conociendo a través de la observación y el análisis y no parte de la base de un punto de vista excluyente entre la acción mediada y la directa, si no que intento visibilizar por un lado el exceso de posibilismo en el que estamos inmersos hoy en día y por otro el corto alcance del mismo.
Y sobre la no exclusión de las dos estrategias habría que ver el temario del próximo curso sobre formación de formadores o leer las actas de la última conferencia sobre acción sindical en Villaverde para apreciar como está el panorama hoy en día.
1. Atrae a los oportunistas
2. Genera rechazo
3. Crea una visión irreal de la situación y de las condiciones de trabajo en el trabajador privilegiado.
4. Una peregruyada, no me gustan los privilegios de ninguna clase. Ni siquiera cuando pagas más en el parque de atracciones para montar antes.
El claso del closed shop es bastante ilustrativo al respecto tal como canta en su habitual tono sarcástico Ray Davies:
'Cos when I see that union man walking down the street
He's the man who decides if I live or I die, if I starve, or I eat
Then he walks up to me and the sun begins to shine
Then he walks right past and I know that I've got to get back in the line
De Get Back in the line de los kinks
Mas o menos:
Cuando veo al jicho del sindicato bajando por la calle
el jicho que decide si vivo o muero, si paso hambre o como
Camina hacia mi y el sol empieza a brillar
Pasa de largo y se que tengo que volver a la fila
El párrafo que transcribes de la Guía de acción Sindical habla de la obtención de derechos que faciliten la acción sindical en la empresa, pero me resulta extraño ir por ahí cantando: "Sin liberados y sin subvenciones" para luego negociar un crédito horario.
Luego, la teoría de los mínimos es bastante relativa. Nuestros mínimos con el paso del tiempo tienden a reducirse por la ardua labor legislativa anti-obrera. Podríamos hablar de mínimos si nos encuadrásemos dentro de la social democracia con un partido dedicado a legislar lo que consideramos vital. Y todo el procedimiento legislativo así como recabar la tutela efectiva de los derechos adquiridos por medio de las instituciones estatales se encuadra dentro de lo que conozco como acción mediada.
Mi percepción no parte de un exceso de teoría si no de un cuestionamiento permanente de nuestros métodos, en base a los casos que voy tomando parte o conociendo a través de la observación y el análisis y no parte de la base de un punto de vista excluyente entre la acción mediada y la directa, si no que intento visibilizar por un lado el exceso de posibilismo en el que estamos inmersos hoy en día y por otro el corto alcance del mismo.
Y sobre la no exclusión de las dos estrategias habría que ver el temario del próximo curso sobre formación de formadores o leer las actas de la última conferencia sobre acción sindical en Villaverde para apreciar como está el panorama hoy en día.
Última edición por huerto el 27 Ago 2011, 00:44, editado 1 vez en total.
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- marius jacob
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Re: CGT, CNT , SO
tu eres quien tienes que definirlo ,ya que eres tu el que se empeña en etiquetarPoloki escribió:huerto escribió:Este párrafo es muy desafortunado. CNT está en contra de que haya trabajadores privilegiados por encima del resto, lo de menos es que estos privilegios provengan de las elecciones sindicales que de cualquier otro ámbito. Lo del crédito horario o la garantía laboral me parece terrible y para nada comparable al uso de un tablón de anuncios.Ahora bien, hay que decir que esto no significa que la CNT esté en contra de que los delegados y demás cargos puedan tener derechos superiores al resto de los trabajadores y afiliados (si bien éstos serían de la sección y no a título individual). A lo que nos oponemos es a que estos derechos emanen de la participación en las EESS y, ante la imposibilidad de conseguirlo legalmente, se promueve que se consigan a través del único camino disponible: la acción directa, es decir, de incluir en las tablas reivindicativas la garantía laboral, los créditos horarios, el derecho a la información, al tablón de anuncios, etc.
Una pregunta, ¿Si la CNT empieza a resultar una herramienta eficaz a través de su acción mediada y empieza a atraer a un gran número de trabajadores, como va a convencer a estos de que la acción directa es una vía más eficaz?
