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Retribución con baja por accidente laboral.

Publicado: 23 Sep 2010, 01:21
por mymenda
Muy buenas a todos:
En la empresa en la que trabajo perteneciente al convenio de la metalurgia, he estado de baja por accidente laboral durante tres semanas y resulta que a la hora de cobrar, no he percibido el 100% como yo me pensaba sino que me han descontado 2,70 euros por cada dia de la baja.¿Esto sería legal o no?, es que yo nunca había estado de baja por accidente laboral. Muchas gracias.

Re: Retribución con baja por accidente laboral.

Publicado: 23 Sep 2010, 22:10
por Juliano
¿De que provincia?.
Te adelanto que es posible. La Ley solo ampara el 75% de la base reguladora.

Salud.

Re: Retribución con baja por accidente laboral.

Publicado: 24 Sep 2010, 19:46
por mymenda
En Madrid.

Re: Retribución con baja por accidente laboral.

Publicado: 27 Sep 2010, 09:39
por Juliano
Art. 45. Complemento por accidente de trabajo.—En caso de accidente
ocurrido durante la jornada de trabajo (quedando excluidos
los accidentes in itínere) con baja superior a diez días, la empresa
abonará a partir del undécimo día, inclusive, un complemento del 15
por 100 del salario de convenio que se adicionará a lo que el trabajador
o trabajadora perciba de la Seguridad Social o entidades colaboradoras
como prestación de incapacidad temporal.
Salud.