F.2.6 ¿Apoyan los libertarianos-capitalistas la esclavitud?

De Ateneo Virtual
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Sí. Puede resultar una sorpresa para mucha gente, pero el libertarianismo es una de las pocas teorías políticas que justifica la esclavitud. Por ejemplo, Robert Nozick se pregunta si “un sistema libre permitiría [al individuo] venderse como esclavo”, y responde “Creo que sí lo haría.” [Anarchy, State and Utopia, p. 371] Mientras que algunos libertarianos no concuerdan con Nozick, no existe base lógica en su ideología para tal desacuerdo.

Esto puede verse en el “anarco”-capitalista Walter Block, quien, como Nozick, defiende la esclavitud voluntaria. Según él, “si poseo algo, puedo venderlo (y la ley debería permitirme hacerlo). Si no puedo vender, entonces, y en la medida de esto, no lo poseo.” Por lo tanto está de acuerdo en que venderse uno mismo de por vida “es un contrato bona fide [de buena fe]” que, si es “derogado, da lugar al robo.” Él critica a aquellos otros libertarianos (como Murray Rothbard) que se oponen a la esclavitud voluntaria por ser incoherentes con sus principios. Block, en sus propias palabras, busca hacer “un pequeño ajuste” que “refuerce el libertarianismo dándole mayor consistencia interna.” Arguye que su posición muestra “que el contrato, predicado sobre la propiedad privada, [puede] alcanzar los dominios más lejanos de la interacción humana, incluso los contratos de esclavitud voluntaria.” [Towards a Libertarian Theory of Inalienability: A Critique of Rothbard, Barnett, Smith, Kinsella, Gordon, and Epstein, pp. 39-85, Journal of Libertarian Studies, vol. 17, número 2, p. 44, p. 48, p. 82 y p. 46]

Así que la lógica es simple, uno no posee algo realmente a no ser que pueda venderlo. La autopropiedad es una de las piedras angulares de la ideología laissez-faire capitalista. En consecuencia, puesto que te posees, te puedes vender.

Esta defensa de la esclavitud no debería sorprender a nadie familiarizado con el liberalismo clásico. Siendo una ideología elitista, su principal justificación es la defensa de la libertad y el poder de los propietarios, y la legitimación de relaciones sociales no basadas en la libertad (como el gobierno y el trabajo asalariado) en términos de “consentimiento”. Nozick y Block únicamente llevan esto a su conclusión lógica. Esto es así porque su posición no es nueva sino que, al igual que sucede con tantos otros libertarianos, puede encontrarse en los trabajos de John Locke. La diferencia clave radica en que Locke rechazó el término “esclavitud” en favor de “penosidad”, pues para él, la esclavitud implicaba una relación “entre un conquistador legítimo y un cautivo” en la que el primero tiene en su poder la vida y la muerte del segundo. Una vez acordado un “pacto” entre ellos, “un convenio por un poder limitado de una parte, y por la obediencia de la otra... la esclavitud cesa.” Siempre que el amo no mate al esclavo, se trata de “penosidad”. Como Nozick, reconoce que “los hombres efectivamente se vendieron; pero, claro está, esto fue sólo penosidad, no esclavitud, pues, es evidente, la persona vendida no estaba sometida a un poder absoluto, arbitrario, despótico: porque el amo no tenía poder para matar en cualquier momento a quien, en determinada circunstancia, estaba obligado a dejar marchar y abandonar su servicio.” [Locke, Second Treatise of Government, Sección 24] Dicho de otra forma, no había problema con la esclavitud voluntaria, sólo que había que llamarla de otra forma.

