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El subsidio de atur va en funcion de la última nomina ?

Publicado: 14 Sep 2004, 21:20
por Meri
Buenas,

Hace un año aproximadamente que estoy kurrando a jornada completa en una empresa, el dia 20 de este mes, por motivos de estudio, me pasan a media jornada. El dia 15 de octubre se me acaba el contrato y no me renuevan. En caso de que tenga derecho a recibir el subsidio ( no se cuanto tiempo minimo se necesita de cotitazación para cobrar el paro), el salario que me pertoca és el de la última nomina, osea de media jornada o de jornada completa que es lo que he hecho todo el año.

Espero que alguien me pueda ayudar!

Gracias!!!!!!

Publicado: 15 Sep 2004, 23:13
por Rita
Pues si no me equivoco, lo ke recibes de paro, es la suma de las horas trabajadas, es decir, ke te contarian las horas de la jornada completa que has tenido hasta ahora, y las horas ke hayas hecho (y ke haras) a media jornada... pero tampoco te digo ke estoy segura, yo creo ke a mi me lo hicieron asi... mejor ke consultes con el gestor ke lleva la empresa, o acercate a una oficina del inem y pregunta, no suelen ser muy simpaticos, pero pa eso estan...

Si llevas currando un año a jornada completa, es decir, ocho horas al dia, si ke recibirias paro, pero seguramente recibas unos tres o cuatro meses de paro, yo es que estube currando tres años, y he recibido cuatro meses de paro, y el que hacia cinco me pagaron lo que no me dieron el primer mes, es decir, el primer mes cobre menos, el segundo tercero y cuarto la prestacion que me pertocaba completa y el quinto lo que no me dieron en el primero... pero bueno lo que te decia, no te cuesta nada ir al inem y preguntar, alli te informaran del tiempo que cobraras la prestacion con el tiempo ke llevas currando, no hace falta que te esperes a ke te despidan para poder ir a preguntar... espero ke tengas suerte (no como tube yo.. jejeje) SALUD!

Publicado: 15 Sep 2004, 23:17
por Rita
lo siento.. se me ha olvidado decirte que estube tres años, pero a media jornada eh? que sumarian un total de año y medio... y otra cosa que creo que no me he explikado bien, lo ke cobres la hora sera lo que vaya sumando a la hora de pagarte el paro...
...si alguien sabe mas ke informe porke yo de estos temas solo se lo ke he podido ver en mi caso...

Publicado: 15 Sep 2004, 23:29
por Invitado
Suponiendo que tengas cotizado a la Seguridad Social sólo el año que dices que llevas currando, en los seis últimos años anteriores a tu extinción del contrato, te corresponde:
De 360 días hasta 539 días cotizados ........................ 120 días de paro
De 540 dias hasta 719 días cotizados ........................ 180 días de paro
...
Desde 2160 días cotizados en adelante ...................... 720 días (máximo)

Hay que tener en cuenta que los días cotizados que sirven para calcular la prestación sólo sirven para un período, es decir, de haber cobrado más veces el paro, los días que se utilizaron para hallar el tiempo durante el que lo cobraste no pueden volver a utilizarse para otro período.

La cuantía de la Base Reguladora se obtiene por el promedio de las bases de cotización por la contingencia de desempleo durante los últimos 180 días del período anterior a dejar de trabajar (que aparecen en el Certificado de Empresa). A este Base se le aplica un porcentaje, que es del 70 % los primeros 180 días y del 60 % el resto, que es la cuantía que se abona por el desempleo.

La horas extraordinarias no cuentan para calcular la Base Reguladora y la cuantía mínima no puede ser inferior al salario mínimo incrementado en la parte proporcional de dos pagas extraordinarias de 30 días cada una (unas 500 euros), pero sólo si se tienen hijos a cargo. De no tener tal "carga" esa cuantía se reduce al 75 % del Salario Mínimo dicho (unos 375 euros).