Mensaje
por Paso » 14 Ene 2008, 19:03
¿Alguien conoce algún discurso de algún diregente político de renombre en defensa de dicho artículo (o más de uno)? Es que es muy díficil penetrar en la prohibición en si, que tiene un corte fascista alucinante y sin paleativo alguno.
Joder, que chungo el código penal, yo pensaba que en una sociedad que se vanaglorea de ser racional, las cosas estarían mínimamente justificadas. Por lo menos en sus cimientos.
Artículo 578 del código penal:
El enaltecimiento o la justificación por cualquier medio de expresión pública o difusión de los delitos comprendidos en los artículos 571 a 577 de este Código o de quienes hayan participado en su ejecución, o la realización de actos que entrañen descrédito, menosprecio o humillación de las víctimas de los delitos terroristas o de sus familiares se castigará con la pena de prisión de uno a dos años. El Juez también podrá acordar en la sentencia, durante el período de tiempo que el mismo señale, alguna o algunas de las prohibiciones previstas en el artículo 57 de este Código.