Silencio administrativo?

Preguntas (y respuestas) sobre legislación represiva, ya sea penal o civil. Además, consejos y dudas sobre situaciones laborales, conflictos individuales y colectivos, cuestiones profesionales, antirrepresión, etc. Ayudémonos entre compañeros y compañeras.
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markos
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Silencio administrativo?

Mensaje por markos » 11 Jul 2008, 00:52

He estado leyendo cosas por el foro y no me queda claro si en mi caso, que estoy esperando a ver si me conceden la prestacion por desempleo o estiman que es fraude de ley, si tardan mucho se consideraria silencio administrativo? cuanto ha de pasar? en cuanto tiempo deberian contestarme mas o menos?

porque no sé que pensarán, ni cuento creen que puede estar alguien sin ingresar, pero me estoy comiendo esto pq a una funcionaria le pareció algo raro mi caso, y después de mucho investigar por este foro y ver otros casos sangrantes, igual que el mio, no sé cuanto tiempo tendre que esperar para que me digan algo a favor o en contra.

si alguien me puede decir cuánto tardan en dar una respuesta se lo agradeceria.

Un saludo.

autonoma libertaria
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Re: Silencio administrativo?

Mensaje por autonoma libertaria » 11 Jul 2008, 07:22

hola:

Sabes que por desgracia y de momento, de entrada la administracion juega con ventaja y siempre lleva las de ganar.

Normalmente, cuando detectan algún caso raro, complicado o que estimen que pueda ser fraude de ley, remiten el expediente a la dirección provincial correspondiente del inem para que sean ellos quienes resuelvan (por lo que dices puede ser tu caso).

Las oficinas del inem son pequeños reinos de taifas, y aunque es estatal, en cada sitio funcionan de una manera, en algunos ya te dicen al momento que la tienes aprobada y cuanto te pagan (reconocimiento directo le llaman), en otros pueden tardar entre 1 semana o 1 mes (dependidendo del volumen de trabajo de la oficina o de la diligencia?? de los funcionarios, pero lo normal es que te manden a casa una carta con la resolución, que por cierto a veces llega bien, otras con meses de retraso y otras ni llega.

De todas formas el plazo máximo para resolver y notificar la prestación es de 3 MESES.

Si transcurridos tres meses desde la presentación de la solicitud de la prestación no hubiera sido notificada aún la resolución, podrá interponer reclamación previa, al entenderse DESESTIMADA la solicitud por silencio administrativo.
(Art. 228-1 y Disposición Adicional vigésimo quinta, 2, del Texto Refundido de la Ley General de la Seguridad Social, aprobado por Real Decreto Legislativo 1/1994, de 20 de junio. Art. 58-2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común).

Yo en tu lugar me pasaría por la oficina para conocer en que estado se encuentra el expediente (tienes derecho), y meterles un poco de caña. Lo normal es que te informen y así dejas de comerte el coco.....

Un saludo y espero haber sido de ayuda.

Salud

markos
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Re: Silencio administrativo?

Mensaje por markos » 11 Jul 2008, 14:19

Muchas gracias por tu respuesta compañera, supongo que tendré que ir a la oficina a ver en qué estado se encuentra el asunto porque tres meses me parece una autentica salvajada. Nadie puede estar 3 meses sin ingresar¡¡¡

Un saludo.

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