Yo creo que un sindicato anarcosindicalista se debe basar en tres pilares: La autogestión, el asamblearismo y la acción directa. Pero bueno, me voy a releer a Rudolf Rocker y a preguntar a los compis por si acaso ando perdido.
Marius Jacob:
ya te he dicho que considero que CGT, SO y CSC son sindicatos de clase. Pero de un sindicalismo institucionalizado, y mientras tú no me des una definición de lo que es sindicalismo institucionalizado no hay más donde rascar.
- marius jacob
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Re: CGT, CNT, SO y CSC llegan a un acuerdo de unidad de acci
En primer lugar bienvenido de nuevoUnx Más escribió:Y entonces, como hay contradicciones que son asumibles por irremediables, metemos más contradicciones, y más y más y más... como tú misme decías... ¿dónde está el límite?marius jacob escribió:ah vale ,no habia comprendido que solo las contradicciones de CNT son asumibles por irremediables ,disculpa
Esa misma pregunta me parece un buen debate que nunca se da ¿dónde está el límite? y sobre todo ¿por qué? Porque lo que no comprendo es por qué motivo esa defensa de la incoherencia y, cuando se ataca dicha incoherencia, al decir: pues el otro también es incoherente estás dando la razón a quien ataca ¿no? porque sencillamente dices que sí, que es cierto, pero que el otro también... ¿o cómo va eso? Ciertamente no entiendo tu lógica.
Yo no seré quien ponga limites,simplemente me limito a señalar una realidad .que esa realidad sea irremediable o no,asumible o no,deseable o no ,es otro tema.
- Plaza_Olmedo
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Re: CGT, CNT , SO
Es evidente, que, en el contexto actual, estoy completamente de acuerdo contigo. Simplemente digo que encuentro totalmente legítimo que como parte de un proceso que tiene como primer techo un convenio extraestatutario (y por ende, de validez teórica para todos los trabajadores de la empresa), que la sección sindical, a través de la acción directa (porque no hay otra posibilidad), se dote de determinadas herramientas para ejercer dicha acción sindical que no sean de aplicación universal para todos los trabajadores afiliados o no. ¿Son "privilegios"? en un cierto sentido sí, pero definirlos así me parece un poco engañador, en cuanto la mayoría de ellos no puede ser ejercidos por el resto de los trabajadores. Por ejemplo, ¿cómo es posible pedir horas sindicales para gente que no está afiliada a ningún sindicato? o ¿deberíamos abstenernos de pedir un local para la sección si el resto de secciones no cuenta con uno?huerto escribió:Yo no estoy de acuerdo en que el trabajador por pertenecer a un sindicato disfrute de una serie de derechos que el no afiliado no tiene a su alcance. Razones:
Yo estoy convencido que lo mínimo (entendiendo como mínimo aquel punto del cual no estas dispuesto a bajar) a lo que puede aspirar cualquier sección de CNT, a parte de situaciones excepcionales, es que se cumpla en una empresa lo estipulado legalmente. Si se logra por acción directa o mediada dependerá de una opción táctica, pero es a partir de ese piso que la acción directa adquiere verdadero sentido, y que lo que para nosotros es un mínimo, para los "sindicatos" vendidos se transforma en un máximo. Si hoy ese mínimo es 100 y mañana es 75, quiere decir que la posición estratégica de toda la clase trabajadora ha disminuido, por lo que nos corresponde adecuarnos (en cuanto parte de ella), sin perder de vista que logrados esos 75, nada nos impide aspirar a 100, 150, 200, etc. Es por esto que debemos oponernos con todas nuestras fuerzas a las reformas e imposiciones lesivas para clase trabajadora.Luego, la teoría de los mínimos es bastante relativa. Nuestros mínimos con el paso del tiempo tienden a reducirse por la ardua labor legislativa anti-obrera. Podríamos hablar de mínimos si nos encuadrásemos dentro de la social democracia con un partido dedicado a legislar lo que consideramos vital.
