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pagas extraordinarias
Publicado: 02 Ene 2005, 12:39
por sodio@ono.com
Trabajo en una empresa de venta de muebles y me encuentro de baja por enfermedad comun desde el mes de noviembre. El caso es que la paga extraordinaria del mes de diciembre me ha sido reducida en aproximadamente 6 dias, segun dice el encargado por encontrarme de baja. Ademas dice que me descontaran dias de vacaciones del año 2005.
¿Es eso legal o por el contrario deberian abonarme el total de la paga extra?.
Gracias.
Publicado: 02 Ene 2005, 13:07
por paisano
Salvo que en el Convenio Colectivo que te sea de aplicación se establezca lo contrario, te señalo seguidamente lo que establece la norma general sobre Incapacidad Temporal (IT) y Pagas Extraordianrias.
El subsidio por IT se calcula aplicando a la base reguladora un porcentaje.
La Base reguladora se calcula dividienda la base de cotización del trabajador del mes anterior a la fecha de su inicio por el número de días a que dicha cotización se refiere.
Como quiera que para el cáculo de la prestación se ha tenido en cuenta la base reguladora que incluye la parte proporcional de las pagas extraordinarias (en la base reguladora está el prorrateo de las pagas) la empresa puede cuando llegue el momento de pagar la paga, descontar la parte proporcional correspondiente al periodo de baja.
Todo ello salvo que en Convenio Colectivo se establezca lo contrario.
La Incapacidad Temporal no puede eliminar ni reducir el derecho a disfrutar vacaciones. El año 2005 no pueden disminuirte tu periodo de vacaciones por haber permanecido en situación de I.T. el año 2004.