control de identidad a extranjeros en lugares públicos

Situación y luchas de las personas migrantes. Debate en torno a la sociedad multicultural. Noticias, textos, etc. sobre la Lucha Antifascista y seguimiento a las bandas y grupos fascistas.
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Nestor Makhno
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control de identidad a extranjeros en lugares públicos

Mensaje por Nestor Makhno » 20 Sep 2011, 15:35

vaya, he perdido todo el post, lo que decía:
Después de presenciar numerosos controles de indentidad a extranjeros en los medios de transporte de mi ciudad me surgen algunas preguntas. Según la ley Orgánica 1/1992, de 21 de febrero, sobre Protección de la Seguridad Ciudadana:
Los extranjeros que se encuentren en territorio español están obligados a disponer de la documentación que acredite su identidad y el hecho de hallarse legalmente en España, con arreglo a lo dispuesto en las normas vigentes.
(Cap. II, Secc. IV, Art. 11, http://noticias.juridicas.com/base_dato ... 2.html#a11)

0-¿Qué consecuencias puede acarrear el no tener los papeles en regla para un extranjero?

1-¿Justifica esto los controles de identidad de personas de origen extracomunitario? ('caza al panchito, moro, negro' o lo que no sea español de toda la vida).

2-¿Supone esto una actitud racista por parte de las fuerzas del orden? Sí que sé que en Francia el contrôle au faciès es oficialmente ilegal, aunque a la hora de la verdad se siga practicando. ¿no se puede considerar acoso?

3-¿Está el agente obligado a explicar la situación cuando se le pregunta por el objeto de su actuación y los criterios seguidos?

4-¿Le pueden multar a uno por hacerles cara desde el respeto y los buenos modales? ¿Puede sufrir cualquier otra consecuencia? ¿Le pueden pedir datos personales además de los que están en el DNI (teléfono, nombre de familiares…)?

5- (en caso de que la actitud expuesta anteriormente fuese incorrecta:) ¿Existe alguna manera de hacer frente de manera efectiva a este tipo de actuaciones cuando se está solo?

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Contumacia
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Re: control de identidad a extranjeros en lugares públicos

Mensaje por Contumacia » 20 Sep 2011, 15:58

0- aunque en principio sería una falta administrativa (cómo si a tí te piden el DNI y no lo tienes), en la práctica puede suponer el ingreso en un CIE's con expediente de expulsión inclusive o retorno. Te voy a poner un caso práctico para que veas lo torticeros que son: según el Reglamento de la Ley de Extranjería, si el documento NIE te caduca, pongamos, hoy día 20 de septiembre, en realidad tu plazo para renovarlo sería desde el 20 de julio hasta el 20 de noviembre. En la práctica, últimamente cuando vas a por los papeles, si te pasas del 20 de septiembre, te ponen una multa de entre 170 y 501€ por infracción administrativa :roll:

1- A ver, digamos que hay dos tipos de supuestos, con esto de la Ley de Seguridad CIudadana: pueden realizar controles aleatorios si se supone que hay indicios de algún delito en varias personas, lo mismo para un individuo, si existe la sospecha. EN la práctica nos encontramos con directivas casi a nivel europeo como la Transport-Express, a través de las cuales se obliga a intensificar los controles en puntos calientes como estaciones de bus, tren y metro, cercanías de la Cruz Roja, etc. Algunos sindicatos policiales ya se han quejado de que les obliguen a realizar controles racistas.

2- Pues sí, hostigamiento y acoso, sobre todo si te paras a hablar con la gente, ves chavales a los que en 10 días les han pedido 30 veces los papeles. Pero como su cara ya es indicio de delito (falta administrativa, pero bueno)...

3- No. A lo sumo puede referir a dónde se llevan al detenido. No tienen que explicar porqué lo hacen.

4- Pues hombre... por poder, claro que puede. Aunque no se te escape un "mamón" puedes calentarte un poco y que el madero acabe testimoniando una agresión a la autoridad, o desobediencia (por ejemplo, si entorpeces el paso para que el madero no se lleve al detenido de turno). Y como es tu palabra contra la suya, y su palabra es la ley (que decía la canción) lo llevas jodido. En todo caso, depende del madero de turno y de la gente que haya alrededor: con más presión social, tendrán que dar explicaciones de porqué se llevan a alguien.

