M llamo Andrés y tngo 30 años. Mi novia tiene 17 a dos meses d kumplir los 18 y llevamos kasi un año a skondidas de sus viejos...
Me han amenazado kon denunciarm x pederastia x estar cn una menor. Me gustaria saber si eso s denunciable (aunq yo kreo q no) o x dond podrian salirm sus viejos para denunciarm x algun motivo...
Ella s maltratada n su kasa y he pnsado n llevarmla pero m han dixo q m denunciarian x sekuestro, y tambien kisiera saber komo podrian jodernos si ella se kisiera ir antes d su kasa...
Si m kontestais komo sino, Moltas Grazies
Boska
Relacion con menor de edad
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Hola, Boska!
A ver si te puedo hechar un cable. Tengo entendido que la edad mínima en la que se entiende que una persona puede decidir sobre sus relaciones, está en 13 años, por lo que supongo que si ella está de aceurdo con mantener una relación, del tipo que sea, contigo, no pueden impedírselo.
Por otra parte, si la maltratan en casa el que puedes denunciar a sus padres eres tu o es ella.
Si ella quiere irse de casa, puede pedir la emancipación. Existen varios tipos de emancipación, ella tendría que pedir la emancipación judicial. Esta puede ser solicitada por menores mayores de 16 años. La menor podrá solicitarla en caso de que existan desacuerdos reiterados que entorpezcan la relación de la patria potestad.
También se puede dar la emancipación de hecho, auqnue para esta necesita el consentimiento de los progenitores...
De todas formas, como todo proceso judicial, será lento. Probablemente ella cumpla 18 años antes de que termine el proceso, por lo que podrá irse de casa o lo que quiera.
¡Espero haberte ayudado en algo! Espero que completen un poco más la información:S
Salud!
A ver si te puedo hechar un cable. Tengo entendido que la edad mínima en la que se entiende que una persona puede decidir sobre sus relaciones, está en 13 años, por lo que supongo que si ella está de aceurdo con mantener una relación, del tipo que sea, contigo, no pueden impedírselo.
Por otra parte, si la maltratan en casa el que puedes denunciar a sus padres eres tu o es ella.
Si ella quiere irse de casa, puede pedir la emancipación. Existen varios tipos de emancipación, ella tendría que pedir la emancipación judicial. Esta puede ser solicitada por menores mayores de 16 años. La menor podrá solicitarla en caso de que existan desacuerdos reiterados que entorpezcan la relación de la patria potestad.
También se puede dar la emancipación de hecho, auqnue para esta necesita el consentimiento de los progenitores...
De todas formas, como todo proceso judicial, será lento. Probablemente ella cumpla 18 años antes de que termine el proceso, por lo que podrá irse de casa o lo que quiera.
¡Espero haberte ayudado en algo! Espero que completen un poco más la información:S
Salud!
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Boska, Inadaptada ha respondido correctamente a tus preguntas y no es necesario cambiar nada de lo que te ha dicho.
El Artículo 181.2 del Código Penal considera que existen abusos sexuales
no consentidos cuando la persona es menor de trece años, sin que intervenga violencia, intimidación o engaño:
Igualmente acierta Inadaptada al señalar que si tu novia quiere irse de casa lo más recomendable es que solicite la emancipación. El artículo 314 del Código Civil señala los 4 requisitos por los que se adquiere la emancipación:
Cuestión distinta es que esté sometida a malos tratos en su casa , es un tema muy serio y no podemos recomendarte que soporte esos malos tratos durante los dos meses que faltan para que adquiera la mayoría de edad.
Puedes dirigirte a nosotros por mensaje privado si quieres hablar sobre ese tema concreto.
El Artículo 181.2 del Código Penal considera que existen abusos sexuales
no consentidos cuando la persona es menor de trece años, sin que intervenga violencia, intimidación o engaño:
Si tu novia tiene 17 años y las relaciones son libremente consentidas nada pueden hacer sus padres para impedirlo.Art. 181.
1. El que, sin violencia o intimidación y sin que medie consentimiento, realizare actos que atenten contra la libertad o indemnidad sexual de otra persona, será castigado, como responsable de abuso sexual, con la pena de prisión de uno a tres años o multa de dieciocho a veinticuatro meses.
2. A los efectos del apartado anterior, se consideran abusos sexuales no consentidos los que se ejecuten sobre menores de trece años, sobre personas que se hallen privadas de sentido o de cuyo trastorno mental se abusare.
