¿Cuantos dias tengo para presentar los papeles al i.n.e.m ,

Preguntas (y respuestas) sobre legislación represiva, ya sea penal o civil. Además, consejos y dudas sobre situaciones laborales, conflictos individuales y colectivos, cuestiones profesionales, antirrepresión, etc. Ayudémonos entre compañeros y compañeras.
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Silvi@

¿Cuantos dias tengo para presentar los papeles al i.n.e.m ,

Mensaje por Silvi@ » 31 Jul 2006, 22:58

¿Quantos dias tengo para presentar los papeles por despido al I.N.E.M ?.
Pues mi jefe, dice que su gestor no me ha podido hacer la carta de despido pq se ha marchado de vacaciones, cuando yo he estado todo el mes de julio de baja por operacion y el ya sabia que me iban a dar el alta a finales de julio, ah y otra cosa, ahora en agosto me tocarian vacaciones, ¿me voy?, o sigo trabajando pues no tengo nada que me diga que estoy despedida.

Gracias

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desarmado
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Mensaje por desarmado » 02 Ago 2006, 00:08

Joder, no tengo tiempo para mirarlo. ve tú, o algún familiar o amigo a mirar al inem a preguntar. Y dinos como has quedado para que lo sepamos el resto.
Salud...y suerte.
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AMO LA $GA€, AMO AL GRAN H€RMANO.

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Apoyo Mutuo
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Mensaje por Apoyo Mutuo » 18 Ago 2006, 18:54

El plazo para presentar la solicitud para percibir la prestaciones es de 15 días. Así lo establece la siguiente normativa:

El artículo 209.1 de la Ley General de la Seguridad Social.
Art. 209. Solicitud y nacimiento del derecho a las prestaciones

1. Las personas que cumplan los requisitos establecidos en el artículo 207 de la presente Ley deberán solicitar a la Entidad Gestora competente el reconocimiento del derecho a las prestaciones, que nacerá a partir de que se produzca la situación legal de desempleo, siempre que se solicite dentro del plazo de los quince días siguientes. La solicitud requerirá la inscripción como demandante de empleo si la misma no se hubiera efectuado previamente. Asimismo, en la fecha de la solicitud se deberá suscribir el compromiso de actividad al que se refiere el artículo 231 de esta Ley
.

El artículo 5.1 del Real Decreto 625/1985
Art. 5. Nacimiento del derecho

1. El derecho a la prestación por desempleo nacerá el día siguiente al de la situación legal de desempleo, siempre que se solicite en el plazo de 15 días, a contar desde la misma.

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