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Incapacidad y pago

Publicado: 24 Mar 2005, 08:05
por sole
Ayer al compañero de 29 años que incapacitan conmigo le ha dicho un administrativo del ayuntamiento: para que saliste en television, te damos el 33% (se supone que todavía no nos valoraron y que es la "inseguridad social") y luego puedes dedicarte a otro trabajo.
Como el dinero lo necesitamos y la incapacidad ya al parecer la tenemos asignada ¿sabeis cuanto tiempo legalmente se puede tardar en cobrar la pensión? Desde que dejas de cobrar de un sitio, cuánto tardan en pagarte.
He estado mirando por ahi, y no encuentro nada sobre el tema. Se que a una amiga le tardaron 3 meses pero decía que era ilegal. (Ilegal no hay nada que proceda de los organismos públicos, solo lo que hacemos los particulares)

Publicado: 28 Mar 2005, 12:15
por Alonso
Sole, no existe norma específica que señale el plazo para el pago de la Incapacidad Permanente.

La Orden de 15 de abril de 1969 que establece las normas de aplicación y desarrollo de las prestaciones por incapacidad permanente no establece plazo alguno.

El Real Decreto 1300/1995 de 21 de Julio por el que se desarrolla en materia de incapacidades laborales del sistema de la seguridad social la Ley 42/1994 de medidas fiscales, establece en su artículo 6º que el procedimiento debe resolverlo el director provincial del INSS y que debe entenderse producida en la fecha de resolución del Director Provincial, pero tampoco se señala plazo.

En la página web de la seguridad social tampoco te informan http://www.seg-social.es/inicio/. En los casos que conozco depende de la fecha de resolución del director provincial pero generalmente se abona al mes siguiente de ser concedida.

colectas

Publicado: 28 Mar 2005, 15:38
por sole
En este foro se pueden hacer colectas?. Ofertar un riñon?