Ahora bien, la crítica que se me puede hacer es porque contentarnos con el mínimo legal y no tener unos mínimos más altos. Evidentemente, nada lo impide, más allá de la fuerza real que tengamos, y por eso creo que lo más sabio es plantear la lucha como un proceso creciente de acumulación de fuerzas y etapas definidas, que nos permita maniobrar tanto a corto como mediano y largo plazo. Dar el paso más largo que la pierna generalmente termina en tropiezos.
"La sociedad menos perfecta es aquella en que, habiendo grandes, poderosos, justos motivos para protestar, no hay protestas" (Concepción Arenal)
Re: CGT, CNT , SO
A iguales derechos, iguales deberes.
Si todos nos beneficiamos de las luchas llevadas por unos pocos (los militantes de un sindicato, la sección sindical, o lo que sea) no veo yo totalmente descabellado que no se les pueda "obligar" a afiliarse y al menos a cotizar.
Decís que en el momento actual, eso no es factible. Claro que no lo es. Somos cuatro gatos, y peleados. Pero si la Organización "mandase" en los tajos, habría que tomar posturas de fuerza casi con seguridad.
Antes no solo había que tener carnet del sindicato si se quería trabajar en una determinada obra, sino que cuando había huelga, si te ponías al lado de los esquiroles, más de uno llevaba unos garrotazos en las piernas y los tiraban al puerto para que se diesen un chapuzón. (estoy pensando en las Huelgas de Descargadores del Puerto de Coruña en los años 30,en donde la CNT era hegemónica). Eran conflictos duros, a vida o muerte.Y a nadie se le ocurría plantear cosas de "los derechos" y "las libertades". Solo había dos opciones. O con los patrones o con los obreros...... Ya sé que eran otros tiempos y que no tiene nada que ver con lo que comentáis, pero me lo ha recordado.
Sigo con mucho interés el debate. Estoy aprendiendo un montón. Y lo jodido es que veo parte de razón en todos los argumentos. Disculpad este comentario un tanto desvíado.
Si todos nos beneficiamos de las luchas llevadas por unos pocos (los militantes de un sindicato, la sección sindical, o lo que sea) no veo yo totalmente descabellado que no se les pueda "obligar" a afiliarse y al menos a cotizar.
Decís que en el momento actual, eso no es factible. Claro que no lo es. Somos cuatro gatos, y peleados. Pero si la Organización "mandase" en los tajos, habría que tomar posturas de fuerza casi con seguridad.
Antes no solo había que tener carnet del sindicato si se quería trabajar en una determinada obra, sino que cuando había huelga, si te ponías al lado de los esquiroles, más de uno llevaba unos garrotazos en las piernas y los tiraban al puerto para que se diesen un chapuzón. (estoy pensando en las Huelgas de Descargadores del Puerto de Coruña en los años 30,en donde la CNT era hegemónica). Eran conflictos duros, a vida o muerte.Y a nadie se le ocurría plantear cosas de "los derechos" y "las libertades". Solo había dos opciones. O con los patrones o con los obreros...... Ya sé que eran otros tiempos y que no tiene nada que ver con lo que comentáis, pero me lo ha recordado.
Sigo con mucho interés el debate. Estoy aprendiendo un montón. Y lo jodido es que veo parte de razón en todos los argumentos. Disculpad este comentario un tanto desvíado.
Teño barca, teño redes, teño sardiñas no mare
teño unha muller bonita
non quero máis traballare.
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Re: CGT, CNT , SO
Estoy de acuerdo en que un conflicto que atañe a toda la plantilla deba ser secundada por toda la plantilla pero para ello hay que convencer con argumentos al compañero que por algo nos definimos como libertarios. Y plantear las cosas desde la asamblea del curro y no que vengan de "fuera". No es lo mismo que te venga el de la UGT diciendo: "¡Ale, mañana huelga!" que reunirse votarlo y que salga lo que tu no quieres. Luego, con el conflicto abierto, los esquiroles se la están buscando.