5- Uf. Efectiva. Conseguir no vas a conseguir que suelten al detenido a no ser que haya más gente. NO hay ninguna maravillosa ley que puedas invocar de trato exquisito, ni te molestes en pedirles el nº de placa, porque lo más seguro es que salgas tú denunciado. A efectos prácticos, interesa recolectar toda la información posible y pasársela a la asociación de tu zona que se ocupe de estos pormenores: nombre o apodo del detenido, lugar de la redada, reseñar si es un control aleatorio o específico debido a X circunstancias, cuántos maderos y con qué medios efectúan la detención, la situación legal del detenido (con paeles, sin papeles, tramitando) y en la medida de lo posible, comisaría a la que lo llevan para ir a recabar más info.

Te sugiero una visitilla a la web de Transfronterizo, tienen una pequeña guía de cómo actuar en una redada, desde fundamentos jurídicos a formularios para recopilar info

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GaTo_LiBeRTaRio
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Re: control de identidad a extranjeros en lugares públicos

Mensaje por GaTo_LiBeRTaRio » 20 Sep 2011, 16:03

Yo también he sido testigo de cómo llegaba una pareja de nacionales a pedir la documentación a una trabajadora sudamericana de mediana edad que cumplía el estereotipo físico en la cola de una estación de buses.

Siento no tener los suficientes conocimientos para poder responder con claridad a tus preguntas, lo único que sé por lo he oído es que si te encuentras en esa situación y sin papeles, casi lo mejor que se puede hacer es correr como un diablo.
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Nestor Makhno
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Re: control de identidad a extranjeros en lugares públicos

Mensaje por Nestor Makhno » 20 Sep 2011, 17:02

Sí gato libertario, yo también he visto eso. Y lo peor es que sea tan descarado y que no se pueda hacer nada. Y como les digas nada te tratan como unos matones violentos. Estoy que me corroe la rabia por dentro…

Contumacia, muchas gracias por toda la información.
·Los controles de identidad masivos programados (redadas) no pueden llevarse a cabo para perseguir y sancionar una infracción administrativa. Según el art. 19 de la Ley 1/92 exclusivamente se autorizan en casos de comisión de delitos que causan gran alarma social.
Cual es el límite para que se considere masivo? Dos agentes en un tren toda la mañana arriba abajo (como mínimo desde las 9 hasta las 14, que nadie dice que no sea más tiempo tampoco) se puede considerar masivo?
·Las identificaciones no pueden realizarse de manera sistemática, sólo orientadas a la prevención y a la indagación (art. 20.1, 1/92) para el ejercicio de las funciones de protección de la seguridad.
De manera sistemática se refiere a un control en la carretera donde todos los coches son controlados, por ej?. O también se puede aplicar a una línea de tren donde todos los extranjeros son controlados? (también se podría argumentar que el total de extranjeros supone solamente una fracción de los viajeros totales, con lo que el control no es sitemático)

(Sirve de algo ir con la ley en la mano a decírselo?)

En fin, esto ya es jugar con las palabras.

¿Sabes si la cnt se ocupa de defender a los inmigrantes en estos casos, o eso ya no es de su competencia al no estar ellos afiliados? ¿Cómo puedo buscar esas asociaciones en mi localidad?

Si entiendo bien, al final lo que puede hacer uno es poco, y el efecto que pueda tener menor aún, no?

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Contumacia
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Re: control de identidad a extranjeros en lugares públicos

Mensaje por Contumacia » 20 Sep 2011, 18:53

hombre, yo no diría tanto como poco... Ya de mano, cuando veas en una redada que se llevan a alguien, intenta que te grite su nombre. Será de ayuda para pasar el dato, y si por un casual resulta que se puede ahcer algo por esa persona, se ahorre el CIE's o, si está, puede recibir visitas o que su familia sepa donde está y demás. El caso es que, Constitución en mano, es ilegal realizar controles sólo por la filiación del interfecto, pero desde arriba, tanto por parte de directivas europeas como del MInisterio de Interior, llegan circulares incluso estableciendo un cupo de a cuantos deberían molestar.

Por mi tierra la CNT no se mete en estos fregaos, suelen ser organizaciones de lo más variopinto, aunque también hay colectivos libertarios implicados a título personal.

