Maternidad y disfrute de vacaciones.

Preguntas (y respuestas) sobre legislación represiva, ya sea penal o civil. Además, consejos y dudas sobre situaciones laborales, conflictos individuales y colectivos, cuestiones profesionales, antirrepresión, etc. Ayudémonos entre compañeros y compañeras.
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apache
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Maternidad y disfrute de vacaciones.

Mensaje por apache » 10 May 2006, 16:03

En mi empresa, las vacaciones están fijadas por empresa (en el més de Agosta).
Si durante agosto estás disfrutando de los días que te corresponden por maternidad, ¿Tienes derecho cuando te incorpores a disfrutar del mes de vacaciones?

(La pregunta es para mi compi, a ver si se convence de que el Apoyo mútuo es posible).
Bueno, en España, ricos, ricos de verdad somos pocos. Es normal... por nuestro pasado reciente.
Emilio Botín

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Apoyo Mutuo
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Mensaje por Apoyo Mutuo » 10 May 2006, 19:37

apache, cuando un trabajador causa baja por incapacidad temporal, sea ésta por enfermedad común o por maternidad, antes de disfrutar de sus vacaciones anuales, si éstas habían sido fijadas con anterioridad el trabajador tiene derecho a cogerlas en otro momento, según ha dictado el Tribunal Supremo en una sentencia en unificación de doctrina.

A raíz de una enfermedad común, una trabajadora que estaba embarazada causó baja por incapacidad común el 30.06.03. Dio a luz el 23 de julio siguiente, por lo que comenzó su baja por maternidad. Al concluir ésta, solicitó a la empresa disfrutar su periodo de vacaciones anuales, que estaba fijado el mes de agosto. Como ella estuvo de baja durante ese periodo, la empresa le denegó disfrutarlas en otro periodo distinto, por lo que la trabajadora recurrió a los tribunales.

Según el Supremo, que da la razón a la trabajadora en sus pretensiones, es distinto si la IT surge durante las vacaciones del trabajador que si se produce antes de éstas. En el primer caso, causar baja por problemas de salud es un riesgo que debe asumir el propio trabajador y que no puede perjudicar al empresario. Sin embargo, si la IT se produce antes de que el trabajador empiece a disfrutar de su periodo de vacaciones en la fecha que se estableció previamente, el trabajador podrá disfrutar sus vacaciones en un periodo distinto. "El empresario debe hacer compatible el derecho a la baja por incapacidad temporal, sea ésta por enfermedad común o por maternidad, con el derecho al disfrute de la vacación anual", dice el Supremo.

La trabajadora tendría derecho a disfrutar de un nuevo periodo de vacaciones. Pero al no poder fijarse ya dentro de ese año, el Supremo concede a la trabajadora una indemnización económica pues, "aunque la vacación anual no es susceptible de ser transformada en compensación económica, si lo puede ser el perjuicio causado al trabajador por una actuación antijurídica de la empresa" (sent. del TS de 10.11.05).

Esperamos haber respondido a tu compi, el Apoyo mutuo no es solamente posible, sino imprescindible. Un saludo.

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apache
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Mensaje por apache » 11 May 2006, 07:54

Muchísimas gracias.

Habeis provocado que la compañera empiece se quede aluciná?

- ¿Y egto eg gratí?- Ah preguntao.

Lo malo es que el apoyo no es mútuo realmente.
Si os sirve de consuelo, me habeis ayudao a mi a meterle en la cabeza que el anarquísmo no es "cada uno a lo suyo". (por no hablar de que en tres horas media empresa se entera de lo de las vacaciones)

Un fuerte abrazo.
Bueno, en España, ricos, ricos de verdad somos pocos. Es normal... por nuestro pasado reciente.
Emilio Botín

vaya
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Mensaje por vaya » 21 Ene 2008, 12:06

tenía entendido que las bajas o incapacidades temporales (qué mal que suena) no afectaban al período de disfrute de vacaciones.

según lo explicado por apoyo mutuo no es así,... hay alguna normativa al respecto o sólo existe la sentencia que comenta A M?

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