Hace unos días fui despedido de la empresa donde estaba indefinido. Me dieron la carta de despido y me comentaron que podía ir a conciliación. No me dieron ningun documento con finiquito, indemnización ni nada.
Sé que hay un plazo de 15 días para comunicar al INEM el despido.
Por ahora no tengo problemas en esperar un poco a percibir la prestación por desempleo. Pero además, la empresa no me ha dado todavía los documentos de finiquito, certificado 180 días cotizados...etc (entiendo que me los dará en la conciliación).
Tengo miedo que se me pase el plazo y pierda parte de las prestaciones, ya que no estoy seguro de si el plazo empieza a contar desde la fecha de la carta de despido o desde la fecha en que se celebre la conciliación.
Socorro: plazo 15 días INEM
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Ius Gentium
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- Registrado: 01 Feb 2006, 19:33
Como te he respondido en tu otra pregunta es fundamental conocer si en la carta de despido la empresa ha reconocido la improcedencia del mismo 8con consignación judicial de la indemnización) o no.
Si no ha reconocido la improcedencia del despido necesariamente deberás recurrir frente el mismo, en primer lugar mediante conciliación ante el Organismo mediador (UMAC, SMAC, etc.) Y cuanto antes mejor porque el plazo es de 20 días.
Si la empresa ha reconocido la improcedencia del despido debería facilitarte la documentación para el desempleo y aunque no fuera así puedes ir al Servicio de empleo que te corresponda y presentar la carta de despido junto con la documentación que tengas y la denuncia ante la Inspección de Trabajo por no haberte facilitado la empresa la documentación a la que está obligada.
Si tienes que ir a la conciliación, aunque también podrías solicitar ya el desempleo si la empresa reconoce en la conciliación deberá pagarte los salarios de tramitación hasta la fecha de conciliación, y deberá cotizar hasta ese día. Y después de ese día tendrás el plazo para acudir el INEM.
Si no ha reconocido la improcedencia del despido necesariamente deberás recurrir frente el mismo, en primer lugar mediante conciliación ante el Organismo mediador (UMAC, SMAC, etc.) Y cuanto antes mejor porque el plazo es de 20 días.
Si la empresa ha reconocido la improcedencia del despido debería facilitarte la documentación para el desempleo y aunque no fuera así puedes ir al Servicio de empleo que te corresponda y presentar la carta de despido junto con la documentación que tengas y la denuncia ante la Inspección de Trabajo por no haberte facilitado la empresa la documentación a la que está obligada.
Si tienes que ir a la conciliación, aunque también podrías solicitar ya el desempleo si la empresa reconoce en la conciliación deberá pagarte los salarios de tramitación hasta la fecha de conciliación, y deberá cotizar hasta ese día. Y después de ese día tendrás el plazo para acudir el INEM.
Aranearum telis leges compares