Página 1 de 1

Finikito

Publicado: 29 Oct 2004, 16:10
por Ja_niss
Hola. Necesito ayuda para calcular el finiquito que me correspondería si llevo trabajando desde el 17 de junio de 2003 en esta empresa y aproximadamente me echarán (por cierre) en diciembre del 2004. El salariobase es de 627,51 y las pagas prorrateadas de 156,88. En total bruto 784,39, 2% IRPF, y 718,89 TOTAL A PERCIBIR.
Muchas gracias.

Publicado: 30 Oct 2004, 10:51
por Invitado
Te aconsejo que para estas cosas hablar mejor en persona y te acerques a la CNT más cercana a tu localidad, seguro que hay algún/a compañero/a que te hecha una mano, que en los locales no se come a nadie, es más, a la gente de CNT le suele gustar sentirse útiles.

El directorio de sindicatos:
http://www.cnt.es/Director/index.htm

respuesta y pregunta a la vez

Publicado: 02 Nov 2004, 13:17
por Ana
y kuando no es posible acerkarse a un sindikato por motivos de horario?

No sabemos el kálkulo de finikitos y estamos en manos de esta gente ke se aprovecha de los ke no sabemos el procedimiento del kálculo.

Publicado: 02 Nov 2004, 15:05
por Ana
Anonymous escribió:Te aconsejo que para estas cosas hablar mejor en persona y te acerques a la CNT más cercana a tu localidad, seguro que hay algún/a compañero/a que te hecha una mano, que en los locales no se come a nadie, es más, a la gente de CNT le suele gustar sentirse útiles.

El directorio de sindicatos:
http://www.cnt.es/Director/index.htm

y kuando no es posible acerkarse a un sindikato por motivos de horario?

No sabemos el kálkulo de finikitos y estamos en manos de esta gente ke se aprovecha de los ke no sabemos el procedimiento del kálculo.

Publicado: 02 Nov 2004, 19:00
por Invitado
Con tanta insistencia no te haces muy simpatica Ja_niss o Ana, pero bueno aquí va lo que te puedo decir sobre el finiquito que seguro que es manifiestamente mejorable.
El finiquito es una cantidad económica que tiene derecho a percibir el trabajador por parte de la empresa una vez resuelta la relación laboral. Calcular el finiquito depende del tipo de contrato de trabajo que se ha firmado y de las circunstancias que han ocurrido a lo largo de la relación laboral. Básicamente el finiquito debe contener:
-El salario de los últimos días
-El pago de los días de vacaciones que no has podido disfrutar
-Las pagas extras
-En su caso las indemnizaciones que procedan dependiendo del contrato de trabajo o del fin de la relación laboral.
Calculo de salario del último mes:
En primer lugar debes saber que día finaliza tu relación laboral. Si tu salario mensual es de 627,51 €, lo dividimos entre 30 y hallamos el salario diario sin prorrata que es de 20,92 €. Lo multiplicas por el número de días trabajados tu último mes y sabrás el sueldo que te corresponde.
Vacaciones pendientes.
Salvo que tu Convenio Colectivo disponga lo contrario tienes derecho a 30 días naturales por año trabajado. Si en 360 días te corresponden 30 de vacaciones, con una simple regla de 3 sabrás los días que te corresponden al finalizar la relación laboral dependiendo de los días que lleves trabajados este año. Deberás restar los días que tengas ya disfrutados y el resto (si los hay) lo multiplicas por 20,92 €/dia y ya tienes la indemnización por vacaciones. Si has disfrutado todas tus vacaciones pues no cobrarás nada por este concepto.
Pagas extras
Según nos informas percibes 3 pagas extras al año,, prorrateadas en 12 mensualidades de 156,88€ (627,51 x 3 / 12 = 156,88 €). Si has percibido las pagas extras prorrateadas mes a mes, sólo te falta calcular las pagas extras del último mes trabajado. Si por 30 días percibes 156,88 € con saber cuantos días han transcurrido del último mes sabrás lo que te corresponde.
Dependiendo de tu contrato de trabajo se deberían incluir otro tipo de indemnizaciones. En determinados contratos temporales superiores a 1 año la empresa debe preavistarte la finalización del mismo con 15 días de antelación. Si no lo hacen deberán indemnizarte por esos 15 días. Otros contratos ya tienen establecido una indemnización a su finalización. Depende de cada caso.
Por último dices que la empresa cierra en Diciembre. No especificas si ya estaba previsto en tu contrato o es un cierre por causas objetivas, en ese caso tendrías derecho a una indmenización de 20 días de salario por año trabajado, prorrateandose los periodos de tiempo inferiores. Así deprisa y corriendo no puedo decirte nada más. Un saludo

Publicado: 02 Nov 2004, 19:02
por paisano
Que el del último mensaje era yo, se me olvidó registrarme. Si tienes alguna duda me mandas un privado o la expones aquí.