3. La misma pena se impondrá cuando el consentimiento se obtenga prevaliéndose el responsable de una situación de superioridad manifiesta que coarte la libertad de la víctima.
4. Las penas señaladas en este artículo se impondrán en su mitad superior si concurriere la circunstancia 3.ª o la 4.ª, de las previstas en el apartado 1 del artículo 180 de este Código.
Igualmente acierta Inadaptada al señalar que si tu novia quiere irse de casa lo más recomendable es que solicite la emancipación. El artículo 314 del Código Civil señala los 4 requisitos por los que se adquiere la emancipación:
Si los padres no consienten en la emancipación, como regula el Artículo 317 Código Civil:Art. 314.
La emancipación tiene lugar:
1. Por la mayor edad.
2. Por el matrimonio del menor.
3. Por concesión de los que ejerzan la patria potestad.
4. Por concesión judicial.
Sólo queda la posibilidad de un procedimiento sin el consentimiento de los padres, pero debiendo ser oídos estos, como señala el Artículo 320 Código Civil:Art. 317. Para que tenga lugar la emancipación por concesión de quienes ejerzan la patria potestad, se requiere que el menor tenga dieciséis años cumplidos y que la consienta. Esta emancipación se otorgará por escritura pública o por comparecencia ante el Juez encargado del Régistro.
Es casi seguro que tu novia cumpla los 18 años antes de que finalice el procedimiento de emancipación y será plenamente capaz para todo tipo de actos.Art. 320.
El Juez podrá conceder la emancipación de los hijos mayores de dieciséis años si éstos la pidieren y previa audiencia de los padres:
1. Cuando quien ejerce la patria potestad contrajere nuncias o conviviere maritalmente con persona distinta del otro progenitor.
2. Cuando los padres vivieren separados.
3. Cuando concurra cualquier causa que entorpezca gravemente el ejercicio de la patria potestad.
Cuestión distinta es que esté sometida a malos tratos en su casa , es un tema muy serio y no podemos recomendarte que soporte esos malos tratos durante los dos meses que faltan para que adquiera la mayoría de edad.
Puedes dirigirte a nosotros por mensaje privado si quieres hablar sobre ese tema concreto.
Muxas Grazias... pero m gustaria saber tambien de que forma nos podrían seguir puteando cn el paso del tiempo...
Ella es maltratada desde que era pekeña, y hace unos meses stuvo a punto de denunciarles pero no tiene ningun familiar que la pueda ayudar, aparte que sus padres ya se encargan de cerrarle las puertas
Nosotros aunq parezka algo enigmatiko pensamos kasarnos x via civil nada más kumpla la mayoria de edad kon separazion de bienes, xq la tienn amenazada x muxos medios...
No sabia nada de la emanzipazion... muxas grazias x todo... si todo sale bien y ella konsigue salir de su kasa n kuanto kmpla la mayoria de edad os diré q tal nos va todo...
si podeis kontestar la duda sobre q ellos amenazan n denunciarm x sekuestro kuando ella decida irse cn migo siendo mayor de edad os lo agradeceria enormemente...
Si m kontestais komo sino... MUXAS GRAZIAS X TODO
Boska
Ella es maltratada desde que era pekeña, y hace unos meses stuvo a punto de denunciarles pero no tiene ningun familiar que la pueda ayudar, aparte que sus padres ya se encargan de cerrarle las puertas
Nosotros aunq parezka algo enigmatiko pensamos kasarnos x via civil nada más kumpla la mayoria de edad kon separazion de bienes, xq la tienn amenazada x muxos medios...
No sabia nada de la emanzipazion... muxas grazias x todo... si todo sale bien y ella konsigue salir de su kasa n kuanto kmpla la mayoria de edad os diré q tal nos va todo...
si podeis kontestar la duda sobre q ellos amenazan n denunciarm x sekuestro kuando ella decida irse cn migo siendo mayor de edad os lo agradeceria enormemente...
Si m kontestais komo sino... MUXAS GRAZIAS X TODO
Boska

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Boska, en primer lugar debemos decirte que hemos cambiado el nombre del tema que has abierto. El anterior no se identificaba con el objeto de la consulta y podía dar lugar a equívocos.
Una vez que tu novia cumpla la mayoría de edad no debería tener problema legal alguno en salir del domicilio de sus padres para irse a vivir contigo. Aunque sus padres te denunciasen por secuestro si ella ha decidido libremente irse contigo nada pueden hacer contra tí, puesto que según el Artículo 322 del Código Civil:
Una vez que tu novia cumpla la mayoría de edad no debería tener problema legal alguno en salir del domicilio de sus padres para irse a vivir contigo. Aunque sus padres te denunciasen por secuestro si ella ha decidido libremente irse contigo nada pueden hacer contra tí, puesto que según el Artículo 322 del Código Civil:
Art. 322.