No es que a Locke le molestase la esclavitud involuntaria. Estaba profundamente implicado en el tráfico de esclavos. Poseía acciones de la “Royal Africa Company”, que gestionaba la venta de esclavos para Inglaterra, haciendo beneficios cuando los vendía. También tenía en su haber una significativa parte de otra compañía esclavista, la “Bahama Adventurers”. En su Second Treatise, Locke justificó la esclavitud en términos de “Cautivos adquiridos en una guerra justa”, una guerra abierta contra agresores. [Sección 85] Esto, por supuesto, no tiene nada que ver con la esclavitud de la que Locke se beneficiaba (las redadas de esclavos eran frecuentes, por ejemplo). Tampoco le detuvieron sus principios “liberales” a la hora de proponer una constitución que asegurase que “cada hombre libre de Carolina tendrá poder y autoridad absolutos sobre sus esclavos negros.” La propia constitución era típicamente autocrática y jerárquica, concebida explícitamente para “evitar la edificación de una democracia numerosa.” [The Works of John Locke, vol. X, p. 196]

De modo que la noción de esclavitud contractual tiene una larga historia en el liberalismo de derechas, aunque la mayoría rechace llamarla por ese nombre. Es, por supuesto, mera vergüenza lo que impide que muchos libertarianos llamen al pan pan y al vino vino. Asumen incorrectamente que la esclavitud tiene que ser involuntaria. De hecho, históricamente han sido habituales los contratos esclavos voluntarios (en Property and Contract in Economics, de David Ellerman, se hace un magnífico repaso del tema). Cualquier nueva forma de esclavitud voluntaria sería una forma “civilizada” de esclavitud y podría tener lugar cuando un individuo “acordase” vender el trabajo de toda su vida a otro (como en el caso de un trabajador famélico que “acordase” convertirse en esclavo a cambio de comida). Además, el contrato podría ser rescindido bajo ciertas condiciones (quizás a cambio de romper el contrato, el antiguo esclavo habría de pagar a su amo en función de los perjuicios que le produjese no disponer de su trabajo – un montante considerable sin duda, y semejante pago devendría en la esclavitud de la deuda, que es la más común de las formas de esclavitud “civilizada”). Tales perjuicios podrían estar contemplados en el contrato como “fianzas de cumplimiento” o “intercambio condicional.”

En suma, los libertarianos hablan de esclavitud “civilizada” (o, en otras palabras, esclavitud civil) y no de esclavitud forzosa. Mientras algunos pueden tener ciertas reservas en llamarlo esclavitud, todos concuerdan en el concepto básico de que, dado que las personas son dueñas de sí mismas, pueden venderse, esto es, vender el trabajo de toda una vida en lugar de una fracción.

Debemos acentuar que éste no es un debate académico. La esclavitud “voluntaria” ha sido un problema en muchas sociedades y todavía existe en varios países a día de hoy (particularmente en el Tercer Mundo, donde el trabajo en base a fianzas de cumplimiento – esto es, donde las deudas se utilizan para esclavizar a las personas – es la forma más común). Con el aumento de los talleres clandestinos y el trabajo infantil en muchos países “desarrollados” como los Estados Unidos, la esclavitud “voluntaria” (tal vez a través de las deudas y las fianzas de cumplimiento) puede hacerse común en todas las partes del mundo – un resultado irónico (si no sorprendente) de “liberar” el mercado y de la indiferencia hacia la libertad de quienes viven sujetos a dicho mercado.

Algunos libertarianos se sienten obviamente incómodos con la conclusión lógica de su definición de la libertad. Murray Rothbard, por ejemplo, recalcó la “condición de que no pueden ser forzosos, según la teoría libertariana, los contratos voluntariamente esclavizantes.” Por supuesto, otros teóricos libertarianos claman exactamente lo contrario, así que “la teoría libertariana” no hace tal afirmación, ¡pero no importa! Esencialmente, su objeción gira en torno a la aseveración de que una persona “no puede, en la naturaleza, venderse a la esclavitud de modo tal que esta venta sea forzada – porque esto implicaría que su voluntad futura sobre su propio cuerpo estaría siendo rendida de antemano” y que si un “trabajador permanece completamente servil por iniciativa propia al parecer de su amo no es todavía un esclavo, pues su sumisión es voluntaria.” Sin embargo, como indicamos en la sección F.2, el énfasis de Rothbard en desmarcarse falla al no reconocer que la negación del poder y el control sobre el propio cuerpo se encuentra explícita en el trabajo asalariado. Es este error el que los libertarianos a favor del contrato esclavista recalcan – consideran la esclavitud contractual una forma ampliada del contrato salarial. Más aún, un contrato esclavista moderno tomaría posiblemente la forma de una “fianza de cumplimiento,” de la que Rothbard lamenta su “desafortunada supresión” por parte del Estado. En semejante sistema, el esclavo acordaría hacer el trabajo de X años o pagar a su amo las pérdidas sustanciales en caso de no lograr cumplirlo. Es esta amenaza de pérdidas la que hace absolutamente vinculante al contrato, y Rothbard concuerda en que tal contrato es ejecutorio. Otro medio para crear contratos esclavistas sería el del “intercambio condicional” que Rothbard también apoya. Respecto a la vinculación por deudas, esto también parece aceptable. De un modo surrealista, él señala que pagar pérdidas y deudas en semejantes contratos no supone ningún problema en el momento en que “el dinero, por supuesto, es alienable”, olvidando que dicho dinero ha de ser obtenido por un trabajo que, según él mismo asevera, ¡no es alienable! [The Ethics of Liberty, pp. 134-135, p. 40, pp. 136-9, p. 141 y p. 138]