Y vamos, que el efecto puede parecer poco, pero para la persona que está sufriendo una detención, cualquier apoyo se agradece. Yo la verdad que he visto parar unas cuantas detenciones a manteros a cuenta de alguna señora que se mete a ver "qué le hacen a ese pobre negrito". Claro que si me meto yo, me suelo llevar la receta para casa xD

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Contumacia
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Re: control de identidad a extranjeros en lugares públicos

Mensaje por Contumacia » 20 Sep 2011, 19:09

Se me olvidaba ponerte el link a las Brigadas Vecinales de Observación de los Derechos Humanos. ¿La moraleja? Sólo no puedes, con tus amigos sí. Que sientan la presión :wink:

Nestor Makhno
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Re: control de identidad a extranjeros en lugares públicos

Mensaje por Nestor Makhno » 22 Sep 2011, 12:37

Los únicos artículos que mencionan controles de identidad lugares públicos en la Ley Orgánica arriba mencionada, son:
Artículo 19.

1. Los agentes de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad podrán limitar o restringir, por el tiempo imprescindible, la circulación o permanencia en vías o lugares públicos en supuestos de alteración del orden, la seguridad ciudadana o la pacífica convivencia, cuando fuere necesario para su restablecimiento.

Asimismo podrán ocupar preventivamente los efectos o instrumentos susceptibles de ser utilizados para acciones ilegales, dándoles el destino que legalmente proceda.

2. Para el descubrimiento y detención de los partícipes en un hecho delictivo causante de grave alarma social y para la recogida de los instrumentos, efectos o pruebas del mismo, se podrán establecer controles en las vías, lugares o establecimientos públicos, en la medida indispensable a los fines de este apartado, al objeto de proceder a la identificación de las personas que transiten o se encuentren en ellos, al registro de los vehículos y al control superficial de los efectos personales con el fin de comprobar que no se portan sustancias o instrumentos prohibidos o peligrosos. El resultado de la diligencia se pondrá de inmediato en conocimiento del Ministerio Fiscal.
Artículo 20.

1. Los agentes de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad podrán requerir, en el ejercicio de sus funciones de indagación o prevención, la identificación de las personas y realizar las comprobaciones pertinentes en la vía pública o en el lugar donde se hubiere hecho el requerimiento, siempre que el conocimiento de la identidad de las personas requeridas fuere necesario para el ejercicio de las funciones de protección de la seguridad que a los agentes encomiendan la presente Ley y la Ley Orgánica de Fuerzas y Cuerpos de Seguridad.
La ley dice blanco sobre negro en qué casos se pueden hacer controles de identidad, y únicamente se refieren a casos de seguridad ciudadana. Luego yo entiendo que NO contempla buscar extranjeros que no tengan sus papeles en regla.

Por otro lado:
2. De no lograrse la identificación por cualquier medio, y cuando resulte necesario a los mismos fines del apartado anterior, los agentes, para impedir la comisión de un delito o falta, o al objeto de sancionar una infracción, podrán requerir a quienes no pudieran ser identificados a que les acompañen a dependencias próximas y que cuenten con medios adecuados para realizar las diligencias de identificación, a estos solos efectos y por el tiempo imprescindible.
Es decir, sólo se pueden llevar la gente a comisaría si la identificación de esa persona es necesaria para asegurar la seguridad ciudadana. Luego, alguien que no tenga sus papeles en regla no entra en esta categoría, por lo que al ama de casa boliviana que la cojen en la estación de autobús NO está obligada a seguir a la policía a comisaría (a menos que se justifique con cualquier otro argumento, pero no con este).

