Baja voluntaria y finiquito

Preguntas (y respuestas) sobre legislación represiva, ya sea penal o civil. Además, consejos y dudas sobre situaciones laborales, conflictos individuales y colectivos, cuestiones profesionales, antirrepresión, etc. Ayudémonos entre compañeros y compañeras.
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anarkohosko
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Baja voluntaria y finiquito

Mensaje por anarkohosko » 16 Nov 2007, 21:11

Tengo una amiga con el siguiente problema:
Actualmente está trabajando en una empresa que se rige con el Convenio de Oficinas y Despachos de Cantabria. Su contrato es indefinido y lleva trabajando 11 meses. Le han hecho una oferta de otra empresa, pero en ésta necesitan que se reincorpore en 10 días. En el convenio pone que por baja voluntaria hay que dar un preaviso con 15 días
Artículo 24º. Preaviso dimisión. En caso de dimisión del trabajador, éste tendrá que preavisar dicha circunstancia a la empresa en los siguientes plazos mínimos: 1 mes en el caso de técnicos ( niveles I a V de la tabla) y 15 días en los restantes casos.
En el caso que avise este lunes, que dinero debe recibir, en otras palabras, ¿como debe calcular el finiquito?,¿que puede perder por no avisar con estos 15 días?
Es bastante urgente, porque quiere avisar el mismo lunes. Gracias por la ayuda

Ius Gentium
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Mensaje por Ius Gentium » 18 Nov 2007, 21:22

anarkohosko, aunque en el Convenio Colectivo de Oficinas y Despachos de Burgos que se aplica por extensión en Cantabria se establece en el Artículo 24 la obligación de preaviso con un plazo mínimo de 15 días, no se ha establecido la consecuencia de su incumplimiento.

Es decir usualmente se entiende que no respetar el plazo de preaviso supone el descontar de la liquidación final el sueldo de los días no preavisados. Así ocurre en algunos Convenios Colectivos y en ese caso no hay duda. La duda se presenta cuando el Convenio no establece "penalización" por no respetar el plazo de preaviso.

Personalmete soy de la opinión que si no está establecida una penalización en el convenio no existe obligación de aceptar el deseo de la empresa de no descontar el salario de los dias no preavisados. Ahora bien, en ocasiones el trabajador no tiene interés en discutir nada por querer salir cuanto antes de ese trabajo. Eso ya queda en cada uno.

Cuando la liquiden deberán pagarla los días trabajados de noviembre, la parte proporcional de la paga extraordinaria de navidad, las vacaciones no disfrutadas. Y la empresa querrá descontarla los 5 días del preaviso que no ha avisado, al irse dentro de 10 días y estar establecido un preaviso de 15.
Aranearum telis leges compares

anarkohosko
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Mensaje por anarkohosko » 19 Nov 2007, 19:29

Muchas gracias por tu tiempo, te has explicado muy bien.

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