Debería remarcarse que el contrato esclavista no puede ser nulo porque es voluntario, como sugiere Rothbard. Esto es así porque la doctrina de la actuación específica se aplica sobre todos los contratos, no sólo sobre los laborales. Se debe esto último a que todos los contratos se refieren a cierta actuación futura. En el caso de un contrato laboral vitalicio, puede ser rescindido siempre y cuando el esclavo pague los perjuicios pertinentes. Tal como lo pone Rothbard, “si A ha acordado trabajar de por vida para B a cambio de 10000 gramos de oro, tendrá que devolver la cantidad proporcional si rompe el contrato y deja de trabajar.” [Man, Economy, and State, vol. I , p. 441] Esto es comprensible, puesto que la ley generalmente permite daños materiales por contratos rescindidos, como hace Rothbard al apoyar la “fianza de cumplimiento” y el “intercambio condicionado.” No hace falta decir que tener que pagar semejantes daños (bien de una vez o durante un periodo de tiempo) podría volver al obrero el tipo más común de esclavo moderno, el esclavo endeudado.

Y es interesante señalar que ni siquiera Murray Rothbard se opone a la venta de seres humanos. Él arguyó que los niños son propiedad de sus padres, quienes pueden (elimínese la posibilidad de matarlos violentamente) hacer lo que les plazca, incluso venderlos en un “mercado de niños libre y floreciente.” [The Ethics of Liberty, p. 102] Combinado con una defensa de todo corazón del trabajo infantil (después de todo, el niño puede abandonar a sus padres si se niega a trabajar para ellos) tal “libre mercado de niños” podría convertirse fácilmente en un “mercado de niños esclavos” -- con los empresarios haciendo un jugoso beneficio vendiendo infantes, o su trabajo, a capitalistas (como de hecho ocurrió en la Gran Bretaña decimonónica). No sorprende, pues, que Rothbard ignore los posibles aspectos desagradables de semejante mercado de carne humana (por ejemplo, la venta de niños para trabajar en fábricas, casas o burdeles). Pero esto queda fuera del tema que nos ocupa.

Por supuesto, esta justificación teórica de la esclavitud, situada en el eje central de una ideología que se llama a sí misma “libertarianismo” se hace difícil de aceptar para muchos libertarianos, y por ello aducen que estos contratos serían muy difíciles de ejecutar. Este intento por salir de la contradicción falla simplemente porque ignora la naturaleza del mercado capitalista. Si existe una demanda de contratos esclavizantes, entonces las compañías se desarrollarán hasta poder ofrecer este “servicio” (y sería interesante ver cómo dos empresas dedicadas a la “protección”, la una defendiendo a los esclavos y la otra no, podrían comprometerse y alcanzar un pacífico acuerdo sobre la validez de la esclavitud contractual). Por lo tanto podríamos llegar a ver una sociedad supuestamente “libre” produciendo corporaciones cuyo propósito específico sería capturar esclavos huídos (esto es, individuos con contratos esclavizantes que no hubieran pagado las pérdidas ocasionadas a los propietarios de su libertad). Por supuesto, tal vez Rothbard exclamaría que tales contratos esclavistas serían “proscritos” por su “código legal general libertariano”, pero esto es una negación de la “libertad” de mercado. Si la esclavitud contractual es “prohibida” entonces podemos asegurar que esto es paternalismo, el evitar que los individuos vendan sus “servicios laborales” a quien y por cuanto tiempo “deseen”. No pueden tenerse las dos cosas.

