Impago de nómina
Publicado: 31 Ago 2004, 08:02
Como parte de mi salario, tengo un coche de empresa (pago en especie).
Este coche es un coche de renting de cuyo contrato es de 4 años.
Firmé una cláusula con mi empresa por la cual si durante el periodo de 4 años avandono la empresa, los gastos de cancelación o cuotas que genere el renting corren de mi parte.
Hace una semana entregué mi carta de baja voluntaria con los 15 días reglamentarios.
La nueva empresa donde voy a trabajar también me da el coche omo pago en especie por lo que el único trámite que hay que hacer es la subrogación del contrato, coste 0€.
Mi empresa ha retenido mi nómina de agosto en concepto de "costes de cancelación del contrato de renting".
El contrato no tienen que cancelarse y en cualquier caso entiendo que gracias a la cláusula que firmé en su día yo me hago cargo de las cuotas o los costes que generase el renting y que en el caso de impago por mi parte daría lugar a una reclamación por vía judicial.
¿Puede mi empresa legalmente retenerme la nómina de agosto en su totalidad?
¿A qué tengo derecho?
¿Cuál es su consejo para proceder al reclamo de la misma?
Gracias,
Laura
suzzy53@hotmail.com
Este coche es un coche de renting de cuyo contrato es de 4 años.
Firmé una cláusula con mi empresa por la cual si durante el periodo de 4 años avandono la empresa, los gastos de cancelación o cuotas que genere el renting corren de mi parte.
Hace una semana entregué mi carta de baja voluntaria con los 15 días reglamentarios.
La nueva empresa donde voy a trabajar también me da el coche omo pago en especie por lo que el único trámite que hay que hacer es la subrogación del contrato, coste 0€.
Mi empresa ha retenido mi nómina de agosto en concepto de "costes de cancelación del contrato de renting".
El contrato no tienen que cancelarse y en cualquier caso entiendo que gracias a la cláusula que firmé en su día yo me hago cargo de las cuotas o los costes que generase el renting y que en el caso de impago por mi parte daría lugar a una reclamación por vía judicial.
¿Puede mi empresa legalmente retenerme la nómina de agosto en su totalidad?
¿A qué tengo derecho?
¿Cuál es su consejo para proceder al reclamo de la misma?
Gracias,
Laura
suzzy53@hotmail.com