El mayor de edad es capaz para todos los actos de la vida civil, salvo las excepciones establecidas en casos especiales por este Código.
-
Netchaev
Saludos, me encuentro actualmente en una situacion muy parecida salvo que mi novia se ha venido a vivir conmigo y le faltan unos 6 meses para tener la mayoria de edad.
Ha solicitado la emancipacion pero aun asi sus padres me han denunciado y estoy pensando en casarme por lo civil tambien, pero apenas encuentro informacion sobre esto. Me gustaria que me solucionaseis estas dudas:
1.- Si teniendo interpuesta la peticion de emancipacion puede vivir conmigo.
2.- Si siendo menor sin emancipar podria casarse sin el consentimiento de sus padres.
3.- Lo que me podria caer a mi por la via legal.
4.- Si hay alguna otra solucion.
5.- Y el tiempo que se tarda en tramitar la peticion de emancipacion y el matrimonio civil.
Muchas gracias compañeros.
Ha solicitado la emancipacion pero aun asi sus padres me han denunciado y estoy pensando en casarme por lo civil tambien, pero apenas encuentro informacion sobre esto. Me gustaria que me solucionaseis estas dudas:
1.- Si teniendo interpuesta la peticion de emancipacion puede vivir conmigo.
2.- Si siendo menor sin emancipar podria casarse sin el consentimiento de sus padres.
3.- Lo que me podria caer a mi por la via legal.
4.- Si hay alguna otra solucion.
5.- Y el tiempo que se tarda en tramitar la peticion de emancipacion y el matrimonio civil.
Muchas gracias compañeros.
- Libertario_agnostico
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- Registrado: 21 Abr 2006, 09:49
- Ubicación: Castellon
Hola Netchaev. Te hablare de mi propia experiencia como padre de una chica de 17 anyos, ya que de leyes no entiendo, pero me vi obligado a consultar con un abogado una situacion en la que la mama de mi hija de 17, divorciados entonces, amenazo con denunciarnos porque yo consentia que mi hija viviera con su novio de 19. El abogado me aseguro que la determinacion de mi hija era lo mas importante, puesto que no hacia nada ilegal viviendo con su novio por decision propia.Netchaev escribió:Saludos, me encuentro actualmente en una situacion muy parecida salvo que mi novia se ha venido a vivir conmigo y le faltan unos 6 meses para tener la mayoria de edad.
Ha solicitado la emancipacion pero aun asi sus padres me han denunciado y estoy pensando en casarme por lo civil tambien, pero apenas encuentro informacion sobre esto. Me gustaria que me solucionaseis estas dudas:
1.- Si teniendo interpuesta la peticion de emancipacion puede vivir conmigo.
2.- Si siendo menor sin emancipar podria casarse sin el consentimiento de sus padres.
3.- Lo que me podria caer a mi por la via legal.
4.- Si hay alguna otra solucion.
5.- Y el tiempo que se tarda en tramitar la peticion de emancipacion y el matrimonio civil.
Muchas gracias compañeros.
>1.- Si teniendo interpuesta la peticion de emancipacion puede vivir conmigo.
Claro que podeis vivir juntos si ella asi lo manifiesta. Los jueces escucharan sus motivos y la determinacion de una hija de 17 te aseguro que cuenta.
>2.- Si siendo menor sin emancipar podria casarse sin el consentimiento de sus padres.
Para esto debes dirigirte a la iglesia o ayuntamiento mas proximo
>3.- Lo que me podria caer a mi por la via legal.
Como te dije no soy abogado, pero te diria que nada de nada... como mucho alguna que otra comparecencia
>4.- Si hay alguna otra solucion.
Claro, la Konvivencia, en LIBERTAD. No les tengais miedo.
>5.- Y el tiempo que se tarda en tramitar la peticion de emancipacion y el matrimonio civil.
Igual que 2
Espero haberte servido de algo. Sigo por aqui para lo que gustes.
7 junio 2007
llego la hora de jubilar al capitalismo
http://www.rebelion.org/noticia.php?id=46814
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no lo sueñes... hazlo
COPYLEFT (L)
llego la hora de jubilar al capitalismo
http://www.rebelion.org/noticia.php?id=46814
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no lo sueñes... hazlo
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