Así que, irónicamente, una ideología que se dice defensora de la “libertad” acaba justificando y defendiendo la esclavitud. ¡De hecho, para el libertariano la esclavitud contractual es la ejemplificación, y no la negación, de la libertad del individuo! ¿Cómo es esto posible? ¿Cómo puede la esclavitud ser apoyada como expresión de la libertad? Muy simple, la defensa libertariana de la esclavitud es un síntoma de un autoritarismo más profundo, a saber, su aceptación sin críticas de la teoría contractual. La premisa cardinal de esta teoría es que el contrato es el medio para asegurar y desarrollar la libertad individual. La esclavitud es la antítesis de la libertad y por lo tanto, en teoría, contrato y esclavitud deben ser mutuamente excluyentes. Sin embargo, como se indica más arriba, algunos teóricos de esta tendencia (pasados y presentes) han incluído el contrato esclavizante entre los legítimos. Esto sugiere que la teoría del contrato no puede aportar el soporte teórico necesario para asegurar y desarrollar la libertad individual.

Como arguye Carole Pateman, “la teoría del contrato trata primordialmente sobre un modo de crear relaciones sociales basadas en la subordinación, no sobre el intercambio.” En lugar de socavar la subordinación, los teóricos del contrato justifican la sujección moderna -- “la doctrina contractual ha proclamado que la sumisión a un amo – un jefe, un marido – es libertad.” [The Sexual Contract, p. 40 y p. 146] La cuestión central de la teoría del contrato (y por extensión del libertarianismo) no es si “son libres las personas” (como uno podría esperar) sino si “son libres las personas para subordinarse del modo que más les plazca.” Una cuestión radicalmente distinta y que sólo le puede encajar a quien no sepa qué significa libertad.

Los anarquistas aducen que no todos los contratos son legítimos y que ningún individuo libre puede hacer un contrato que le deniegue su propia libertad. Si un individuo es capaz de expresarse mediante libres acuerdos, entonces esos acuerdos deben estar internamente basados en la libertad también. Cualquier acuerdo que cree dominación o jerarquía niega las asunciones subyacentes a dicho acuerdo y se convierte en nulo. En otras palabras, el gobierno voluntario es aún gobierno y una característica definitoria de la anarquía debe ser, con toda seguridad, la del “no gobierno”, y la “ausencia de amos.”

Esto es especialmente fácil de ver en el caso extremo de la esclavitud contractual. John Stuart Mill afirmó que semejante contrato sería “nulo.” Él explicó que puede que un individuo elija voluntariamente entrar en tal contrato, pero que al hacerlo “abdica de su libertad; renuncia a cualquier uso futuro de ésta más allá de este único acto. Por lo tanto anula, en su propio caso, el propósito que es la justificación de permitirle disponer de sí mismo... El principio de la libertad no puede requerir que se sea libre de no ser libre. No es libertad permitir que se aliene la propia libertad.” Añade asimismo que “estas razones, cuya fuerza es tan conspicua en este caso particular, son evidentemente susceptibles de una aplicación mucho más amplia.”[citado por Pateman, Op. Cit., pp. 171-2]

Y es esta aplicación lo que temen los defensores del capitalismo (Mill aplicó de hecho estos razonamientos a términos más amplios y no sorprende por lo tanto que se convirtiese en defensor de una forma de socialismo inspirada en el sindicalismo de mercado [sic]). Si rechazamos los contratos esclavizantes por ser ilegítimos, entonces, en buena lógica, debemos también rechazar todos los contratos que manifiesten cualidades similares a la esclavitud (esto es, que nieguen la libertad), incluyendo la esclavitud salarial. Dado esto, como apunta David Ellerman, “el esclavo voluntario... y el empleado no pueden, de hecho, separar su voluntad de sus actos intencionados de modo tal que pudieran ser 'contratados' por el amo o empleador” nos quedamos pues con “la aserción más bien inverosímil de que una persona puede deponer su voluntad durante aproximadamente ocho horas al día durante semanas, meses o años, pero no puede hacerlo durante toda una vida.” [Property and Contract in Economics, p. 58] Ésta es la posición de Rothbard.