Además
En cuanto a lo primero, nuestra jurisprudencia ha reiterado que existen derechos del título I que "corresponden a los extranjeros por propio mandato constitucional, y no resulta posible un tratamiento desigual respecto de los españoles" (STC 107/1984, FJ 3) puesto que gozan de ellos "en condiciones plenamente equiparables [a los españoles]" (STC 95/2000, de 10 de abril, FJ 3). Estos derechos son los que "pertenecen a la persona en cuanto tal y no como ciudadanos, o dicho de otro modo, se trata de derechos que son imprescindibles para la garantía de la dignidad humana que conforme al art. 10.1 de nuestra Constitución es el fundamento del orden político español" (SSTC 107/1984, de 23 de noviembre, FJ 3; 99/1985, de 30 de septiembre, FJ 2; y 130/1995, de 11 de septiembre, FJ 2)
También nos hemos referido a ellos como derechos "inherentes a la dignidad de la persona humana" (STC 91/2000, de 30 de marzo, FJ 7). En esta situación se encontrarían […] el derecho a no ser discriminado por razón de nacimiento, raza, sexo, religión o cualquier otra condición o circunstancia personal o social (STC 137/2000, de 29 de mayo, FJ 1)
(sentencia 236/2007: http://www.tribunalconstitucional.es/es ... x?cod=9397)
Es decir, que un extranjero, por ser extranjero no puede ser tratado de forma discriminatoria, ni aunque sospeche el agente que no tiene sus papeles en regla, porque es un derecho que tiene a pesar de estar en situación ilegal.

Teniendo todo esto en cuenta:

¿Podemos deducir que los controles de identidad se hacen fuera del marco legal?

Cuando se es testigo de este tipo de situaciones,
¿tenemos derecho, como ciudadanos españoles que somos, a tomar el número de placa de los agentes involucrados y denunciarlos?
¿Podemos denunciar al Cuerpo de Policía Nacional por incurrir en dichas prácticas de forma reiterada?

¿Alguien sabe si se ha intentado denunciar alguna vez y cual fue la sentencia o cómo terminó la cosa?

(NOTA: que alguien me corrija si me he equivocado en mis interpretaciones!, aunque tampoco hay tanto margen para equivocarse)

EDIT: el agente a cargo de los controles me sacó la Ley de extranjerías como justificación (supongo que se refería a la Ley Orgánica 8/2000, 22 de diciembre), pero tras consultarla ahí no pone nada que venga al caso.
Última edición por Nestor Makhno el 22 Sep 2011, 13:34, editado 1 vez en total.

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Contumacia
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Re: control de identidad a extranjeros en lugares públicos

Mensaje por Contumacia » 22 Sep 2011, 13:28

derecho tenemos, otra cosa es que llegue a algún lado. Y ya te digo que hasta los propios maderos reconocen que, según el ordenamiento jurídico vigente, ese tipo de controles son ilegales y racistas, pues no hay peligrosidad social inherente ni se persiguen delitos, sino faltas en todo caso. Y que se pasan por el forro de las narices todo lo anterior, también, por eso las denuncias en este tipo de casos no suelen llegar más allá. Las veces que he estado en juicios por detención ilegal, lo cierto es que, al final, el que sale peor parado es el inmigrante de turno, porque, de mano, entre que llega y no el juicio es posible que el denunciante esté incluso extraditado, aunque sea testigo de cargo en un proceso judicial. Sumándole el hecho de que muchos no llegan ni a juicio, porque cuentan cualquier fula y la palabra de un madero no se discute, si dice que su descripción coincidía con el sospechoso de un robo esa mañana, ale, desestimado.

Nestor Makhno
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Re: control de identidad a extranjeros en lugares públicos

Mensaje por Nestor Makhno » 22 Sep 2011, 13:39

Yo me refería a denunciar yo mismo la actitud en general, intentando no involucrar a ningún inmigrante, que tampoco es cuestión de complicarle la vida a nadie. De todos modos mañana me pasaré por las oficinas de Amnistía Internacional, a ver que me dicen ellos o si conocen alguien que esté metido en este rollo.

Al final me pasé por las oficinas de AI de mi ciudad pero me defraudaron mucho. Me explicaron (creo que entendí bien, aunque ya digo que me suena muy raro) que para manetener la 'neutralidad' no se involucraban en cosas de su entorno local inmediato, sino que todas sus campañas estaban enfocadas a problemas qe está ocurriendo a miles de km de aquí. Como decía alguien se preocupan por los problemas que puedan sufrir las mujeres en Kivu del Norte, pero no de lo que pasa a la vuelta de la esquina.
Como sea, me derivaron a otras asociaciones cuyo trabajo está más enfocado a los problemas de la inmigración. Cuando encuentre tiempo para ponerme en contacto con ellos ya diré algo.

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