Uno de los problemas que le veo al modelo de sección sindical, es que a la hora de plantear el conflicto se basará en su propia implantación y no en el conjunto de la plantilla.
Con lo que no estoy de acuerdo es que para realizar la acción sindical en una empresa necesitemos privilegios. Me recuerda un poco a la clase de argumento de CCOO y UGT, sin ánimo de resultar provocador.
Uno de los problemas que le veo al modelo de sección sindical, es que a la hora de plantear el conflicto se basará en su propia implantación y no en el conjunto de la plantilla.
Con lo que no estoy de acuerdo es que para realizar la acción sindical en una empresa necesitemos privilegios. Me recuerda un poco a la clase de argumento de CCOO y UGT, sin ánimo de resultar provocador.
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Re: CGT, CNT, SO y CSC llegan a un acuerdo de unidad de acci
Gracias.marius jacob escribió:En primer lugar bienvenido de nuevoUnx Más escribió:Y entonces, como hay contradicciones que son asumibles por irremediables, metemos más contradicciones, y más y más y más... como tú misme decías... ¿dónde está el límite?marius jacob escribió:ah vale ,no habia comprendido que solo las contradicciones de CNT son asumibles por irremediables ,disculpa
Esa misma pregunta me parece un buen debate que nunca se da ¿dónde está el límite? y sobre todo ¿por qué? Porque lo que no comprendo es por qué motivo esa defensa de la incoherencia y, cuando se ataca dicha incoherencia, al decir: pues el otro también es incoherente estás dando la razón a quien ataca ¿no? porque sencillamente dices que sí, que es cierto, pero que el otro también... ¿o cómo va eso? Ciertamente no entiendo tu lógica.
Yo no seré quien ponga limites,simplemente me limito a señalar una realidad .que esa realidad sea irremediable o no,asumible o no,deseable o no ,es otro tema.
Total, que no has dicho nada. Bueno sí, es falso que te limites a señalar una realidad, estás dando a entender claramente que "todo vale" ya que, puesto que hay contradicciones asumibles por irremediables, ya, total... abramos la veda.
Última edición por Unx Más el 27 Ago 2011, 13:56, editado 2 veces en total.
Re: CGT, CNT , SO
Este párrafo es muy desafortunado. CNT está en contra de que haya trabajadores privilegiados por encima del resto, lo de menos es que estos privilegios provengan de las elecciones sindicales que de cualquier otro ámbito. Lo del crédito horario o la garantía laboral me parece terrible y para nada comparable al uso de un tablón de anuncios.
Una pregunta, ¿Si la CNT empieza a resultar una herramienta eficaz a través de su acción mediada y empieza a atraer a un gran número de trabajadores, como va a convencer a estos de que la acción directa es una vía más eficaz?
Yo creo que un sindicato anarcosindicalista se debe basar en tres pilares: La autogestión, el asamblearismo y la acción directa. Pero bueno, me voy a releer a Rudolf Rocker y a preguntar a los compis por si acaso ando perdido.[/quote]
Marius Jacob:
ya te he dicho que considero que CGT, SO y CSC son sindicatos de clase. Pero de un sindicalismo institucionalizado, y mientras tú no me des una definición de lo que es sindicalismo institucionalizado no hay más donde rascar.[/quote]
tu eres quien tienes que definirlo ,ya que eres tu el que se empeña en etiquetar[/quote]
Yo ya lo he definido antes, en las dos tres primeras intervenciones (aclarando en cada una las dudas de la anterior). A lo mejor es una mierda pero es lo que hay.
Claro que simepre es mas facil ir a la contra en una discusión que dedefinir tú lo que consideres relevante para la discusión.
Si no eres capaz o no quieres definirlo, pues lo siento ya no hay más que discutir.
Una pregunta, ¿Si la CNT empieza a resultar una herramienta eficaz a través de su acción mediada y empieza a atraer a un gran número de trabajadores, como va a convencer a estos de que la acción directa es una vía más eficaz?