Las implicaciones de apoyar la esclavitud voluntaria son devastadoras para toda forma de libertarianismo. Esto fue demostrado por Ellerman cuando escribió una defensa excepcionalmente sólida de ello bajo el pseudónimo “J. Philmore” llamado The Libertarian Case for Slavery (publicado por primera vez en The Philosophical Forum, xiv, 1982). Esta refutación clásica toma la forma de “prueba mediante la contradicción” (o reductio ad absurdum), pues lleva los planteamientos del libertarianismo a su fin lógico y muestra cómo alcanzan la memorable conclusión de que “ha llegado el momento para los pensadores liberales económicos y políticos de dejar de evitar esta cuestión y de reexaminar en sentido crítico sus prejuicios compartidos respecto a ciertas instituciones sociales voluntarias... este proceso crítico conducirá al liberalismo inexorablemente a su conclusión lógica: el libertarianismo que finalmente siente el verdadero fundamento moral de la esclavitud económica y política.” Ellerman muestra cómo, desde una perspectiva libertariana existe una “contradicción fundamental” en la moderna sociedad liberal al prohibir el Estado la esclavitud contractual. Señala que “parece haber un prejuicio básico compartido en el liberalismo de que la esclavitud es inherentemente involuntaria, de modo que el tema de la esclavitud genuinamente voluntaria ha sido poco escrutado. El argumento liberal perfectamente válido de que la esclavitud involuntaria es necesariamente injusta es por ende tomado para incluir la esclavitud voluntaria (en cuyo caso, el argumento, por definición, no se aplica). Esto ha devenido en una limitación de la libertad de contrato en la moderna sociedad liberal.” Por ello es posible hacer apología de una “forma civilizada de esclavitud contractual.” [“J. Philmore”, Op. Cit.]

Tan preciso y lógico era el artículo de Ellerman que muchos de sus lectores estaban convencidos de que había sido escrito por un libertariano (¡incluídos, hemos de reconocer, nosotros mismos!). Hubo una escritora, Carole Pateman, que correctamente señaló que “hay una bonita ironía histórica aquí. En el Sur de América, los esclavos se emanciparon para convertirse en trabajadores asalariados, y ahora los contratistas americanos esgrimen que todos los trabajadores deberían tener la oportunidad de tornarse a sí mismos en esclavos civiles.” [Op. Cit., p. 63].

El objetivo del artículo de Ellerman era mostrar los problemas que la contratación (trabajo asalariado) presenta para el concepto de autogobierno y cómo el contrato no tiene por qué resultar en relaciones sociales basadas en la libertad. Como dice “Philmore”, “cualquier crítica profunda y decisiva de la esclavitud voluntaria o del gobierno constitucional no democrático se extendería al contrato de empleo – que es la base contractual voluntaria del sistema de libre mercado y libre empresa. Semejante crítica sería por tanto reductio ad absurdum.” Dado que la “esclavitud contractual” es una “extensión del contrato entre empleador y empleado”, él muestra que la diferencia entre trabajo asalariado y esclavitud es la escala temporal en lugar de los principios o las relaciones sociales involucradas. [Op. Cit.] Esto explica por qué el movimiento obrero llamó en sus albores al capitalismo “esclavitud salarial” y por qué los anarquistas aún lo hacen. Expone la naturaleza sometedora del capitalismo y la pobreza de su visión de la libertad. Mientras que es posible presentar el trabajo asalariado como “libertad” debido a su naturaleza “consensual”, se hace mucho más difícil hacerlo cuando se habla de esclavitud o dictadura (y no olvidemos que Nozick tampoco manifestó tener ningún problema con la autocracia – ver sección B.4). Llegados a este punto las contradicciones quedan expuestas para visionado y horror de todos.

