La cuestión es que cometí un pequeño delito (no creo que hiciera falta decir cual, no? poco importa) cuando era menor. Fue una denuncia por un lado y un pequeño delito económico por otro, el caso fue absuelto por ser la primera vez y por ser menor (no sé si había más razones). Bueno mi enorme duda es qué pasaría si volviera a meterme en algún lío, porque me preocupa bastante lo que pudiera llegar a pasar, porque ya no sería la primera vez y ahí hay una buena diferencia, además sería mayor de edad.
P.D.: Me comentaron (pero no me fío), que este tipo de mini-delitos figuran durante un tiempo (ni idea de cuanto) en tu "ficha", pero acaba desapareciendo si no vuelves a infligir en nada.
Si volviera a meterme en líos..
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Invitado
Si en verdad se trata de un pequeño delito (faltas, por ejemplo) poco importa efectivamente. Pero ni mucho menos da lo mismo en caso de agresiones, o delitos en los que haya mediado intimidacion, por poner algo. La situacion tambien varia si existio absolucion o condena (por lo que sugieres fue el segundo caso).
No creo que te resulte gravoso entrar como invitado, detallar el caso en la medida de lo posible sin entrar en datos personales y a partir de ahi pedir informacion. No sabemos quien eres, la policia ya sabe lo que has hecho y nosotros no somos quienes te van a juzgar llegado el caso. No se si me explico.
Un saludo
No creo que te resulte gravoso entrar como invitado, detallar el caso en la medida de lo posible sin entrar en datos personales y a partir de ahi pedir informacion. No sabemos quien eres, la policia ya sabe lo que has hecho y nosotros no somos quienes te van a juzgar llegado el caso. No se si me explico.
Un saludo
Sin ser abogado:
* una cosa es una falta, y otra un delito.
* ¿estás seguro de que fuiste absuelto? De ser así es como si nunca hubiera pasado nada, por lo que ni siquiera deberías tener "ficha".
* una cosa es una falta, y otra un delito.
* ¿estás seguro de que fuiste absuelto? De ser así es como si nunca hubiera pasado nada, por lo que ni siquiera deberías tener "ficha".
La radicalidad no se mide por lo aparentemente radical de un planteamiento,
sino por la profundidad de los cambios que provoca dicho planteamiento.
sino por la profundidad de los cambios que provoca dicho planteamiento.
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Invitado
Si cometes faltas pequeñas no te hacen una ficha. Si cometes delitos en los cuales la acusación te pide cárcel, sí te quedan antecedentes. Y tras ello tienen que pasar varios años y si vuelves a reincidir en ese tiempo, se te agrava lo anterior que hallas hecho. Si no, en varios años, ya estás limpio otra vez.
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Invitado
Soy quien inició esto...
He vuelto a leerme todo el papeleo para aclararme algo más y a ver si ahora me explico mejor.
Me denunciaron por un delito económico (a pequeña escala, fue poca cosa) siendo menor. En una de las cartas que me mandaron pone textualmente "se ha iniciado expediente respecto de los hechos denunciados en los que el menor XX aparece implicado. Dicho expediente se tramitará por las reglas de la L.O. 5/2000 [...], que no es estrictamente penal pero si sancionador" Me citaron a declarar, más tarde me entrevisté con un equipo técnico el cual evaluaría la situación, éste declaró finalmente el sobreseimiento (que pedimos y me concedieron) y pone exactamente "Dispongo que procede acordar el sobreseimiento solititado y archivo de las actuaciones...".
Pues lo que ha dicho el del último mensaje es más o menos lo que decía, si en un tiempo no haces nada (y cómo puedo saber cuánto es ese tiempo??) se borra COMPLETAMENTE?
He vuelto a leerme todo el papeleo para aclararme algo más y a ver si ahora me explico mejor.
Me denunciaron por un delito económico (a pequeña escala, fue poca cosa) siendo menor. En una de las cartas que me mandaron pone textualmente "se ha iniciado expediente respecto de los hechos denunciados en los que el menor XX aparece implicado. Dicho expediente se tramitará por las reglas de la L.O. 5/2000 [...], que no es estrictamente penal pero si sancionador" Me citaron a declarar, más tarde me entrevisté con un equipo técnico el cual evaluaría la situación, éste declaró finalmente el sobreseimiento (que pedimos y me concedieron) y pone exactamente "Dispongo que procede acordar el sobreseimiento solititado y archivo de las actuaciones...".
Pues lo que ha dicho el del último mensaje es más o menos lo que decía, si en un tiempo no haces nada (y cómo puedo saber cuánto es ese tiempo??) se borra COMPLETAMENTE?
Es decir, fue un caso de faltas, que no origina antecedentes penales.Anonymous escribió:no es estrictamente penal pero si sancionador"
Es decir: aquí no ha pasado nada, y a otra cosa, mariposa.Anonymous escribió:éste declaró finalmente el sobreseimiento (que pedimos y me concedieron) y pone exactamente "Dispongo que procede acordar el sobreseimiento solititado y archivo de las actuaciones...".
No tienes que esperar ningún tiempo porque estás totalmente limpio.Anonymous escribió:Pues lo que ha dicho el del último mensaje es más o menos lo que decía, si en un tiempo no haces nada (y cómo puedo saber cuánto es ese tiempo??) se borra COMPLETAMENTE?
No obstante, procura no tener más problemas con la ley de los necesarios.
La radicalidad no se mide por lo aparentemente radical de un planteamiento,
sino por la profundidad de los cambios que provoca dicho planteamiento.
sino por la profundidad de los cambios que provoca dicho planteamiento.