Yo creo que un sindicato anarcosindicalista se debe basar en tres pilares: La autogestión, el asamblearismo y la acción directa. Pero bueno, me voy a releer a Rudolf Rocker y a preguntar a los compis por si acaso ando perdido.[/quote]
Marius Jacob:
ya te he dicho que considero que CGT, SO y CSC son sindicatos de clase. Pero de un sindicalismo institucionalizado, y mientras tú no me des una definición de lo que es sindicalismo institucionalizado no hay más donde rascar.[/quote]
tu eres quien tienes que definirlo ,ya que eres tu el que se empeña en etiquetar[/quote]
Yo ya lo he definido antes, en las dos tres primeras intervenciones (aclarando en cada una las dudas de la anterior). A lo mejor es una mierda pero es lo que hay.
Claro que simepre es mas facil ir a la contra en una discusión que dedefinir tú lo que consideres relevante para la discusión.
Si no eres capaz o no quieres definirlo, pues lo siento ya no hay más que discutir.
- Plaza_Olmedo
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Re: CGT, CNT , SO
Hombre, de provocador nada, me parecen objeciones más que justas y bien planteadas. Yo personalmente, creo que lo que llamas "privilegios", no son más que derechos básicos para la acción sindical, si bien pueden ser polémicos al no ser universales. Evidentemente, ninguna sección de CNT debería pedir (o aceptar), por ejemplo, que sus afiliados pudieran obtener la garantía del art. 68.b. del ET: "b) Prioridad de permanencia en la empresa o centro de trabajo respecto de los demás trabajadores, en los supuestos de suspensión o extinción por causas tecnológicas o económicas.". En el fondo, estamos hablando de dos elementos: el crédito horario y la garantía laboral (suponiendo que difícilmente se puede entender un tablón de anuncios o un local sindical como "privilegios").huerto escribió:Con lo que no estoy de acuerdo es que para realizar la acción sindical en una empresa necesitemos privilegios. Me recuerda un poco a la clase de argumento de CCOO y UGT, sin ánimo de resultar provocador.
Con respecto a las horas sindicales, no creo que sean algo prioritario en sí (estamos acostumbrados a vivir sin ellas), pero tampoco lo veo algo tan terrible. Por una parte, Estamos hablando de un número de horas reducido que gestionaría y fiscalizaría en un 100% la sección sindical, la cual sería titular de dicho derecho y no el trabajador en sí; por otra parte, y, como dije, difícilmente pueden constituir un "privilegio" en cuanto el trabajador no afiliado por definición no tendría en qué usarlas. No se les está discriminando, simplemente no existe el supuesto para su existencia. Dicho esto, me parece que mucho más importante de la importancia práctica de las horas sindicales su importancia simbólica, ya que constituyen un reconocimiento de facto del modelo sindical de la CNT y de la validez de la acción directa. Por último, me parece poco realista definir a cualquier cargo en la CNT como "privilegiado" (al máximo, los más folklóricos como yo lo podrían considerar un honor), incluso si se cuenta con determinadas facilidades. Las horas sindicales son para eso, para hacer acción organizativa y sindical, si se le roban al empresario en vez de al tiempo libre del trabajador me parece una victoria y no algo de que avergonzarse. En CNT, el delegado de una sección que tenga la fuerza para imponer un crédito horario difícilmente tendrá tiempo de tocarse los huevos.
