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Sobre los "puentes" (y el de reyes en particular).
Publicado: 04 Ene 2005, 17:30
por gandalf
Hola,
Resulta que este dia 6 es fiesta en la comunidad autonoma donde vivo, pero no estamos seguro de si haremos puente. ¿Esto quien lo tiene que decidir: Nosotros o los jefes? ¿Son obligatorios todos los puentes o solo algunos?.
Publicado: 04 Ene 2005, 17:36
por Invitado
deciden los jefes...¿en que mundo vices? ¿que quieres...que decidamos nosotros? ¿ya has hablado con tus compas del curro? ¿Has oido hablar de la autoorganización?
Publicado: 04 Ene 2005, 18:38
por paisano
Hola Gandalf, al principio al leer tu mensaje he dudado si tu pregunta iba en serio o era tema de ingobernables. Daré por hecho que es un tema serio y aprovecharemos para hablar sobre el calendario laboral
Artículo 34.6 del Estatuto de los Trabajadores.
- El calendario laboral se elabora anualmente por la empresa, y debe exponerse de manera visible en cada centro de trabajo.
- Los representantes de los trabajadores tienen derecho a ser consultados y emitir informe con carácter previo a su elaboración.
- Debe especificar la situación general de los trabajadores en lo referente a jornada, horario, descansos, festivos, etc.
- Los jueces entienden que el disfrute de puentes en años anteriores no es una condición más beneficiosa que deba ser respetada por el empresario.
En resumen, que en tu centro de trabajo debeis tener expuesto un bonito calendario laboral para el año 2005. Ahí se especificará si el día 7 es laborable o no. Que otros años disfrutaseis de puenten en reyes no os da derecho a disfrutarlo este año, salvo que en contrato individual o convenio colectivo esté establecido.
Espero que los reyes magos de oriente sean generosos contigo y te concedan ese bonito puente de 4 días. Un saludo
Publicado: 05 Ene 2005, 09:49
por gandalf
Bueno, creo yo qeu la pregunta no es ta tan mal formulada... Simplemente no estaba seguro y todavia sigo sin saberlo si los puentes son obligatorios o no; y si hay algun numero de puentes "forzosos".
Recuerdo estar en otras empresas y decidirlo entre todos. Lo que no se si esto estaba firmado en el contrato, o en mi convenio. De ahí, mis dudas con este tema.
Salud!
Publicado: 05 Ene 2005, 10:13
por paisano
gandalf, disculpa si te ha molestado mi comentario, tu pregunta está correctamente formulada.
Preguntas "Simplemente no estaba seguro y todavia sigo sin saberlo si los puentes son obligatorios o no; y si hay algun numero de puentes "forzosos".
Que los puentes sean obligatorios depende, en primer lugar, de la empresa que al fijar el calendario laboral anual puede decidir que un día antes o después de festivo (conocido como puente) no se trabaje. Si la empresa establece que ese día no se trabaja pues el puente es obligatorio.
En general no existe un número de puentes "forzosos" u obligatorios. Ahora bien, existen Convenios Colectivos en los que se pacta el calendario laboral y se prevé la existencia de puentes. Por ejemplo en algunos Convenios de Construcción se establece ya en Convenio que exista puente.
Tambien es posible que, fuera de normas y convenios, en una empresa aun cuando en el Calendario no se establezca el puente se pueda hablarlo con el empresario y se acuerde que recuperando esas horas de trabajo la plantilla se tome el puente. Pero si en el calendario figura como día laborable no puedes "obligar" al empresario a que te de puente, será cuestión de acordarlo entre vosotros.
Espero haber sido un poco más claro y te reitero mis disculpas si te has sentido molesto.
Publicado: 05 Ene 2005, 11:08
por gandalf
Gracias, ahora si me has aclarado todas las dudas

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1 Abrazo!