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EXCEDENCIA

Publicado: 12 Feb 2008, 12:26
por najuriano
Hola a tod@s, mi consulta es la siguiente:
He estado trabajando por un periodo de dos años y quiero cambiar de oficio, pero nesecito sacarme el titulo del nuevo oficio que quiero realizar, entonces como mi actual empleo no me permite sacar tiempo para poder estudiar he decidido solicitar una excedencia de un año la cual me ha sido consedida. Ahora estoy trabajando con un contrato de obra y servicios de 5 días para cubrir una baja. Mi pregunta es: ¿ tendré derecho a cobrar el paro una vez termine el contrato de esta empresa, o no tengo derecho, trabaje lo que trabaje al estar en regimen de excedencia voluntaria?.
La verdad es que me vendria de perlas poder cobrar el paro, porque asi puedo estudiar tranquilamente y sacarme ese titulo que me ayudara a colocarme en un empleo mejor remunerado. ESPERO ME PUEDAN AYUDAR, MUCHAS GRACIAS.

Publicado: 12 Feb 2008, 13:09
por lo carraco
según lo veo has dejado de trabajar de forma voluntaria, lo cual no te permite cobrar el paro

Publicado: 12 Feb 2008, 15:55
por najuriano
Pero alguna formula tiene que haber, osea yo recuerdo que antiguamente el que se despedia estaba penalizado teniendo que trabajar por un periodo de tres meses y que le finalize el contrato o que lo despidan para poder cobrar el paro. Me imagino que hoy en dia sera igual, claro que yo no me he despedido, yo he pedido una excedencia para poder mejorar mi estado laboral, no sé no lo veo igual. Ademas estoy trabajando y claro tampoco tengo culpa de que el trabajo que me ha salido se me termine. En fin espero que alguien que sepa del tema me pueda ilustrar amen de ayudarme, porque tengo que llevar una casa adelante.
Muchas gracias