Más complejo es el tema de la garantía laboral. Partiendo, nuevamente, de que la garantía laboral no me parece un privilegio, sino que un derecho básico para cualquier trabajador y una de las principales herramientas hoy en día para limitar el despido libre de los empresarios. Ahora bien, la pregunta entonces sería ¿es legítimo que un afiliado de la CNT logre ese derecho sin que se haga extensivo automáticamente al resto de la plantilla? Yo creo que sí, y me mojo aún más, creo que en determinados casos podría ser incluso deseable. Como dije anteriormente, creo que el horizonte de una sección sindical de CNT debería ser la de un convenio extraestatutario que garantice a toda la plantilla los mismos derechos, pero, hay que recordar que el anarcosindicalismo es un medio, no un fin, cuyo objetivo primordial es concientizar a los trabajadores sobre las injusticias del sistema capitalista y la necesidad de una revolución comunista libertaria, a través de la lucha. ¿Qué tipo de “pedagogía” estaríamos haciendo si dejamos sin más que la lucha de unos beneficie automáticamente a todos? ¿No es mucho mejor dar una demostración plausible y concreta que la lucha sindical y la acción directa pueden doblarle la mano al empresario? Dicho esto, me parece que la garantía laboral debería aceptarse para los afiliados o cargos sólo si la sección sindical, dentro de su autonomía, considera que no existe la suficiente fuerza para imponerla universalmente.
Por último, y completando lo que se habló anteriormente de delegados y tutelas jurídicas, estuve investigando un poco más y, sin meterme en berenjenales que no controlo demasiado, al parecer los no afiliados también tienen tutelada su actividad reivindicativa a través de lo que se llama “garantía de indemnidad”, que impide al empresario tomar represalias en contra de un trabajador por realizar acciones encaminadas a la tutela judicial de sus derechos. Lo cual significa, tal como lo entendí yo, que el trabajador no afiliado puede encontrar tutela exclusivamente a través de la acción mediada y no de la acción directa.
Para los que les interese el tema y tengan acceso al Eliseo, les recomiendo leerse la ponencia de Zaragoza a la conferencia de Villaverde, así como la recopilación de sentencias de despidos nulos, en particular la interesantísima de Pilar de la Horadada.
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- munyint la gata
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Re: CGT, CNT , SO
Como bien dice Suso, todos teneis algo de razón y dificl es posicionarse en uno de los argumentos exclusivamente, pero Plaza_Olmedo es lo que más se acerca a mi punto de vista.
Dicho esto y para aportar algo al post, diré que lo de las horas sindicales, són un lastre desde mi punto de vista. Más que nada, porque yo soy delegado sindical de CNT en mi empresa y una parte de la plantilla, ni apoya ni deja de apoyar a CNT en la empresa, pero tengo claro que si no me quitaran del salario las horas usadas en las reuniones entre Comité , patronal y Seccion sindical, se me veria como un "aprovechado" o peor, como un "intruso", puesto que algunos currantes no entienden, puesto que no he sido elegido en elecciones, que yo esté sentado en las reuniones. Y que conste que lo hemos explicado por activa y por pasiva, pero algunos son sordos o no quieren escuchar/leer lo que argumentamos. Si mis horas sindicales, fueran remuneradas, me cae la del pulpo, porque parte de la plantilla tiene en el cerebro tatuado lo de que las elecciones son garantia de democracia -evidentemente falso-, pero eso es un echo, y que las horas sindicales estan mal vistas, seas del comité o no, constato en mi experiencia personal que es una constante.
Dicho esto y para aportar algo al post, diré que lo de las horas sindicales, són un lastre desde mi punto de vista. Más que nada, porque yo soy delegado sindical de CNT en mi empresa y una parte de la plantilla, ni apoya ni deja de apoyar a CNT en la empresa, pero tengo claro que si no me quitaran del salario las horas usadas en las reuniones entre Comité , patronal y Seccion sindical, se me veria como un "aprovechado" o peor, como un "intruso", puesto que algunos currantes no entienden, puesto que no he sido elegido en elecciones, que yo esté sentado en las reuniones. Y que conste que lo hemos explicado por activa y por pasiva, pero algunos son sordos o no quieren escuchar/leer lo que argumentamos. Si mis horas sindicales, fueran remuneradas, me cae la del pulpo, porque parte de la plantilla tiene en el cerebro tatuado lo de que las elecciones son garantia de democracia -evidentemente falso-, pero eso es un echo, y que las horas sindicales estan mal vistas, seas del comité o no, constato en mi experiencia personal que es una constante.