DNI-seguratas
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DNI-seguratas
Saludos.Os cuento:Hoy he ido a llevar unos paquetes a un edificio de oficinas y al entrar un segurata me ha pedido el DNI para poder subir al piso.Le he dicho que no se lo daba y que como mucho le daba los datos de la empresa y mi nombre,al final me ha dejado pasar dándole mis datos sin enseñarle el DNI y "fiándose de mi palabra".Mi pregunta en vista de que allí voy a volver es si tengo obligación de enseñarle la papela y si no es así,basándome en qué legalmente.Gracias.
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Ius Gentium
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- Registrado: 01 Feb 2006, 19:33
El artículo 11.1.b) de la Ley de Seguridad Privada establece:
Según el Artículo 12.1:Vigilantes de seguridad
Artículo 11.
1. Los vigilantes de seguridad sólo podrán desempeñar las siguientes funciones:
b) Efectuar controles de identidad en el acceso o en el interior de inmuebles determinados, sin que en ningún caso puedan retener la documentación personal.
Artículo 12.
1. Tales funciones únicamente podrán ser desarrolladas por los vigilantes integrados en empresas de seguridad, vistiendo el uniforme y ostentando el distintivo del cargo que sean preceptivos, que serán aprobados por el Ministerio del Interior y que no podrán confundirse con los de las Fuerzas Armadas ni con los de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad.
Aranearum telis leges compares
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