REESTRUCTURACION SANTANDER CONSUMER
Publicado: 11 Mar 2009, 17:02
Soy trabajador de Santander consumer, filial del banco Santander, dedicada a la banca al consumo. El pasado día 6 sindicatos y empresa firmaron un acuerdo de reestructuración, imprescindible, según dicen, por causas “económicas” (el banco Santander tubo unos beneficios el año pasado de 8800 millones de euros) y a procesos de centralización y externalizacion de tareas administrativas. La reestructuración tiene como objeto la reducción de 326 puestos de trabajo mediante prejubilaciones, recolocaciones en otras empresas del grupo y desvinculaciones incentivadas. A mí, en particular, se me informa que no cuentan con migo, y me ofrecen recolocación en Geoban, s.a. para su centro en Madrid (vivo a 500 Km de Madrid), o solicitar extinción de mi contrato por causas objetivas señaladas en el art. 52c del ET, y recibiría 60 días de salario por año. Este acuerdo tiene vigencia de un mes, tras el cual sindicatos y empresa se reunirán para analizar los resultados obtenidos.
Soy administrativo, cuya figura desaparece de la red de oficinas y últimamente me he dedicado al recobro de impagos, y desconozco si seguirá el departamento después de la reestructuración. Sé que la inmensa mayoría de mis compañeros van a acogerse a alguna de estas medidas, por lo que entiendo que los resultados van a ser casi del 100%. Mi pregunta es, si no me acepto ninguna de las opciones que me ofrecen, me arriesgo a que me despidan por causas objetivas (art.52c ET) y me den 20 días de salario por año, o se entiende que después de la aceptación masiva de las medidas y después de desprenderse de casi todos los empleados con los que no cuentan, ya no podrán alegar las causas objetivas a las que se refiere dicho articulo.
Soy administrativo, cuya figura desaparece de la red de oficinas y últimamente me he dedicado al recobro de impagos, y desconozco si seguirá el departamento después de la reestructuración. Sé que la inmensa mayoría de mis compañeros van a acogerse a alguna de estas medidas, por lo que entiendo que los resultados van a ser casi del 100%. Mi pregunta es, si no me acepto ninguna de las opciones que me ofrecen, me arriesgo a que me despidan por causas objetivas (art.52c ET) y me den 20 días de salario por año, o se entiende que después de la aceptación masiva de las medidas y después de desprenderse de casi todos los empleados con los que no cuentan, ya no podrán alegar las causas objetivas a las que se refiere dicho articulo.