Para no perder la indemnización que me corresponde por los años trabajados en mi empresa ¿ puedo solicitar el alta voluntaria en la mutua de accidentes antes de que me tramiten la solicitud de incapacidad permanente total y así poder acordar con mi empresa un despido improcedente?.
Una vez se haya procedido al despido ¿podría tramitar personalmente la incapacidad?
¿Habría alguna diferencia, en cuanto a la resolución, entre tramitar la incapacidad a traves de la mutua o hacerlo yo misma?
Me pueden dar el alta voluntaria en la mutua de accidente.
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María José
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Ius Gentium
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Re: Me pueden dar el alta voluntaria en la mutua de accident
SíMaría José escribió:Para no perder la indemnización que me corresponde por los años trabajados en mi empresa ¿ puedo solicitar el alta voluntaria en la mutua de accidentes antes de que me tramiten la solicitud de incapacidad permanente total y así poder acordar con mi empresa un despido improcedente?.
SíMaría José escribió:Una vez se haya procedido al despido ¿podría tramitar personalmente la incapacidad?
No habría diferencia. Pero debes tener presente que la resolución sobre la Incapacidad puede ser negativa y te encontrarías en el desempleo al haber sido despedida de tu actual empresa.María José escribió:¿Habría alguna diferencia, en cuanto a la resolución, entre tramitar la incapacidad a traves de la mutua o hacerlo yo misma?
También puedes ser desdedida hoy mismo, que la empresa reconozca la improcedencia del despido y consigne en el plazo de 48 horas la indemnización correspondiente.
Aranearum telis leges compares