Todo esto no significa que debamos rechazar el libre acuerdo. ¡Nada más lejos! El acuerdo libre es esencial para una sociedad basada en la libertad y la dignidad individuales. Existe gran variedad de formas de libre acuerdo y los anarquistas apoyan aquellas que giran en torno a la cooperación y la autogestión (esto es, individuos trabajando juntos como iguales). Los anarquistas desean crear relaciones que reflejen (y por lo tanto expresen) la libertad que es la base del libre acuerdo. El capitalismo crea relaciones que niegan la libertad. La oposición entre autonomía y sumisión sólo puede sustentarse modificando o rechazando la teoría del contrato, algo que el capitalismo no puede hacer, y por ello el libertariano rechaza la autonomía en favor de la sumisión (y en consecuencia rechaza el socialismo en favor del capitalismo).

Así que la verdadera diferencia entre libertarios genuinos y libertarianos alcanza su máxima expresión en sus respectivas opiniones acerca de la esclavitud. El anarquismo está basado en el individuo cuya individualidad depende de la manutención de relaciones libres con otros individuos. Si los individuos niegan su capacidad de autogobierno mediante un contrato, los individuos provocan un cambio cualitativo en su relación con los demás – la libertad se torna subordinación. Para el anarquista, la esclavitud es por ende el paradigma de lo que no es libertad, en lugar de una ejemplificación de lo que sí es libertad (como afirman los libertarianos). Tal y como Proudhon arguyó:

Si se me requiriese que respondiese a la siguiente pregunta: ¿Qué es la esclavitud? y yo hubiera de responder en una palabra, Es el asesinato, mi significado sería comprendido a la primera. No sería necesaria una argumentación más extensa para demostrar que el poder de tomar de un hombre su pensamiento, su voluntad, su personalidad, es un poder sobre la vida y la muerte; y que esclavizar a un hombre es matarlo.

¿Qué es la Propiedad?, p.37

En contraposición, el libertariano efectivamente aduce que “yo apoyo la esclavitud porque creo en la libertad.” Es un triste reflejo de la bancarrota ética e intelectual de nuestra sociedad que semejante “argumento” sea realmente propuesto por ciertas personas en nombre de la libertad. El concepto de “esclavitud como libertad” es demasiado orwelliano como para autorizar una crítica – dejemos a los libertarianos corromper nuestros modelos lingüísticos y éticos en un intento por demostrarlo.

A partir de la premisa básica de que la esclavitud es lo contrario de la libertad, el rechazo anarquista de las relaciones sociales autoritarias viene de seguido:

La libertad es inviolable. No puedo ni vender ni alienar mi libertad; cada contrato, cada condición de un contrato, que tenga como mira la alienación o suspensión de la libertad, es nulo: el esclavo, cuando holla con su pie el suelo de la libertad, en ese momento se convierte en hombre libre... La libertad es la condición original del hombre; renunciar a la libertad es renunciar a la naturaleza humana: después de eso, ¿cómo podríamos actuar como hombres?

Op. Cit., P. J. Proudhon, p. 67

El contrato de empleo (esto es, la esclavitud salarial) deroga la libertad. Está basado en la iniquidad del poder, y “la explotación es una consecuencia del hecho de que la venta de la fuerza productiva implica la subordinación del obrero.” [Carole Pateman, Op. Cit., p. 149] De aquí el apoyo de Proudhon a la autogestión y su oposición al capitalismo – cualquier relación que recuerde a la esclavitud es ilegítima y ningún contrato que establezca relaciones de subordinación es válido. En consecuencia, en una sociedad realmente anárquica, los contratos esclavizantes serían inaplicables – las personas de una sociedad auténticamente libre (esto es, no capitalista) jamás tolerarían una institución tan horrible, ni podrían considerarlo un acuerdo válido. Si alguien fuese lo suficientemente estúpido como para firmar tal contrato, tendría que decir sencillamente que ahora lo rechaza para seguir siendo libre – semejantes contratos están hechos para ser rotos, y sin la fuerza de un sistema legal (y de empresas de seguridad privada) que los secunden, permanecerán rotos. La defensa libertariana de la esclavitud contractual (y de la esclavitud salarial) indica que su ideología tiene poco que ver con la libertad y mucho más con la justificación de la propiedad, la opresión y la explotación que producen. Su apoyo teórico a la esclavitud voluntaria temporal y permanente y a la autocracia indica un autoritarismo más profundo que niega su autocalificación de libertarios.